El ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés, presentó esta tarde ante la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados una serie de indicaciones al proyecto de ley de Fortalecimiento y Transparencia de la Democracia, las que buscan perfeccionar el sistema de financiamiento de los partidos políticos.
Tras ser debatidas y aprobadas por la instancia, el proyecto fue despachado para su votación en la Sala de la Corporación. Esto con excepción de una indicación que apunta a establecer que las personas jurídicas no pueden haber aportes a la política, materia que deberá ser vista por la Comisión de Constitución.
En la sesión, el secretario de Estado explicó que respecto de los fondos a ser distribuidos para financiamiento de los partidos políticos posterior a las elecciones, se establece "un piso mínimo de manera que no falten recursos para poder mantener la política funcionando". Así, aquellos que cumplen los requisitos para acceder a financiamiento público, podrán acceder al monto de 0,04UF por un número equivalente al 40% de los inscritos en el padrón electoral de la última elección de diputados.
El titular de Hacienda agregó que también se modifica la forma de distribuir el 20% del monto total del fondo destinado al financiamiento de los partidos políticos que cumplan con los requisitos para optar al aporte público. Precisó que dicho monto se distribuirá de manera proporcional al número de regiones en las que estén constituidos los partidos, sin tramos sino en forma lineal, y que aquellos constituidos en todas las regiones del país (partidos nacionales) podrán sumar una región adicional.
El jefe de las finanzas públicas explicó que otra indicación va dirigida al artículo 7 del proyecto, en que se precisa de modo de aclarar que los gastos que genera esta ley en su primer año de aplicación, corresponden al año presupuestario.
En lo que respecta a la actualización de registros de militantes de partidos, requisito clave para acceder a financiamiento, el ministro de Hacienda explicó que significa eliminar de los registros a las personas fallecidas; afiliadas a más de un partido; inhabilitadas para ejercer su derecho a sufragio y a quienes hayan renunciado a su afiliación o cuya inscripción no se haya realizado en forma legal.
Agregó que el paso siguiente, una vez cumplida la actualización, es la reinscripción de militantes, proceso que se simplifica estableciendo que en los primeros 12 meses tras publicarse la ley los partidos recibirán el 100% de aporte fiscal, y que entre ese plazo y 18 meses el aporte decrece en función del número de regiones donde no haya finalizado el proceso de reinscripción. Cumplido ese plazo, el financiamiento se mantiene estable hasta la próxima elección de acuerdo al avance del proceso de reinscripción.