Más de 1.800 juicios tributarios podrán cerrarse de forma anticipada
El mecanismo estará disponible hasta el 31 de diciembre y es parte de las ventanas transitorias de la Ley de Cumplimiento Tributario.
Por: Sebastian Valdenegro | Publicado: Lunes 9 de diciembre de 2024 a las 04:00 hrs.
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Foto: Julio Castro
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Quizá la ventana transitoria de la Ley de Cumplimiento Tributario que mayor expectación ha levantado entre los contribuyentes, es la repatriación de capitales.
Pero hay otra, como es la posibilidad de cerrar juicios tributarios pendientes bajo una serie de condiciones, que la sigue de cerca.
La medida apunta a los procesos judiciales pendientes por giros o liquidaciones tributarias, siempre que el contribuyente acepte pagar el total de la deuda tributaria reajustada, a cambio de la condonación de intereses y multas correspondientes.
Según el Servicio de Impuestos Internos (SII), esta medida permitirá recuperar los impuestos determinados en estas causas, entregando una opción al contribuyente para que pueda regularizar su situación tributaria. La ventana comenzó a regir desde el 1 de noviembre y estará vigente hasta el 31 de diciembre.
Montos involucrados
Acorde con el organismo, podrán solicitar acogerse a este mecanismo los contribuyentes que mantengan gestiones judiciales pendientes por reclamos de giros o liquidaciones de impuestos ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros (TTA), las Cortes de Apelaciones o Corte Suprema, siempre que se traten de procesos pendientes que se hayan iniciado antes del primero de enero de 2024, y que el contribuyente reconozca y pague la deuda tributada reajustada.
Lo anterior involucra unas 1.825 causas, las que representan en total más de US$ 634 millones ($ 618.000 millones), en giros o liquidaciones tributarias.
Este es un proceso similar al establecido en la Ley de Modernización Tributaria, que entre 2020 y 2022 culminó con 108 causas acogidas al término anticipado de juicios, arrojando un monto total pagado por liquidaciones de impuestos de US$ 90,2 millones ($ 87.900 millones).
Para acogerse al nuevo proceso, deben cumplirse con los siguientes pasos: el contribuyente presenta una solicitud al SII de manera electrónica, acompañando antecedentes, en MISII, ingresar peticiones administrativas, seleccionar la opción artículo 12 transitorio; presentar el comprobante de ingreso de la solicitud en el tribunal respectivo, para que suspenda el procedimiento mientras el SII resuelve; en un plazo de tres meses, el SII revisará el cumplimiento de los requisitos legales; si se cumplen, el SII dictará una resolución y la enviará al tribunal respectivo; el contribuyente debe comprometer el pago de la deuda tributaria; y en un plazo de cinco días, el tribunal levantará un acta que pondrá término a las gestiones judiciales.