Presidente Piñera promulga primera Ley de Eficiencia Energética de Chile
La aplicación de la normativa podría cubrir un 35% de la meta de carbono neutralidad de Chile para 2050.
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Una buena noticia para el combate al cambio climático y la sostenibilidad. Hoy el Presidente Sebastián Piñera promulgó la primera Ley de Eficiencia Energética de Chile. La normativa -aprobada en enero pasado en la Cámara de Diputados- busca promover el uso racional de las energías e impulsar la utilización de aquellas más amigables con el medio ambiente.
La regulación está orientada a ser un aporte a los planes de carbono neutralidad de Chile. Para ello, contempla trabajar en rubros como el transporte, minería, residencial, público y comercial, y se estima que su aplicación permitirá cubrir un 35% de la meta de carbono neutralidad al año 2050.
"Esta alianza que tenemos que hacer entre el Gobierno, los grandes productores de energía, los grandes consumidores, pero también la ciudadanía entera, nos va a permitir cumplir con nuestro compromiso: que Chile sea un país sustentable y sostenible, que avance de verdad hacia transformarse en un país con neutralidad en materia de generación de carbono al año 2050", afirmó el mandatario.
Piñera señaló que una de las claves de la ley es dejar de despilfarrar energía y comenzar a ahorrar, además de reemplazar las fuentes contaminantes por energías limpias de fuentes como "el sol, del viento, de la tierra, de las mareas".
Entre las medidas contempla apoyo a las empresas para que realicen una buena gestión de energía, incentivos a la llegada de vehículos más eficientes y cero emisiones, información precisa y clara sobre el consumo de energía en la compra de viviendas y fomento del buen uso de la energía en las instituciones del Estado. Se estima que las medidas permitirían una reducción de la intensidad energética en Chile del 10% a 2030, lo que significa un ahorro acumulado de US$ 15.200 millones y una reducción de 28,6 millones de toneladas de CO2. Esto equivale al recorrido anual de 15,8 millones de vehículos livianos o a la absorción anual de 1,8 millones de hectáreas de bosque nativo.
Además, la ley declara al hidrógeno verde como combustible y entrega atribuciones del ministerio de Energía para normarlo y darle tratamiento de recurso energético.
Contenido de la Ley
1) Institucionaliza la eficiencia energética:
-El Ministerio de Energía elaborará un Plan Nacional de Eficiencia Energética cada 5 años y se establece que el primer plan deberá contemplar una meta de reducción de intensidad energética de al menos un 10% al 2030 respecto al año 2019. La intensidad energética de Chile el 2019 fue 1,95 kCal/$2013. Se espera llegar a 1,75 al 2030.
En términos simples, implica que el país crezca en aproximadamente 10% su PIB sin crecer en consumos de energía.
2) Gestión energética de grandes consumidores:
-La ley establece que los grandes consumidores de energía, que representan más de un tercio de la energía consumida en el país, deberán implementar una gestión activa de su energía. Esto quiere decir que deberán reportar anualmente sus consumos de energía al Ministerio de Energía, cumpliendo con los criterios que defina la cartera.
-La empresas que consumen más energía en Chile deberán implementar un sistema de gestión de la energía (SGE), el cual deberá ser informado y podrá ser auditados, para reducir sus consumos de energía de manera sistemática en el tiempo.
3) Calificación energética de edificaciones:
-Viviendas, edificios de uso público, edificios comerciales y oficinas deberán contar con Calificación Energética para obtener recepción final o definitiva.
-La etiqueta (de calificación o precalificación) deberá incluirse en toda publicidad de venta que realicen empresas.
4) Estándares de eficiencia para vehículos:
-La Ley busca promover la renovación del parque con vehículos más eficientes, con énfasis en aquellos de propulsión eléctrica.
-El proyecto de ley mandata la fijación de estándares de eficiencia energética para el parque de vehículos nuevos.
-Estos estándares generan incentivos adicionales para que los importadores aumenten la oferta de vehículos eléctricos puros, híbridos enchufables y cero emisiones en nuestro país.
5) Interoperabilidad para vehículos eléctricos:
Da facultades al Ministerio de Energía para normar la interoperabilidad del sistema de recarga de vehículos eléctricos para facilitar el acceso y conexión de vehículos eléctricos a la red de carga, permitiendo un desarrollo armónico que asegure el libre acceso a los cargadores públicos. Esto significa que todos los usuarios que quieran cargar su vehículo podrán hacerlo y tendrán una buena experiencia en el proceso.
6) Depreciación acelerada para vehículos eléctricos:
Se trata de un beneficio tributario para aquellas empresas que quieran invertir en vehículos eléctricos puros, híbridos enchufables o cero emisiones.
7) Gestión de Energía en el Sector Público:
El proyecto de ley establece obligaciones para los organismos del Estado para el buen uso de la energía. El Ministerio de Energía elaborará anualmente informes a partir de la información recibida.