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Reforma de notarios en su recta final: los cambios aprobados a fijación de tarifas y motivos de pérdida del cargo

La comisión de Constitución del Senado avanzó en los temas más complejos y solo restan 60 indicaciones de normas transitorias. Se espera que proyecto esté en Sala en agosto.

Por: Rodolfo Carrasco | Publicado: Miércoles 3 de julio de 2024 a las 11:42 hrs.
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El ministro Cordero destacó los avances del proyecto. Foto: Senado
El ministro Cordero destacó los avances del proyecto. Foto: Senado

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La comisión de Constitución del Senado se encuentra en la etapa final de la votación de la reforma el sistema de nombramientos y regulación de notarios y conservadores, luego que aprobaran esta semana los dos últimos temas complejos de la normativa: los cambios a la forma de fijación de tarifas y actualizara los motivos por los cuales se exponen a la pérdida del cargo ambos auxiliares de justicia.

El ministro de Justicia, Luis Cordero, señaló que se aprobó la nueva estructura tarifaria con una competencia del Ministerio de Justicia, pero “con la obligación de requerir informes técnicos para la determinación de la misma con un conjunto de factores que están asociados al mercado de notarios y conservadores”.

“Este es un proyecto muy extenso, queremos revisarlo antes de enviarlo a sala”, señaló la senadora Luz Ebensperguer (UDI), de la Comisión de Constitución.

La senadora Luz Ebensperguer (UDI) reconoce que el tema de las tarifas era uno de los "más complicados, pero llegamos a un acuerdo en que quedan entregadas a el Ministerio de Justicia, quien las tiene que revisar y actualizar cada dos años” y se van a fijar con una serie de condiciones, escuchando a expertos públicos y privados, junto con atender a las situaciones económicas de los distintos lugares donde funcionan las notarías o conservadores, y si son rurales o urbanas.

Indica que el cambio es positivo a diferencia de lo que ocurre en la actualidad, en que es un decreto del Ministerio de Justicia el que define las tarifas, “que es una facultad bien discrecional y que tampoco se ejercía, porque hace más de una década que no se actualiza y tenemos que las tarifas era un proceso bien enredado en que también participaba la Corte Suprema y ahora solo será el fiscal judicial. Es decir, el proceso se aclara mucho más y lo que establecerá el decreto son los precios máximos”.

El senador Pedro Araya (IND-PPD) complementa con que “esto es un avance para fijar las tarifas, pero queda por establecer quiénes van a ser aquellas personas que tengan que opinar del proceso de fijación tarifaria. No se señaló tampoco cuántos expertos ni de qué área”.

Pérdida del cargo

El otro tema resuelto fue la actualización de los motivos para perder el cargo de notario o conservador. Ebensperguer explicó que se va a abrir un proceso disciplinario por parte del fiscal judicial cuando, por ejemplo, no inscriba un trámite injustificadamente, cuando lo haga en forma errónea, cuando las copias certificadas no son iguales a la original, cuando no abra en los horarios en forma injustificada; y otras situaciones donde la persona investigada podrá presentar sus descargos y el que determina la exoneración es el fiscal judicial de la Corte Suprema.

Las 60 indicaciones finales

El ministro Luis Cordero informó que quedan muy pocas normas por despachar en la comisión: “Vamos a entrar a la discusión de las normas transitorias, así que el Ejecutivo espera que durante agosto el proyecto  pudiera estar en la Sala del Senado para su despacho a segundo trámite a la Cámara de Diputados”.

Sin embargo, la senadora Ebensperguer indica que le solicitaron a la secretaria de la comisión que preparara un comparado con todo lo aprobado: “Este es un proyecto muy extenso, queremos revisarlo antes de enviarlo a Sala, hubo más de 800 indicaciones y nos quedan 60 por despachar”, explica principalmente normas de adecuación y transitorias.

"Quizás vamos a volver a revisar la norma que establecía la cesación en el cargo de las personas de más de 75 años que siguen en funciones, para lo cual se estableció un periodo transitorio de nueve meses para que lo dejen”. Pero planteó que “hay intención de quizás poner un tiempo mayor de 12 meses para la transición, porque son cerca de 90 personas y se requiere un plazo mayor para proveer esos cargos”.

El senador Araya señala que la discusión de la reforma ha sido un trabajo muy necesario “pero será un proyecto incompleto. No se hizo cargo de avanzar en temas que eran absolutamente necesarios para modernizar el sistema, la comisión se dedicó a temas más formales, de nombramientos y no al tema del folio real, a más tecnología en los trámites y eso quedó para el proyecto de documentos electrónicos”.

El proceso de exoneración

El conservador, independientemente de la responsabilidad por los daños y perjuicios que ocasionare, podrá ser sancionado disciplinariamente con amonestación, censura o suspensión, según sea la gravedad del hecho.

No obstante lo anterior, y sin perjuicio de otras causales y sanciones establecidas por la ley, podrá, previa audiencia del afectado y por resolución fundada, aplicarse la sanción de exoneración del cargo del conservador que , en el período de dos años, reincidiere en alguna de las siguientes conductas o incurriere en dos o más de ellas:

- Si no anota en el repertorio los títulos en el acto de recibirlos o no lo cierra diariamente.

- Si no lleva los registros en el orden que preceptúan las leyes o reglamentos.

- Si hace, niega o retarda indebidamente alguna inscripción, o esta no se conforma a la copia auténtica.

- Si no son exactos sus certificados o copias.

- Si incumple los horarios de apertura al público de su oficio o el ejercicio personal de sus funciones, establecidos por las leyes o reglamentos.

- Si al cobrar por sus servicios, infringe lo dispuesto en el Código Orgánico de Tribunales que prohíbe cualquier tipo de cobro adicional.

- Si incumple los deberes de mantención y operación de sistemas computacionales, archivo electrónico, comunicación digital, firma electrónica avanzada y restantes estándares tecnológicos.

- Si no realiza, sin causa justificada, una inscripción de los títulos presentados.

- Si incumple el deber de informar a la Unidad de Análisis Financiero conforme a lo previsto en la ley.

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