Copec alza la voz luego que el fisco pidiera bajar indemnización tras expropiar servicentro en Isidora Goyenechea
La empresa rechazó la demanda del Consejo de Defensa del Estado. Sostiene que el valor del terreno es incluso mayor al determinado por la comisión de peritos y que “no se encuentra afecto a utilidad pública”.
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Copec levantó la voz y solicitó rechazar la demanda que inició el Fisco de Chile, a través del Consejo de Defensa del Estado (CDE), que solicitó rebajar el monto de indemnización luego que se le expropiara el terreno donde se ubicaba una estación de servicio en el barrio El Golf de Santiago. La empresa dijo que el valor del paño es incluso mayor al determinado por la comisión de peritos y que “no se encuentra afecto a utilidad pública”.
El Fisco inició un litigio tras acusar que, a su juicio, se estaría pagando a Copec un valor superior al correspondiente por la expropiación del terreno donde se ubicó una de las estaciones de servicio más emblemáticas del sector oriente de la capital.
Ubicado en el triángulo formado por las Avenidas Andrés Bello, Vitacura e Isidora Goyenechea, frente a la embajada de Estados Unidos, el tradicional servicentro cerró sus puertas hace ya varios meses. En el terreno se desarrollará la estación Isidora Goyenechea, una de las 19 paradas de la futura Línea 7 del Metro.
La compensación ya se consignó en la cuenta corriente del 3º Juzgado Civil de Santiago, el 26 de enero de 2023, por $ 5.702.219.555, monto que contempla el reajuste fijado por ley.
Sin embargo, el CDE pidió que se rebaje el monto definitivo de la indemnización a $ 2.489.397.225. Esto se desglosa en $ 2.200.825.725 por el terreno ($ 1.275.841 por metro cuadrado), más otros ítems que no están en disputa, como edificios y especies forestales.
El consejo apuntó a un “error en el cálculo” de la comisión tasadora al valorizar el paño donde se emplazaba la estación de servicio. “El monto determinado como indemnización provisoria por la comisión nombrada para tales efectos, no representa, en cuanto al ítem terreno se refiere, el daño patrimonial que efectivamente fue causado al expropiado con motivo de la expropiación, resultando absolutamente sobrevalorado”, dijo.
Luego, el CDE se refirió a que el inmueble expropiado está afecto a utilidad pública por las tres avenidas que enfrenta: Andrés Bello, Isidora Goyenechea, Costanera Sur.
“Si bien es cierto que el estar afecta a utilidad pública lleva a la baja el valor del terreno, también lo hacen las condiciones urbanísticas establecidas para él, porque lo saca del uso de suelo establecido para toda la comuna, es decir, ahí no se puede construir nada”, dijo el consejo.
Se espera que la nueva línea entre en operaciones a fines de 2027, con una inversión que se proyecta en más de US$2.500 millones.
“Potenciar el negocio”
Consultada por Diario Financiero, la empresa señaló: “Conforme al procedimiento legal y como es habitual en procesos de expropiación, Copec contestó la demanda, rechazando la rebaja solicitada por el CDE y argumentando que el valor de ese terreno es incluso mayor que el estimado inicialmente por la Comisión de peritos”.
Y añadió: “De acuerdo a los antecedentes, existen elementos que confirman la justa valorización del paño, entre ellos se consideran: que está en una ubicación estratégica dentro de la dinámica urbana actual de Santiago (centro financiero, empresarial y recreacional), permite el desarrollo inmobiliario y no se encuentra afecto a utilidad pública”.
La compañía sostuvo, además, que sin la expropiación podría haber seguido operando la mentada estación de servicio, con un alto potencial dada la estratégica ubicación del inmueble en el sector oriente de Santiago.
“No existiendo, entonces, algún impedimento para que la empresa hubiera continuado con la actividad de la estación de servicio en un sector neurálgico de la capital, por la confluencia de importantes avenidas y, en consecuencia, con una alta circulación de vehículos, permitiéndole potenciar el negocio”, sostuvo la empresa, añadiendo que “todos estos antecedentes respaldan la legítima posición de la compañía de resguardar sus derechos patrimoniales, con motivo de la expropiación de dicho terreno”.