A la espera del Ejecutivo: los argumentos de un grupo de parlamentarios para impugnar normas del Presupuesto ante el TC
A fines de la semana pasada, diputados oficialistas presentaron un requerimiento de inconstitucionalidad ante el TC, enfocado en la suspensión de la ley Lafkenche.
Por: Sebastian Valdenegro | Publicado: Lunes 2 de diciembre de 2024 a las 09:05 hrs.
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Durante octubre y noviembre se tramitó el proyecto de ley de Presupuestos 2025. Foto: Agencia Uno
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El miércoles pasado, dos días antes de que se cumpliera el plazo legal, el Congreso despachó a ley el proyecto de Presupuesto 2025, luego de que ambas cámaras ratificaran el acuerdo alcanzado en la comisión mixta y que permitió destrabar un inédito erario con mayores controles para el gasto y un recorte de US$ 600 millones en desembolsos para cumplir las metas fiscales el próximo año.
Si bien el hito fue motivo de celebración de parte del Ejecutivo, el proceso no estuvo exento de complejidades, debido a que los parlamentarios dieron visto bueno a una serie de artículos que no fueron del gusto del Ejecutivo, debido a eventuales vicios de inconstitucionalidad o la tesis del Gobierno de que el Presupuesto no es una ley "ómnibus" donde se pueden incluir materias que exceden la planificación presupuestaria anual.
Los legisladores apuntan a la aprobación del artículo 48 nuevo de la Ley de Presupuesto, que en su opinión excede el marco fijado en la Constitución.
Con eso en mente y a la espera de que el Ejecutivo ingrese su propia reclamación, un grupo de parlamentarios oficialistas ingresaron a fines de la semana pasada un requerimiento para que el Tribunal Constitucional (TC) declare inconstitucional una serie de normas visadas por el Parlamento.
El requerimiento es firmado por diputados y diputadas oficialistas, como Emilia Nuyado, Emilia Schneider, Jaime Sáez, Gael Yeomans, Maite Orsini, Andrés Giordano, Ericka Ñanco, Lorena Fríes, Diego Ibáñez, Luis Cuello, Marcela Riquelme, Hernán Palma, Tomás Hirsch, Clara Sagardia, Francisca Bello, Carmen Hertz, Juan Santana, Jaime Naranjo, Boris Barrera, Yovana Ahumada, María Candelaria Acevedo, Danisa Astudillo, Nelson Venegas, Daniel Melo, Matías Ramírez, Rubén Oyarzo, Viviana Delgado, Ana María Gazmuri, Claudia Mix, Daniela Serrano, Carolina Marzán, Consuelo Veloso, Tomás Lagomarsino y Mónica Arce.
Los artículos en la mira
Los legisladores apuntan a la aprobación del artículo 48 nuevo del proyecto, debido -en su opinión- por "exceder el marco fijado en la Constitución Política de la República, al aprobar la indicación parlamentaria que introdujo el art. 48 nuevo, el cual desnaturaliza el contenido de la ley de Presupuestos y contraviene formalmente la Constitución Política".
Este artículo se refiere a la aprobación de una norma que suspende durante el año 2025 la vigencia de la Ley Lafkenche, que autoriza el uso del borde costero marítimo a los pueblos originarios. Con votos de la oposición, se visó suspender el procedimiento de entrega de dicho territorio durante el próximo año.
Para fundamentar su impugnación, los parlamentarios aluden a los artículos 65, 67 y 69 de la Constitución, que norman sobre las facultades del Presidente de la República en materia de discusión de las leyes, como la exclusividad para legislar en materia de determinar atribuciones o funciones de los servicios públicos, de aumentar o reducir los ingresos del sector público, y que no son admisibles modificaciones a los proyectos de ley cuando se trate de materias distintas a las ideas matrices de dicha iniciativa.
También, los diputados enfatizan que durante el trámite en la Cámara, la Mesa de la Corporación había declarado inadmisible la indicación que dio vida a la suspensión de la Ley Lafkenche.
"El presente requerimiento no se funda en una infracción legal o reglamentaria, sino en una tramitación legislativa efectuada contraviniendo la Constitución Política, pues contario al criterio fijado por la mesa del H. Cámara, el pleno rechazó la declaración de inadmisibilidad, para luego aprobar el citado art. 48 como artículo del proyecto de ley de Presupuesto del sector Público, infringiendo el art. 65 inciso cuarto, ordinal 2, art. 67 inciso segundo, y el art. 69 inciso primero, de la Constitución. En efecto durante la tramitación del proyecto el H. Senado, actuó contra la Constitución al aprobar la referida norma impugnada", señala el escrito.