La decisión del Segundo Tribunal Ambiental de acoger parcialmente una reclamación contra el proyecto data center de Google, ordenando al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) retrotraer el procedimiento para incorporar efectos del cambio climático; y la definición de la misma instancia de acoger parcialmente una reclamación contra la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) de la continuidad operacional Cerro Colorado, exigiendo a la autoridad ambiental y al titular hacerse cargo del impacto en la recuperación hídrica del humedal Pampa Lagunillas. Esos son dos casos en Chile en que los expertos señalan que el cambio climático fue clave.
Y aunque los especialistas coinciden en que la litigación climática es un fenómeno todavía incipiente en el país, advierten que es esperable que aumente en los próximos años, debido a -por ejemplo- una serie de cambios legales y regulatorios.
El Ministerio de Medio Ambiente indicó que el cambio climático es una materia que se ha considerado de manera indirecta o tangencial por los tribunales de justicia hasta ahora, debido a la falta de un marco normativo nacional.
Entre ellos, la Ley Marco de Cambio Climático publicada en 2022; la modificación al reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) en su fase 1, que entró en vigencia hace un año donde uno de sus ejes es la incorporación de la variable del cambio climático; y la guía metodológica del SEA para la consideración del cambio climático en el SEIA que ya está en su tercera edición.
“Este desarrollo a nivel legislativo y regulatorio sobre el cambio climático está dando lugar a una serie de exigencias, criterios y principios que antes no estaban claramente delimitados, lo que podría devenir en una mayor probabilidad de litigación en el mediano plazo”, reconoce el socio a cargo del área ambiental en el Estudio Fermandois, Ignacio Urbina. Principalmente -dice- la litigación ambiental en el país ha sido por contaminación local, “lo que es entendible para un país en vías de desarrollo y de industrialización relativamente tardía”.
La directora ambiental de Prieto, Romina Tobar, destaca que los atributos o componentes ambientales (agua, aire, flora o fauna, etc) que pueden verse afectados por la variable cambio climático, tienen sus propias reglas, por lo que no es reciente su protección. “En general, todos estos aspectos ya son incorporados en el desarrollo de los proyectos, aún cuando es evidente que la consideración del cambio climático impone un estándar ambiental mucho mayor”, dice.
Para Paulina Riquelme, socia de Eelaw, la conflictividad (con o sin litigios) vinculada a efectos del cambio climático irá en aumento, pues los efectos en el ambiente generarán presión sobre los recursos naturales disponibles. Por ejemplo, el suministro de agua fresca, “que genera enfrentamientos entre distintos usuarios y la incertidumbre asociada a los efectos del cambio climático en las reservas de agua subterránea”. Y sentencia: “en los próximos años debiésemos observar mayor presión en las autoridades para incorporar la variable climática en las políticas públicas y, en consecuencia, mayor litigiosidad”.
Ezio Costa, director ejecutivo de Fima, cree muy posible que los fallos de los tribunales van a empezar a mencionar más el cambio climático porque habrá una conexión jurídica más concreta respecto de instrumentos normativos. “Por ahora, no existiendo esa conexión directa, la conexión se tiene que hacer a través de la ciencia principalmente, y ahí es donde quizás los operadores del sistema en general han privilegiado la discusión más concreta del elemento en lugar de la discusión más sistémica que podría ser de la crisis climática”, dice.
Por el momento, hay dificultad en identificar con precisión los conflictos en que el cambio climático es un factor decisivo en su resolución. Según la base de datos sobre litigios relacionados con el cambio climático del Centro Sabin de la Facultad de Derecho de la Universidad de Columbia, se registran sobre mil casos a nivel global donde se incluyen más de 55 países, exceptuando EEUU. Doce son de Chile, siendo dos de ellos los casos destacados por los expertos (Google y Cerro Colorado).
Tobar precisa que la experiencia nacional en materia de litigios que consideran la variable cambio climático se ha centrado principalmente en los temas hídricos.
Los retos
Las empresas y la justicia local son algunos de los actores desafiados. En el caso de las compañías, Costa explica que “un reto interesante es observar cómo sus acciones concretas en un lugar determinado tienen efectos que no son solamente los efectos inmediatos directos que pueden observarse fácilmente, sino el efecto agregado de la crisis climática. Y lo segundo es cómo voy a impactar el lugar en el que estoy hoy y cómo este lugar va a ser en el futuro”.
Urbina apunta a que las empresas deberán adaptarse a un escenario regulatorio en permanente evolución. Tobar suma que para las firmas es prioritario incorporar las tecnologías más eficientes de manera de tener operaciones más sustentables y compatibles con el medio ambiente y las comunidades.
Para la justicia local, Urbina dice que hay varios desafíos: “Poder resolver una mayor cantidad de causas en tiempos razonables; el análisis de evidencia científicamente compleja, ponderando adecuadamente su valor probatorio; la imparcialidad en casos ambiental y socialmente difíciles; la prudencia respecto a formas variables de interpretación de la ley; entre otros”.
Para los tribunales, a juicio de Tobar, es perentorio incorporar el conocimiento científico a la hora de revisar las causas: “En este sentido, los Tribunales Ambientales cuentan con ministros y profesionales del área científica, no así las instancias superiores donde se resuelven finalmente estos conflictos”.
Desde el Ministerio del Medio Ambiente indican que el cambio climático en las controversias judiciales en Chile ha sido una materia que se ha considerado de manera indirecta o tangencial por los tribunales de justicia hasta ahora, debido a la falta de un marco normativo nacional que exigiera la debida consideración de los efectos del cambio climático en normas y regulaciones, como también en el desarrollo de proyectos y actividades.
Junto con destacar la ley marco de cambio climático, recordaron que el cambio climático ha emergido como una preocupación creciente para las empresas: la mayoría reporta que se ha visto afectada en mayor o menor medida por sus impactos, tal como señala el Informe de Percepciones de Negocios 2024 del Banco Central.