Banca & FinTech

Adelanto de cuotas al comercio: Fiscalía establece diferencias con la CMF y no observa efectos anticompetitivos

La FNE aseguró que es una modalidad que debe ser fomentada para que los clientes tengan más alternativas de pago disponibles.

Por: Nicolás Cáceres | Publicado: Miércoles 25 de septiembre de 2024 a las 04:00 hrs.
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Foto: Rodolfo Jara
Foto: Rodolfo Jara

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La Fiscalía Nacional Económica (FNE) entró de lleno en el conflicto que mantiene la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) con Transbank y Flow, por el servicio de adelantamiento de cuotas a los comercios.

La FNE concluyó que el oficio de la CMF, que ordenó a la industria terminar con el adelantamiento de cuotas a los comercios, no tiene el potencial de afectar el mercado.

En un informe presentado en el marco de una consulta realizada ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) por Flow, la FNE descartó efectos anticompetitivos, pues en las denominadas “cuotas comercio” (compras con tarjetas de crédito en que el costo financiero es asumido por el comercio) solo un porcentaje menor ha utilizado la modalidad, sin que pueda calificarse su relevancia, dado su incipiente desarrollo.

“La Fiscalía además observó que existen otras entidades -distintas de los operadores de tarjetas de pago- que también han prestado y pueden prestar en el futuro ese servicio, por lo que aun cuando la orden de la CMF se mantuviera firme, ésta tendría una entidad acotada e incluso marginal sobre el ecosistema de pagos con tarjeta”, señaló la FNE.

Funcionalidades

Adicionalmente, la FNE identificó que diversos actores del mercado, como la CMF, consideran a los servicios de cuotas comercio y de adelantamiento de cuotas como dos funcionalidades diferenciadas e independientes. Por esta razón, la prohibición recaería únicamente sobre este último.

Respecto a las cuotas comercio, la FNE señaló que constituyen una funcionalidad cuyo desarrollo debe ser fomentado y puesto a disposición de comercios y clientes, con el objeto de propender hacia la mayor cantidad posible de alternativas de pago disponibles para el consumidor. “Ello, en tanto se trata de una variable de competencia entre operadores de tarjetas y entre Procesadores de Servicios de Pago (PSP) en la afiliación de comercios, en línea con lo señalado por el TDLC y la Corte Suprema”, agregó.

En su informe, la Fiscalía manifestó que existe una controversia regulatoria sectorial relativa a si el adelantamiento de cuotas se encuentra o no comprendida dentro del giro exclusivo de los operadores, o bien, si se trata o no de una actividad necesaria o inherente para su desarrollo, asunto que está pendiente de resolución en sede judicial y no es materia del procedimiento no contencioso ante el TDLC.

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