SII endurece fiscalización del IVA digital: 110 plataformas no pagan el impuesto pese a operar en Chile
El organismo emitió una resolución para que los emisores de pagos retengan el gravamen. Si las aplicaciones se inscribieran en el servicio, cancelarían US$ 13 millones al año.
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Hace prácticamente dos años que está vigente en el país el IVA a los servicios digitales, que contempla un gravamen de 19% a las operaciones realizadas por plataformas domiciliadas en el extranjero pero que sean consumidas por personas en el territorio chileno.
Datos del Servicio de Impuestos Internos (SII) revelan que el año pasado se recaudaron US$ 275 millones a través de este tributo, y US$ 116,6 millones en lo que va de 2022, los que han sido declarados y pagados por los más de 300 comercios y plataformas inscritas en el servicio.
“Buscamos garantizar el cumplimiento de todas las plataformas que deben pagar este impuesto, ya sea en forma voluntaria, con la inscripción en el sistema, o mediante esta retención, lo que contribuye a una mayor recaudación permanente”.
Hernán Frigolett, director del servicio de impuestos internos (SII)
Pese a estos positivos números, la entidad liderada por Hernán Frigolett ha detectado que hay servicios digitales que realizan transacciones en el país, pero no están inscritas en el servicio y, por tanto, no están pagando el impuesto específico.
Por esta razón, la institución publicó a inicios de este mes la resolución N° 46, que refuerza la fiscalización del gravamen.
¿De qué manera? Cambiando el sujeto del IVA, lo que implica que el tributo será retenido e integrado al Fisco por los emisores de medios de pago, pero solo para el caso de las plataformas no registradas y que no están respondiendo por el IVA en Chile.
En la actualidad, las empresas inscritas y que cumplen la normativa son las que cargan el IVA en sus servicios y luego lo pagan al Fisco.
“Los análisis de datos que realizamos a partir de la información proporcionada por los emisores bancarios y no bancarios de tarjetas de pago, nos han permitido detectar comercios y plataformas extranjeras que proveen servicios digitales a clientes en Chile, sin cumplir con la obligación legal de registrarse, declarar y pagar el IVA correspondiente”, advierte Frigolett.
Entre los comercios y las plataformas no inscritas se cuentan traders financieros, empresas de videojuegos y casas de apuestas online, explican en el SII.
No están pagando
Según antecedentes del SII, existen 110 comercios y/o plataformas no inscritos en el régimen de tributación simplificada establecido para la declaración y pago de este impuesto. En una primera etapa, se aplicará cambio de sujeto en 32 de estos casos.
¿Cuál es el costo de este incumplimiento? El servicio estima que las plataformas digitales no inscritas en el citado sistema deberían estar pagando alrededor de US$ 13 millones por este concepto al año.
Entre los comercios y las plataformas no inscritas se cuentan traders financieros, empresas de videojuegos y casas de apuestas online.
Fecha clave
El cambio de sujeto del IVA a los servicios digitales regirá a partir del próximo 1 de agosto y aplicará a las contraprestaciones cargadas a contar de dicha fecha en las tarjetas de pago bancarias y no bancarias de los tarjetahabientes.
La resolución define, además, que los emisores bancarios y no bancarios deberán enviar semestralmente al SII un reporte con las retenciones efectuadas, lo que -dice la entidad- permitirá hacer un seguimiento de la “correcta aplicación” del cambio de sujeto.
El primer reporte deberá ser remitido a más tardar el último día hábil de febrero, y será enviado semestralmente.
Adicionalmente, el próximo 1 de junio la entidad publicará un listado con la nómina de comercios y plataformas extranjeros, sin domicilio ni residencia en Chile, afectos a este cambio de sujeto.
El socio de Puente Sur, Ignacio Gepp, señala que cuando se implementó el IVA a los servicios digitales, la interrogante más grande era cómo el SII iba a garantizar el cumplimiento por parte de extranjeros.
“Hoy el SII muestra los colmillos: con fecha 1 de junio anunciará su lista negra y a partir del 1 de agosto los intermediarios financieros en Chile deberán empezar a recargar el IVA que no están pagando las plataformas”, señala.
Gepp agrega que de los 110 prestadores que el SII reconoce como no cooperantes, hay varios relacionados a plataformas de juegos y aplicaciones de intercambio de criptomonedas.
“Será interesante ver si los incluye en su listado de junio a todos o si privilegiará ciertas industrias”.
Firmas de apuestas deportivas y de criptomonedas, entre los servicios que a febrero no estaban inscritos ante la autoridad tributaria
En su sitio especial para la promoción, inscripción y pago del IVA a los servicios digitales, el Servicio de Impuestos Internos (SII) también enumera en una lista las plataformas y aplicaciones que, estando domiciliadas en el exterior, no están inscritas en el régimen simplificado para pagar el tributo.
Con cierre al 14 de febrero de este año, entre estas destacan firmas de apuestas deportivas, como Bet365, Betway, Betsson, SportingBet y Plus500, por citar algunas; y también compañías ligadas al comercio de criptomonedas, como lo son Coinbase y Crypto.com, entre otras.
Según explican en el fiscalizador tributario, el SII sostuvo reuniones de trabajo con los emisores bancarios y no bancarios de tarjetas de pago para coordinar los aspectos operativos relacionados con la aplicación del cambio de sujeto.
“Nuestro servicio ha desarrollado un trabajo coordinado con los bancos y otras entidades emisoras de tarjetas de pago, con el objeto de obtener información para determinar si las plataformas inscritas están declarando y pagando el impuesto; o, bien, identificar a las plataformas que no declaran ni pagan el IVA digital, debiendo hacerlo. Para la implementación del cambio de sujeto nos reunimos previamente con estas entidades, para coordinar los aspectos operativos de esta medida que se inicia el primero de agosto”, explica el director del servicio, Hernán Frigolett.
Rectificar el no pago
En cuanto a medidas de control, el SII ha intensificado las acciones para contactar a plataformas y comercios no inscritos con el fin de comunicarles que se ha detectado que proveen servicios digitales gravados con IVA y que por lo tanto deberían inscribirse para declarar y pagar el IVA respectivo, “por lo que se encuentran en una situación de incumplimiento”.
“Paralelamente, la institución avanza en los análisis para determinar el posible impuesto subdeclarado por parte de los comercios y plataformas ya inscritas, con el objeto de requerir que aclaren o rectifiquen el pago de este impuesto”, agregan en la entidad.
El fiscalizador recibe periódicamente información de parte de los emisores de tarjetas de pago, “por lo que seguirá monitoreando de manera permanente que cualquier comercio o plataforma extranjera, sin domicilio ni residencia en Chile, que provea servicios digitales gravados con IVA en Chile, cumpla con el pago de este impuesto”.
El antecedente de 2020
Esta no es la primera vez que el SII refuerza la fiscalización del gravamen a los servicios digitales.
Por ejemplo, en 2020 estableció la obligación para los emisores bancarios y no bancarios de tarjetas de pago de enviar un reporte con información relativa a las transacciones facturadas a comercios y plataformas extranjeros por concepto de pagos efectuados por tarjetahabientes chilenos.
“Esta información permite además identificar a los comercios y plataformas no inscritas y realizar su seguimiento”, explican en el SII.