Energía

CNE y distribuidoras eléctricas se lanzan contra petición de Acciona de subir precio de contrato a días de audiencia en el Panel de Expertos

Empresas Eléctricas, firmas que agrupa ese gremio y Copelec ingresaron escritos. Esta última alertó sobre los efectos de permitir que se solicite la modificación de contratos sin cumplir a cabalidad los requisitos y apuntó a que "podría incentivar a que otros actores del mercado busquen las mejoras de sus condiciones contractuales injustificadamente".

Por: Karen Peña | Publicado: Martes 23 de julio de 2024 a las 14:00 hrs.
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Sigue avanzando la acción que presentó el 26 de junio Acciona Energía Chile en el Panel de Expertos, instancia que dirime conflictos del sector eléctrico, luego que el 4 de junio la Comisión Nacional de Energía (CNE) rechazara la solicitud realizada por la empresa el 31 de julio del año pasado para la revisión de precios de sus contratos de suministro para abastecimiento de clientes regulados.

En la licitación de suministro 2015/01, la firma se adjudicó 23 sub-bloques del Bloque de Suministro N°3, correspondiente a 506 GWh/año, a un precio actual de 64,026 US$/MWh. El caso se origina el 1 de agosto de 2023 cuando la empresa generadora solicitó la revisión del precio de la energía de los contratos de suministro de energía, en que se pedía la autorización de una modificación al alza del precio de la energía de esos contratos en 25,076 US$/MWh en valor de la moneda presente.

“Incorpora una alta cuota de incertidumbre e inseguridad jurídica que puede tener graves repercusiones para el desarrollo futuro de este mercado”, indicó Copelec.

Tras una solicitud de ampliación de plazo por parte de la CNE, que fue concedida por el Panel, este lunes -en el último día establecido por la instancia- la entidad y otros siete interesados ingresaron sus presentaciones de cara a la audiencia pública que está programada para el próximo 7 de agosto a las 09:00 horas.

En un escrito de 51 páginas, la CNE reitera su defensa a la decisión adoptada y alude a una afirmación planteada por Acciona en la presentación de la discrepancia donde asegura que el Panel "tiene la oportunidad de emitir un dictamen que constituirá un valioso precedente para resguardar la efectiva aplicación del derecho consagrado en el inciso cuarto del artículo 134º de la Ley General de Servicios Eléctricos y, así, asegurar la continuidad en el corto, mediano y largo plazo de los contratos de suministro, protegiendo a las partes y, por esta vía, a los clientes regulados de los problemas estructurales que está enfrentando el sector renovable y la distribución de energía eléctrica en Chile".

Aunque no hace referencia directa a la cita, la CNE señala en su escrito que, sin perjuicio de lo que se solicitará con ocasión del análisis de cada una de las discrepancias presentadas, "esta Comisión se permite hacer presente a ese H. Panel que no espera que dicho organismo siente un precedente con el objeto de resguardar la efectiva aplicación del derecho consagrado en el inciso cuarto del artículo 134 de la Ley, como pretende la discrepante en el resumen ejecutivo de su presentación, sino antes bien, lo que espera esta Comisión es que las discrepancias se resuelvan de acuerdo al mérito de los argumentos, antecedentes y análisis que se exponen en las respectivas presentaciones de las partes interesadas en este procedimiento".

"No sólo se resuelve la efectiva aplicación del mecanismo en refeencia, sino que también la correcta y apegada aplicación a la ley de dicho mecanismo", recalca la entidad.

La respuesta de las distribuidoras

Los otros actores que también presentaron sus escritos fueron CGE, Empresa Eléctrica Puente Alto, Sociedad Austral de Electricidad, Chilquinta Distribución, Enel Distribución, Empresas Eléctricas (integrado por las firmas antes mencionadas), y Cooperativa de Consumo de Energía Eléctrica Chillán (Copelec). Todos ellos, a excepción de este último actor, presentaron un escrito prácticamente idéntico en su argumentación. 

Dado que las empresas representadas por Empresas Eléctricas poseen la condición de contraparte de los contratos de suministro de energía y potencia correspondientes a la licitación mencionada, el gremio indica que, como resultado del análisis realizado por la CNE, "ha quedado de manifiesto que Acciona no ha logrado acreditar que por causas no imputables al suministrador, los costos de capital o de operación para la ejecución del contrato hayan variado una magnitud tal que produzca excesivo desequilibrio económico en las prestaciones mutuas del contrato, respecto de las condiciones existentes en el momento de la presentación de la oferta, debido a cambios sustanciales y no transitorios en la normativa sectorial o tributaria, que tengan por efecto directo y demostrable una variación de más del 2% en los costos de capital o de operación para la ejecución del contrato".

En tanto, Copelec sostiene en su presentación -la que fue acompañada por diversos gráficos y tablas- que "permitir que los distintos actores de este mercado soliciten la modificación de los contratos sin cumplir a cabalidad los requisitos legales establecidos es incorporar una alta cuota de incertidumbre y de inseguridad jurídica que puede tener graves repercusiones para el desarrollo futuro de este mercado, marcando un precedente que sin duda podría incentivar a que otros actores del mercado busquen las mejoras de sus condiciones contractuales injustificadamente como ocurre en la solicitud de Acciona".

En esa línea, entre otras conclusiones, precisa que el artículo 134° de la Ley General de Servicios Eléctricos constituye una excepción que permite equilibrar a las partes cuando circunstancias imprevisibles generan un desequilibrio exagerado en las prestaciones. "En la especie, las circunstancias invocadas por Acciona eran absolutamente previsibles a la época de presentación de su oferta", se añade.

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