Una de las ventanas transitorias de la reforma tributaria que más han utilizado los contribuyentes este año es el mecanismo para declarar rentas en el exterior, conocida popularmente como la repatriación de capitales. Sin embargo, a la luz de las últimas cifras, el éxito ha sido mayor al que incluso esperaba el mismo gobierno.
Según datos del Servicio de Impuestos Internos (SII), las declaraciones para realizar el trámite se dispararon en lo que va de octubre, totalizando 600 desde las 400 que se registraron en septiembre.
De esta manera, los montos declarados asciende a US$ 160 millones, superando por mucho la meta de alrededor de US$ 120 millones establecida por el Ministerio de Hacienda en el informe financiero que acompañó la reforma al sistema impositivo.
“Han llegado muchas declaraciones en último mes. Sobre todo porque el Servicio de Impuestos Internos (SII) facilitó el proceso para realizar la declaración”, señalan fuentes conocedores del proceso, hoy coordinado por la Subdirección de Fiscalización del organismo.
En concreto, la fuente se refiere a que a partir de octubre el SII permite que el formulario pueda ser llenado 100% vía electrónica.
Esto, luego de que el subdirector de Fiscalización del SII, Víctor Villalón, reconociera en un seminario en la Universidad de Chile a fines de agosto que la demanda por regularizar rentas en el exterior sobrepasarían la capacidad operativa del organismo.
“Es probable que el número de declaraciones supere el número de personas que tenemos dedicadas a este tema en el servicio a partir del cuarto trimestre”, aseguró la autoridad en dicha oportunidad.
En su exposición, el funcionario aseguró que la meta de recaudación es “tímida” dado el “alto interés” que han mostrado los contribuyentes en los últimos meses.
Entre enero y febrero de este año, según consigna el SII, ningún contribuyente se había acogido a la ventana transitoria. Pero fue a partir de abril -luego de la Operación Renta- que la actividad se dinamizó, pasando de 50 registros en julio a 150 en agosto y 400 en septiembre.
Según lo establecido por el proyecto de reforma tributaria, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de este año, los contribuyentes que registren rentas, inversiones o bienes en el exterior que no hayan sido declarados en el pasado, podrán optar a regularizar dichos montos llenando una declaración jurada ante el SII y pagando un impuesto especial único del 8%.
Esta no es la única ventana transitoria: entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de este año, los contribuyentes podrán realizar retiros desde el Fondo de Utilidades Tributables (FUT) histórico, a una tasa especial de 32% menos los créditos acumulados.
¿Extender plazo?
A la vista del éxito del número de declaraciones, varios expertos han planteado la posibilidad de que Hacienda extienda la ventana transitoria para 2016, justo en momentos en que el ministerio trabaja en el diseño de un proyecto de ley para perfeccionar técnicamente algunos aspectos de la reforma al sistema impositivo.
Sin embargo, en Teatinos 120 han desestimado dicha posibilidad, manteniendo el foco de los ajustes técnicos en cuatro puntos: simplificación de los dos sistemas de tributación; IVA a la vivienda; tributación del leasing; y norma general antielusión.
El proyecto, como anunció el ministro Valdés en entrevista con Diario Financiero, ingresará a trámite en diciembre.
El oficio de Micco al SII que destrabó el mecanismo
A inicios de abril, las declaraciones para regularizar rentas en el exterior aún no tomaban vuelo, en medio de las dudas de los contribuyentes sobre la manera de acogerse al mecanismo y el temor a que el Servicio de Impuestos Internos (SII) pudiera utilizar la información para fines de fiscalización.
Consciente de aquello, el gobierno tomó medidas para simplificar el trámite. El 30 de abril, el subsecretario de Hacienda, Alejandro Micco, envió un oficio al por entonces director del SII, Michel Jorratt, con 32 preguntas relacionadas con el proceso. Casi dos meses después, el organismo respondió.
En el oficio con fecha 28 de julio -al cual tuvo acceso Diario Financiero- el fiscalizador tributario respondió dudas puntuales del subsecretario, como si los documentos adjuntos a la declaración deben dar cuenta de la trazabilidad de los fondos (trayectoria de dónde, cuándo y cómo se invirtieron los dineros) desde su origen, a lo que el titular subrogante del SII en la época, Juan Alberto Rojas, respondió que los documentos deben dar cuenta del origen de los bienes o rentas, su historial posterior, incrementos obtenidos y conclusiones sobre su origen y posterior disponibilidad. "Eso sí, no existen reglas rígidas sobre los antecedentes que se deben acompañar (...). El primer y más relevante elemento de trazabilidad es la propia declaración del contribuyente. Dada la variedad de situaciones que pueden presentarse, no es posible fijar un conjunto de antecedentes, a manera de listado, como tampoco plazos que los mismos deben abarcar", respondió el SII.
Abogados tributaristas señalan que esta interpretación fue clave para aumentar el número de declaraciones a partir de abril.