El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac),
denunció ante la justicia a las empresas Cencosud, Ripley y Farmacias
Cruz Verde,
acusándolas de "no entregar" la información que permita comprobar la
veracidad de las promesas publicitarias de las pulseras "iónicas" que
ofrecen una serie de efectos positivos para la salud.
A
principios de noviembre, Sernac exigió a estas compañías
antecedentes que avalaran con criterios científicos los supuestos
"efectos" en la salud por
el uso de la pulsera, no obstante, ninguna entregó pruebas que
comprobaran la promesa publicitaria.
Las
pulseras, que se venden en París como "Biolectik", en Ripley como
"Vitazen" y en Cruz Verde como "pulsera iónica", tienen un precio
cercano a los $ 10.000 y prometen en su publicidad una serie de beneficios como
mayor vitalidad, energía, resistencia, equilibrio e incluso dilatar los
vasos sanguíneos, estabilizar la presión, fortificar los huesos,
equilibrar el apetito, reducir el estrés y disminuir
el tiempo de recuperación después de un esfuerzo físico. Para probar
estos beneficios, se dan a conocer una serie de testimonios de
deportistas o actores.
En
el caso de la pulsera Biolectik incluso la letra chica señala que los
efectos variarán de acuerdo al "campo biomagnético" de cada persona, por
lo que
aunque fueran comprobables los beneficios, no serían para todos igual,
pero se induce a engaño a los consumidores al no informarlo claramente.
Frente
a esta situación, la entidad informó, a través de un comunicado de
prensa, que consultó con el Ministerio de Salud, quien confirmó que la
pulsera Biolectik
"se anuncia como un producto de utilidad médica sin tener autorización o
reconocimiento como tal".
Respecto
de otros tipos de pulseras, informó que no se encontraron pruebas que
avalen promesas como "potencia tu bienestar, siéntete mejor y busca el
equilibrio"
o "vitalidad, energía, resistencia, flexibilidad, equilibrio".
Tras
la acción judicial, las empresas arriesgan multas que llegan hasta las
750 UTM (cerca de $ 28 millones) y el juez podrá determinar la
suspensión
de las emisiones publicitarias cuando la gravedad de los hechos y los
antecedentes acompañados lo ameriten.
Podrá
asimismo, exigir al anunciante que, a su propia costa, realice la
publicidad correctiva que resulte apropiada para enmendar errores o
falsedades.