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Parte la tramitación del proyecto que crea un registro de beneficiarios finales de empresas

La iniciativa es parte del fast track legislativo en materia económica.

Por: | Publicado: Miércoles 7 de agosto de 2024 a las 04:00 hrs.
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El ministro Marcel y la subsecretaria de la Segpres, Macarena Lobos, asistieron a la comisión de Hacienda del Senado.
El ministro Marcel y la subsecretaria de la Segpres, Macarena Lobos, asistieron a la comisión de Hacienda del Senado.

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Este martes, con la asistencia del ministro de Hacienda, Mario Marcel, y la subsecretaria de la Secretaría General de la Presidencia (Segpres), Macarena Lobos, la comisión de Hacienda del Senado inició el proceso de tramitación del proyecto de ley que crea un Registro de Personas Beneficiarias Finales.

La iniciativa fue anunciada y presentada a fines de 2023. Su objetivo es entregar mayor transparencia a quienes realizan negocios en Chile, ya sea con el Estado o entre privados.

Este proyecto forma parte del fast track concordado entre el Gobierno y el Congreso para agilizar la tramitación de 21 proyectos de ley.

A través de esta propuesta, se considera la creación de este registro para combatir la corrupción y el crimen organizado, prevenir el lavado de activos y financiamiento del terrorismo, evitar el uso indebido de figuras jurídicas para defraudar, colaborar con el cumplimiento de las obligaciones tributarias y permitir el cumplimiento y otras obligaciones legales, tales como el pago de las pensiones de alimentos.

La administración de este registro estará a cargo del Servicio de Impuestos Internos (SII).

“Este es un proyecto que busca generar transparencia en la información para efectos de identificar y, eventualmente, perseguir hechos dolosos. Por esa vía se puede combatir el crimen organizado, prevenir la corrupción, la cooptación y el conflicto de intereses de las instituciones públicas, junto con favorecer el aumento de la cooperación y la coordinación para evitar blanqueos de capitales”, explicó el ministro Marcel.

Estarán obligados a reportar información los beneficiarios finales de las personas jurídicas. Las entidades sin personalidad jurídica también tendrán esta obligación, aunque tratándose de asociaciones sin fines de lucro, solo deberán informar en el caso que contraten con el Estado a cualquier título o reciban transferencias del Estado.

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