Club Palestino y la Municipalidad de Las Condes se enfrentan en tribunales por orden de paralización de obras
La institución está reubicando canchas para la práctica deportiva visibles desde la vía pública hacia áreas más internas del recinto, trabajos que fueron detenidos por el municipio.
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La Municipalidad de Las Condes está enfrentando un nuevo litigio. En abril de este año el Club Palestino ingresó a la Corte de Apelaciones un recurso de protección en contra de la Dirección de Obras Municipales (DOM) de la comuna, acción en la cual acusa “los actos ilegales y arbitrarios en los que ha incurrido, producto de los cuales han dañado actual y gravemente el derecho” de esa institución.
Todo comenzó a inicios de este año cuando el Club Palestino decidió reubicar sus canchas deportivas con vista a la calle hacia áreas internas de sus instalaciones, luego de que distintos miembros de la entidad han sido “víctimas de incidentes de acoso y agresiones verbales” reiterados proferidos por individuos que actúan en inmediaciones del recinto, explicó.
El club indicó que la causa que lo llevó a cambiar sus instalaciones de ubicación fue la necesidad de protección ante “incidentes de acoso y agresiones verbales” desde las inmediaciones.
“Estos ataques incluyen insultos xenofóbicos, amenazas y también se han extendido a tristes e ilegales actos invasivos como la toma de fotografías y grabaciones de nuestras niñas y niños sin consentimiento alguno, seguido de la difusión de estas imágenes de menores de edad”, señala el escrito. En este marco, añade que “en respuesta a estos peligrosos y perjudiciales actos, protegiendo la privacidad y seguridad de quienes les debemos nuestra protección, hemos tomado la decisión de alejar del perímetro aquellas canchas deportivas”.
Sin embargo, tras algunas semanas de trabajos en la nueva infraestructura deportiva, el municipio liderado por Daniela Peñaloza emitió una resolución que ordenó la paralización de dichas obras, argumentando la falta de permisos necesarios y medidas de mitigación correspondientes.
Asimismo, un par de días después, la municipalidad ingresó una denuncia ante el juzgado de policía local, que alega no acatar la resolución de paralización y carecer de permiso municipal.
“La recurrida ha decretado la paralización de las obras que se encuentra desarrollando mi representada en el inmueble en que se emplaza, exigiendo permiso de edificación previo, en circunstancias absolutamente ilegales, privándole así del legítimo ejercicio de sus derechos. De acuerdo con la legislación vigente y la interpretación consistentemente aplicada por la autoridad a lo largo de los años, estos espacios no se consideran ‘edificación’ ni ‘urbanización’, sino meramente una cancha en un área abierta del club”, recalcó el club.
Además, el centro enfatizó que la ausencia de especificación sobre las medidas de mitigación necesarias y las sanciones aplicables creó un escenario de incertidumbre legal que lo expone a la posibilidad de sanciones futuras arbitrarias, antecedentes que los llevaron a interponer un recurso de protección contra el DOM de la comuna y una orden de no innovar.
Las Condes responde
Pero el municipio no se quedó de brazos cruzados. La municipalidad rechazó en todas sus partes la demanda ingresada por el club, recalcando que el DOM actuó conforme a derecho, dentro del marco legal de sus atribuciones y en una forma exenta de arbitrariedades.
En el escrito, el municipio explicó que, tras una serie de estudios y visitas a terreno, el DOM determinó que las obras efectuadas en el club no se enmarcan en ninguno de los numerales del artículo 5.1.2. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, escenario que los llevó a ordenar su paralización, con vigencia hasta obtener el permiso municipal que autorice el proyecto y se implementen las medidas de mitigación correspondientes.
El municipio también recalcó que a pesar de la orden de la paralización de obras, el club siguió construyendo las canchas, por lo que procedieron a cursar una denuncia de infracción en el juzgado de policía local.
“En la normativa urbanística vigente aplicable, no existen antecedentes que señalen que el desplazamiento de canchas y las obras descritas, no requieren permiso de edificación. (...) No solo las obras que generan superficie requieren un permiso de obras. También existen otras, que no implican metros cuadrados de construcción, que sí requieren del permiso respectivo”, destacó.
Cabe destacar que la corte declaró inadmisible el recurso de protección y denegó la orden de no innovar, escenario que llevó al Club Palestino a escalar el conflicto a la Corte Suprema, instancia en la cual se revocó la resolución apelada y, en su lugar, se declaró admisible el recurso.