La empresa Cencosud comenzó a devolver el dinero a los más de 700 mil consumidores que se vieron afectados por el aumento unilateral del cobro de las comisiones, cumpliendo de esta manera con el fallo dictado por la Corte Suprema en abril de este año.
A través de cartas enviadas durante estos últimos días, la empresa Cencosud se ha contactado con los consumidores que son parte del grupo de clientes beneficiados por el fallo de la Corte Suprema, informándoles el monto de dinero que recibirán.
El universo de consumidores beneficiados llega a los 700.486 clientes, según información proporcionada por Cencosud, quienes recibirán entre $530 y $120 mil, lo que le significará a la empresa un desembolso de US$ 52 millones.
Fórmulas de pago
1. En el caso de los consumidores que tienen sus tarjetas activas, el dinero les será abonado en su cuenta. Esto significa que el monto que devuelve Cencosud se destina a pagar la cuenta del mes y si queda un saldo a favor, aun cuando existan cuotas pendientes a futuro, podrán siempre solicitar el retiro de la diferencia de los dineros en efectivo. De lo contrario se vulneraría lo resuelto por la Corte Suprema y se afectaría el derecho a libre elección de los consumidores.
2. En el caso de aquellas personas que cerraron sus cuentas con la empresa, el monto le será entregado en las oficinas de SERVIPAG de todo el país, presentando el Carnet de Identidad.
Esta situación también aplica al caso de aquellos consumidores que hayan fallecido, pudiendo un familiar directo, con la documentación pertinente, solicitar el reembolso.
Antecedentes del Caso
Hay que recordar que la tarjeta Jumbo Mas, a partir de marzo del año 2006, aumentó en $530 el costo del servicio de administración mensual de la tarjeta de crédito, pasando de $460 a $990, cargos aplicados unilateralmente a todos aquellos consumidores que presentaban un promedio de compras inferior a los $50 mil mensuales.
Tras esta situación, el SERNAC interpuso una demanda colectiva contra Cencosud, la cual, tras 7 años de tramitación, resultó favorable para los consumidores, siendo el primer juicio colectivo con sentencia condenatoria de la Corte Suprema.
La empresa fue condenada a reembolsar todo el dinero cobrado de más a los consumidores, con los respectivos intereses. Asimismo, se declaró nula la cláusula que establecía un mandato irrevocable, amplio y sin obligación de rendir cuenta en favor de la empresa, y aquella cláusula en que precisamente se basó la empresa para realizar este aumento unilateral de cobros de comisiones.