Tras objeción de Contraloría, Irací Hassler instruye no continuar con la compra de exclínica Sierra Bella
El organismo fiscalizador realizará un sumario para determinar responsabilidades administrativas por este hecho y, además, por incumplir la instrucción de congelar acciones para materializar la compraventa.
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La Municipalidad de Santiago informó que no continuará con la compra del inmueble de la exclínica Sierra Bella, luego de que la Contraloría General de la República objetara la transacción por el alto monto involucrado.
En un comunicado, el municipio señaló que la alcaldesa Irací Hassler "instruyó acatar la resolución de Contraloría en su totalidad" y "ordenó la realización de acciones administrativas internas y anunció la decisión municipal de no continuar con este proceso de compra".
Asimismo, informó que la municipalidad ejercerá acciones legales por las tasaciones.
"Cabe recalcar que no se ha efectuado ningún pago en relación a esta compra, por lo que no hay afectación al patrimonio municipal. El municipio de Santiago valora que la resolución de Contraloría ratifique el actuar transparente de esta administración durante el proceso, dando cuenta que el Concejo Municipal tuvo todos los antecedentes a la vista", agregó la municipalidad en la comunicación.
La objeción de la Contraloría
La Contraloría señaló que no se justifica el valor cuatro veces superior al avalúo fiscal pagado por la Municipalidad de Santiago por la compra de la exclínica Sierra Bella.
Esta apreciación es parte de una resolución que se conoció este jueves de parte del órgano fiscalizados ante diversas presentaciones realizadas por parlamentarios y concejales de oposición para objetar la operación.
Las denuncias que investigó Contraloría señalan que el municipio habría adquirido los inmuebles de la denominada “Clínica Sierra Bella”, en alrededor de $ 8.200 millones. Sin embargo, aproximadamente un mes antes, la sociedad vendedora la habría obtenido por alrededor de $ 2.000 millones, por lo que, a su juicio, se habría pagado un sobreprecio.
“Habiéndose constatado diferencias no menores entre el precio pagado sólo unos meses antes por la vendedora Inmobiliaria San Valentino SpA y aquel estipulado a pagar por dicha entidad comunal, y atendidas las inconsistencias y falta de trazabilidad advertidas en las tasaciones antes referidas, no es posible tener por fundamentado el gasto de recursos públicos ascendente a $ 8.252.873.341, que pretendería efectuar aquel municipio, especialmente, si se consideran los principios de eficiencia, eficacia y economicidad que rigen el actuar de los órganos de la Administración del Estado”, dijo la Contraloría.
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En dicho sentido, la entidad fiscalizadora señaló que “se reitera que, si bien los inmuebles habitualmente tienen un avalúo fiscal menor a su valor comercial, los antecedentes tenidos a la vista no permiten tener por justificado el referido precio que se obligaría a pagar el mencionado municipio, el que, como se dijo, corresponde a casi cuatro veces el avalúo fiscal de los bienes raíces de que se trata, y también a casi el cuádruple del monto fijado -sólo unos meses antes- en la compraventa en cuya virtud los adquirió la vendedora Inmobiliaria San Valentino SpA”.
En consecuencia, se ordenó a la Municipalidad de Santiago a que “deberá adoptar todas las medidas que en derecho correspondan para garantizar la correcta administración y resguardo de los recursos municipales, debiendo informar pormenorizadamente al respecto a este Organismo de Control, dentro del plazo de 15 días hábiles, contado desde la notificación del presente oficio”.
Se remitió una copia de los antecedentes relacionados con el asunto acá analizado a la Fiscalía de la Contraloría General, con el objeto de que se instruya un procedimiento disciplinario destinado a investigar las eventuales responsabilidades administrativas derivadas.
El organismo fiscalizador realizará un sumario para determinar responsabilidades administrativas por este hecho y, además, por incumplir la instrucción de congelar acciones para materializar la compraventa.
Además, se señaló que “pese a orden de Contraloría, se efectuaron acciones para materializar la compraventa y que no procede implementación de una “clínica municipal”. La instancia determinó que “no resulta procedente” que la municipalidad otorgue “prestaciones que exceden de aquellas propias de la atención primaria de salud”; y que, si el municipio insiste en implementar este proyecto reformulado, deberá someterlo a una nueva aprobación del concejo municipal.
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