Las razones de la arremetida de la FNE contra Oxxo y los riesgos que alertó para el mercado
El requerimiento de la Fiscalía detalla que la mexicana habría omitido la entrega de ciertos documentos e incumplido las medidas de mitigación pactadas para la aprobación de la compra de OK Market.
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Con fecha 27 de diciembre, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) presentó un requerimiento en contra de los controladores de Oxxo, acusándolos de entregar información falsa y no cumplir con las medidas de mitigación en el contexto de la adquisición de OK Market a SMU.
La filial de la mexicana Femsa arriesga sanciones por US$ 6,4 millones.
Si bien la operación fue autorizada en noviembre de 2021, la demanda interpuesta por la FNE en el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) nació de los hallazgos de la investigación iniciada el mes siguiente de esto, para verificar el cumplimiento de las condiciones pactadas.
Los informes omitidos
El “mercado relevante” en el que competirían Oxxo Chile y OK Market se determinó como todas las tiendas de conveniencia, estaciones de servicio y almacenes de barrio. Geográficamente, se delimitó un área de influencia de 300 metros –aproximadamente cuatro minutos de caminata- desde cada local.
Para aprobar la operación, la Fiscalía solicitó todos los documentos que analizaran el mercado relevante afectado por la transacción. Entre otros, esto incluía aquellos que trataran el potencial crecimiento o expansión a nuevos productos o áreas geográficas.
A partir de la declaración de un ejecutivo de Oxxo Chile que mencionó la existencia de antecedentes calificados como “origen-destino” -en que los que se analizaban potenciales áreas de expansión en base a las preferencias de los clientes de cada local-, la FNE notó que existían al menos 60 archivos que “no fueron presentados en tiempo y forma”.
Con ese indicio, se encontraron evaluaciones de apertura a las que no se había tenido acceso y que estaban dentro del área de influencia de 300 metros delimitada por las partes, por lo que debían ser entregados desde un principio.
Si bien la Fiscalía aclara que su contenido no habría hecho variar la aprobación de la operación, “sí impidió estudiar oportunamente información competitiva clave para su análisis de riesgos”. Esa obstaculización molestó al organismo, que sostuvo que “afectó de forma relevante a la eficacia y eficiencia de la investigación, impidiendo enfocarla de forma más precisa desde sus inicios, debiendo este servicio destinar mayores recursos, desplegar a sus funcionarios en terreno y efectuar gestiones adicionales”.
Las cláusulas de exclusividad
El otro argumento de la FNE en contra de Oxxo fue el incumplimiento de las medidas con que se aprobó la operación. En dicho momento, Femsa se comprometió a la desinversión de 16 locales, los que fueron comprados por Enex, firma ligada al grupo Luksic. Asimismo, Oxxo se comprometía a renunciar de manera unilateral y gratuita a cláusulas de exclusividad pactadas en contratos de arrendamiento de los locales.
Este punto fue subrayado por la FNE al autorizar la transacción, ya que el ente advirtió que 56 contratos podían “transformarse en barreras artificiales a la entrada y expansión de otros actores” a este mercado.
Ante las respuestas a algunos oficios solicitados por la Fiscalía posterior al cierre de la operación, se encontraron tres contratos correspondientes a locales Oxxo Chile que no habían sido renunciados al vencimiento del plazo establecido.
Con esto, la FNE afirmó que la barrera de entrada contenida en ellos le permite a Oxxo materializar uno de los riesgos derivados por la operación, “impidiendo que los consumidores se vean beneficiados de la presión competitiva que ejercería un mayor número de locales”.
El organismo recordó que, durante la investigación, pudo determinar que “en áreas de entre 100 y 300 metros de caminata se observa que, a mayor número de competidores, existe un efecto negativo en las ventas de Oxxo Chile u OK Market, según corresponda”.
Por todo esto, calificó las infracciones de la mexicana como graves y aseguró que para ello no se exige resultado anticompetitivo alguno, ya que basta con “la mera contravención de la norma”.