Congreso aprueba en tiempo récord proyecto que corrige error en norma que elimina exención de IVA a importaciones de hasta US$ 41
El Ejecutivo también amplió hasta fin de año algunas ventanas transitorias que buscan beneficiar a contribuyentes, como la repatriación de capitales.
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En apenas una semana, el Congreso aprobó y despachó la ley corta presentada por el Gobierno que busca corregir algunos aspectos de la recientemente aprobada Ley de Cumplimiento Tributario, que es la de mayor potencial recaudador del pacto fiscal (1,5% del PIB o US$ 4.500 millones en régimen).
En el texto -respaldado por amplia mayoría en el parlamento- el Ejecutivo amplía algunas ventanas transitorias que buscan beneficiar a contribuyentes, pero que dada la forma y los plazos en que el texto salió del Congreso, significaría que estarían vigentes por pocos días.
¿Cuáles? El mecanismo de repatriación de capitales a cambio de un impuesto único y sustitutivo de 12% hasta el 31 de diciembre; por 90 días desde la publicación de la ley la ventana para la suscripción de convenios para saldar deudas tributarias pendientes con la Tesorería, a cambio de la condonación de multas e intereses; y hasta el 31 de diciembre una ventana similar para cerrar procesos judiciales pendientes en materia tributaria.
Sin embargo, en el proyecto de ley, el Ministerio de Hacienda también aprovechó de corregir una norma que hasta el minuto había pasado desapercibida y que se relaciona con un artículo relevante para empresas y consumidores: el fin de la exención de IVA para importaciones de mercancías valorizadas en hasta US$ 41.
Abogados advierten
El problema fue detectado por el abogado y socio de Villarroel, Lecaros y Aste Abogados, Christian Aste, quien advirtió que el proyecto despachado por el Congreso no contenía una norma que rigiera mientras se eliminaba la exención de IVA para importaciones, la que en la nueva ley sería reemplazada por una nueva exención pero de aranceles aduaneros a los ingresos de productos por hasta US$ 500.
En otras palabras, dice Aste, si esto no se modificaba "con urgencia", los envíos postales y encomiendas que vengan del extranjero desde esa fecha hasta el 24 de noviembre del 2025 no solo tendrán arancel cero, sino que además no se afectarán con IVA hasta por un valor de US$ 500 y no de US$ 41 como ahora.
Texto corregido
La propuesta adecuatoria del Ejecutivo se hace cargo de la ausencia de la norma de vigencia especial para el reemplazo de los nuevos valores para aplicar o eximir los aranceles por las encomiendas ingresadas desde el exterior, lo que produce una "incoherencia" con las normas aprobadas.
El texto corregido plantea un nuevo artículo transitorio que fija que la entrada en vigencia del nuevo arancel para ingresos sobre US$ 500 sea al mismo tiempo que el término de la exención de IVA para compras menores a US$ 41, al cabo de doce meses de aprobada la ley.