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Convención Constitucional: las normas aprobadas para el funcionamiento de las comisiones y el comité externo de asignaciones

La institución continúa avanzando en la organización, en su segunda semana de trabajo.

Por: Rodolfo Carrasco | Publicado: Jueves 15 de julio de 2021 a las 11:54 hrs.
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La Convención Constitucional ya aprobó lo que serán las primeras normas básicas para el funcionamiento del organismo a la espera del reglamento definitivo. Se trata de los términos en que se desarrollarán las comisiones de Ética, Reglamento y Presupuesto, y el comité externo de asignaciones.

Comisiones: durante los primeros 30 días, existirán la comisión de Reglamento, la comisión de Ética, y la comisión de Presupuestos y Administración Interior.

Integración y elección: la comisión de Reglamento estará integrada por un máximo de 31 convencionales e incluirá al menos cuatro representantes de escaños reservados.

Las comisiones de Ética y de Presupuestos y Administración Interior serán integradas por un máximo de 17 constituyentes y se contemplarán al menos dos cupos para escaños reservados.

Funcionamiento: las comisiones se constituirán una vez validada la inscripción de integrantes por el secretario y la presidenta. Por mayoría absoluta de sus integrantes deberá elegirse una coordinación paritaria con, al menos, una persona que no sea de la Región Metropolitana, que dirija el desarrollo de la comisión.

Asambleas y Cabildos: deberá abrir un plazo máximo de 10 días hábiles para audiencias públicas destinadas a recibir propuestas de la sociedad civil, asambleas y cabildos territoriales o temáticos, universidades, fundaciones u otras formas de organización social, comunidades de las naciones preexistentes y de chilenas y chilenos en el extranjero. En caso de solicitud de audiencia de alguna entidad que pueda tener conflicto de interés, deberá resolverse con la votación mayoritaria de la comisión.

Plazos y votación: las comisiones tendrán el plazo de 30 días corridos para evacuar sus propuestas al Pleno. Una vez vencido ese plazo, debe hacerse llegar la propuesta al secretario de la mesa para su distribución digital por correo electrónico entre todos y todas las constituyentes, debiendo ser publicada en la página web de la Convención.

Comisión de Reglamento: dicha instancia presentará una propuesta de reglamento al Pleno, la que considerará la estructura de la Convención, creación de comisiones temáticas, jerarquías y responsabilidades; derechos, deberes, funciones y atribuciones; organización del proceso de deliberación y decisión; mecanismos de participación popular; normas de inclusión, interculturalidad, plurinacionalidad, igualdad de género y descentralización; organización de la secretaría técnica; herramientas para la elaboración de contenidos; proponer un presupuesto "adecuado" para estos objetivos; y los mecanismos que aseguren a los pueblos y naciones originarias la participación efectiva, vinculante y continuada, conforme a la Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas

La Comisión de Ética tendrá por objeto elaborar una propuesta de Comité de ética, probidad, transparencia, prevención y sanción de las violencias, que cumpla con la función de recibir, dar seguimiento y resolver conflictos que puedan derivarse de la convivencia o del ejercicio del cargo.

Elaborar una propuesta de reglamento de ética y convivencia; de prevención y sanción de la violencia política y de género, discursos de odio, negacionismo y distintos tipos de discriminación, y de probidad y transparencia en el ejercicio del cargo; proponer un presupuesto adecuado para estos objetivos; y velar por el cumplimiento de la ley N°20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.

La Comisión de Presupuestos y Administración Interior tendrá los siguientes objetivos: identificar necesidades presupuestarias y administrativas para el desarrollo óptimo del proceso constituyente; elaborar propuesta de diseño institucional que contenga estructura administrativa, funciones y responsabilidades; y proponer una política de condiciones laborales para funcionarios y equipos de apoyo de las y los constituyentes, de cobertura en materia de cuidados y de bienestar en el ejercicio de las funciones.

La Comisión de Presupuestos y Administración Interior deberá analizar y resolver los asuntos internos propios del funcionamiento de la Convención, con las siguientes facultades: supervigilar el orden administrativo e interno de los servicios de la Convención; regular el uso de los espacios para el funcionamiento de la Convención; y las demás que determine el reglamento.

Comité Externo de Asignaciones: será el órgano independiente encargado de determinar los criterios de uso y administración de las asignaciones que, de acuerdo con el presupuesto establecido para el funcionamiento de la Convención Constitucional, le correspondan a cada convencional. Para estos efectos, este comité deberá seguir las directrices de carácter general emanadas de la comisión de Presupuestos y Administración Interior.

El comité deberá velar por la transparencia, probidad y buen uso del presupuesto destinado a asignaciones. Estará integrado por cinco funcionarios o funcionarias de carrera, que cuenten con la máxima calificación en las últimas tres evaluaciones anuales y un mínimo de cinco años de experiencia ininterrumpida en las siguientes reparticiones públicas: Contraloría General de la República; Consejo para la Transparencia; Tesorería General de la República; Cámara de Diputados; y Senado.

También integrará el comité un profesional indígena del área de la ingeniería, economía o materias afines, que posea acreditación indígena y probada experiencia de trabajo con comunidades y organizaciones indígenas territoriales. Esta persona será elegida por la mesa de la Convención. Los miembros se desempeñarán en el cargo bajo comisión de servicio. Las decisiones e instrucciones del comité serán vinculantes para la Convención y sus órganos.

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