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Sernac: Consorcio eliminará cláusulas abusivas de sus contratos y compensará a clientes

Consorcio establecía que los consumidores debían pagar sus dividendos en un plazo que iba entre los días 1 a 10 de cada mes, pero si se atrasaban, les cobraba intereses moratorios a partir del día 1 y no desde el 11, como debía ser.

Por: Diario Financiero Online | Publicado: Miércoles 13 de abril de 2016 a las 11:54 hrs.
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El Sernac anunció esta mañana que, tras llegar a un acuerdo conciliatorio, Banco Consorcio se comprometió a eliminar de sus contratos de adhesión una serie de "cláusulas abusivas" que le facultaban para aplicar cobros indebidos a los consumidores que mantenían créditos hipotecarios.

En un comunicado, el servicio detalló que a través de dichas cláusulas, Consorcio establecía que los consumidores debían pagar sus dividendos en un plazo que iba entre los días 1 a 10 de cada mes, pero si se atrasaban, les cobraba intereses moratorios a partir del día 1 y no desde el 11, como debía ser.

Asimismo, Banco Consorcio les cobraba a los usuarios gastos de cobranza extrajudicial por períodos no permitidos por la Ley de Protección del Consumidor (LPC). Por ejemplo, cuando se producía una mora, la empresa cobraba a partir del primer día de plazo de pago, y no desde que vencía el plazo según la normativa.

Ante este escenario y luego de no lograr un acuerdo en el marco de una mediación colectiva, el Sernac demandó colectivamente al Banco Consorcio a principios de abril del año 2015.

Hay que recordar que el Sernac mantiene una demanda colectiva en tramitación en contra del Banco Santander por esta misma práctica, y además realizó mediaciones colectivas con otras cinco instituciones bancarias (Banco Bice, Corpbanca, Banco Itaú, Banco Internacional y BancoEstado), las cuales ajustaron sus contratos a los estándares exigidos por el Servicio.

¿Qué hará Banco Consorcio?
Eliminará de sus contratos de mutuos hipotecarios aquellas cláusulas referidas al cobro de intereses moratorios a contar del día 1. Desde ahora se cobrará a contar de la mora del consumidor, esto es, a partir del día siguiente al último día del plazo concedido para pagar. Es decir, a partir del día 11.

En el caso de los gastos de cobranzas extrajudiciales, éstos sólo se contabilizarán luego que venza el plazo indicado en la LPC, tomándose como referencia de morosidad el día siguiente del vencimiento del plazo dado para pagar el dividendo. Es decir, a partir del día 21.

Restitución de dinero
Según Sernac, Banco Consorcio compensará a los cerca de 1.500 consumidores que se vieron afectados por los cobros, mediante:

La restitución de los intereses moratorios cobrados entre los días 1 y 10 de cada mes por un período de 5 años desde la fecha de este acuerdo conciliatorio.

La restitución de todos los gastos de cobranza extrajudicial cargados entre los días 1 y 15 y 1 y 20, según sea el caso, durante 5 años desde la fecha de este acuerdo judicial.

Compensaciones e indemnizaciones
Aparte de la restitución, Banco Consorcio indemnizará a los consumidores que se vieron perjudicados por estos cobros. Para ello:

Realizará el pago de los intereses a la tasa de su propio crédito. Dicho interés se les aplicará a la restitución de los intereses moratorios y los gastos de cobranza.

Indemnizará con 982,48 UF (cerca de 25 millones 400 mil pesos), a todos aquellos consumidores afectados, tanto por cobros de intereses moratorios como de gastos de cobranzas en un período de 5 años desde la fecha de esta resolución. Esta cifra será distribuida en partes iguales entre todos los afectados.

 

 

 

 

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