Lo que debes saber del proceso que parte este jueves
Quienes tengan su cédula de identidad bloqueada o vencida podrán solicitar su retiro a través de la página web de la AFP con su clave de acceso simple o con su clave de seguridad.
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Finalmente este jueves las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) comenzaron a recibir masivamente las solicitudes del segundo retiro del 10%, luego de que la semana pasada el Congreso despachara la normativa y el que el presidente Piñera promulgara la ley.
A continuación, detallamos las principales claves del proceso:
Segundo retiro del 10%:
Es un retiro de los ahorros para pensión con un año de plazo para solicitarlo. No es necesario haber tramitado el primer retiro para acceder al segundo retiro. Además, considera el pago de impuesto para las rentas más altas. Las dos primeras semanas el proceso se realizará por vías no presenciales, es decir, a través de las plataformas web y call center.
¿Quiénes pueden solicitarlo?
Podrán efectuar este segundo retiro de fondos todos los afiliados y afiliadas que tengan saldo en su cuenta de capitalización individual y que se encuentren en Chile o en el extranjero; además de los pensionados que se encuentren recibiendo una renta temporal o un retiro programado, por vejez, vejez anticipada, invalidez o sobrevivencia.
Los pensionados a través de renta vitalicia sólo podrán acceder a los fondos en caso de que tengan saldo en sus cuentas obligatorias. Es importante recordar que tras el primer retiro existen 1,9 millones de personas que se quedaron sin saldo en sus cuentas individuales. Estas personas NO pueden pedir un segundo retiro de fondos.
Plazos
Las solicitudes de retiro podrán tramitarse una vez la ley sea publicada en el Diario Oficial (se estima a partir del lunes 7 de diciembre) y durante un plazo de un año. Una vez ingresado el requerimiento, las AFP tendrán cuatro días para confirmar la aprobación de la solicitud. En caso de que sea rechazada (debido principalmente a un error en la digitación de los datos), podrá realizarse una nueva solicitud.
Montos
El monto mínimo a retirar es de 35 UF (aproximadamente $1.000.000) y el máximo 150 UF (aproximadamente $4.300.000). Las personas que acumulen en sus cuentas un monto menor a 35 UF, podrán retirar el total de su ahorro.
Pago
Se efectuará en dos cuotas. La primera en un plazo máximo de 10 días hábiles desde el ingreso de la solicitud; la segunda, en un plazo máximo de 10 días hábiles desde el primer pago. En caso de que se solicite retirar un monto menor o igual a 35 UF, se recibirán los fondos en un solo pago, también en un plazo máximo de 10 días hábiles.
Pago de impuesto
De acuerdo a la normativa aprobada, el pago de impuestos lo realizará cada afiliado (con rentas mensuales sobre $ 1,5 millones) en abril del próximo año. Si el retiro se hace a partir de 2021, el pago de impuestos se hace en la Operación Renta de 2022.
Cédula de identidad vencida
Aquellos afiliados que tengan su cédula de identidad bloqueada o vencida más allá del plazo establecido por el Registro Civil, podrán solicitar su retiro a través de la página web de la AFP con su clave de acceso simple o con su clave de seguridad. En el caso de las solicitudes que se realicen de manera presencial, los afiliados serán autentificados a través de la huella digital.
mi10afp.cl
Es el sitio oficial de las AFP para entregar toda la información del proceso a los afiliados. Durante este fin de semana se actualizará con toda la información del segundo retiro, de acuerdo a los requerimientos del regulador y dando respuesta a las preguntas más frecuentes.
Seguridad
Las administradoras hacen un llamado a tener cuidado con estafas. El proceso no requiere clave. A diferencia del primer retiro, se le pedirá al afiliado ingresar dos veces el número de serie de la cédula de identidad, el correo electrónico, el número de teléfono y la cuenta bancaria.
Efectos del segundo retiro:
Se estima que cuatro millones de personas podrían quedarse sin saldo en sus cuentas de capitalización individual. Del mismo modo, se calcula que el retiro promedio de los afiliados sería de un 49% del saldo en la cuenta individual.
Superintendencia de Pensiones instruye a las AFP procedimiento y plazos
Esta mañana la Superintendencia de Pensiones (SP) mediante oficio instruyó a las AFP sobre el procedimiento, los plazos y los resguardos que deberán considerar para la correcta puesta en marcha del proceso.
De acuerdo a la estimación de la autoridad reguladora, en esta ocasión el retiro de fondos podría movilizar recursos por hasta US$ 19.000 millones. Considerando los datos recabados, unas 10,7 millones de personas podrían hacer uso del retiro de fondos.
La Superintendencia también instruyó a las AFP a crear una aplicación web específica para el segundo retiro, la cual deberá contener el respectivo formulario de solicitud de los recursos. En éste, el afiliado o beneficiario deberá precisar el monto del retiro, de la misma forma que en que lo hizo en el primer retiro, y si es o no deudor de pensión de alimentos.
El formulario deberá, además, contener una declaración jurada en la cual el afiliado o beneficiario tendrá que señalar si se trata de una autoridad de gobierno, del Congreso Nacional o de un asesor directo de alguno de ellos, en cuyo caso no podrán solicitar los fondos.
De acuerdo a lo dispuesto por la nueva ley, la declaración jurada tiene como objetivo que quienes soliciten el retiro no ejerzan cargos de autoridad como el de Presidente de la República, senadores, diputados, ministros de Estado, gobernadores regionales y funcionarios de exclusiva confianza del Presidente.