Energía

Coordinador Eléctrico recomienda a Pardow ajustes regulatorios para evitar potenciales conductas anticompetitivas al declarar costos del carbón

El organismo sugirió, entre otras medidas, "reducir eventuales espacios de discrecionalidad al momento de declarar el costo del carbón térmico y las mezclas que son utilizadas para la programación de la operación, y que impactan finalmente en los pagos laterales y determinación de costos marginales de energía".

Por: Karen Peña | Publicado: Viernes 26 de enero de 2024 a las 15:57 hrs.
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Foto: Julio Castro.
Foto: Julio Castro.

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Una nueva recomendación normativa instaló el Coordinador Eléctrico sobre la mesa del ministro de Energía, Diego Pardow, en medio de las inquietudes que surgieron el año pasado respecto a posible manipulación de precios del carbón.

En una carta enviada este jueves, el presidente del Consejo Directivo del organismo que supervisa la operación del sistema eléctrico, Juan Carlos Olmedo, concluye que "existe la necesidad de efectuar modificaciones regulatorias a fin de corregir y reducir ex ante los espacios de potencial ocurrencia de conductas anticompetitivas al momento de declarar los costos del carbón y sus mezclas".

En concreto, sugiere modificar la Norma Técnica de Coordinación y Operación del Sistema Eléctrico Nacional (NTCyO) para "reducir eventuales espacios de discrecionalidad al momento de declarar el costo del carbón térmico y las mezclas que son utilizadas para la programación de la operación, y que impactan finalmente en los pagos laterales y determinación de costos marginales de energía".

A modo de ejemplo, indica que éste puede ser calculado con el concepto de costo de reposición. Es decir, dice, "el costo de comprar carbón térmico en condiciones existentes en el mercado en cada momento; se puede establecer la obligación, por parte de la empresa coordinada, de justificar que la mezcla cumple no sólo con ser factible desde el punto de vista técnico y medioambiental, sino también, como una alternativa de menor costo para el sistema".

O, añade, "establecer alguna regla general sobre contabilidad de inventarios que no permita su modificación discrecional por parte de la empresa coordinada"

También, el organismo propone "modificar el esquema de valorización de costos variables respecto de aquellos costos con modalidad Cantidad Mínima Garantizada, habida cuenta de que este tipo de costos es de carácter fijo". De esta manera, explica que se hace prevalecer el principio de que sólo se reconocen los costos variables e incurridos dentro del proceso de declaración de los costos de combustible.

Y, además, sugiere "establecer un límite al reconocimiento de los costos de demurrage". Este último concepto apunta a cuando no se puede descargar el carbón, implicando que el costo sea asumido por el sistema eléctrico. La medida apunta a "evitar eventuales manipulaciones estratégicas que solo cumplan con el rol de mejorar la posición financiera de la empresa coordinada en desmedro de la operación a mínimo costo del sistema". 

Cabe recordar que en julio Enel Generación solicitó al Coordinador que realizara un análisis exhaustivo de las declaraciones de precios de carbón y mezclas de combustible durante 2023 de AES Andes, apuntando a una eventual manipulación de precios. Y si bien el organismo descartó "incongruencias", la firma italiana volvió a la carga por costos de la compañía producto el incendio  que afectó a Puerto Ventanas.

Meses después, Acciona Energía solicitó al Coordinador una revisión de las declaraciones realizadas por parte de la central termoeléctrica Santa María en comparación con las presentadas por otras empresas del sector.

Los argumentos del Coordinador

En la carta, que fue acompañada por un gráfico de precios de carbón declarados entre enero de 2020 y diciembre 2023, el organismo precisa que, en el desarrollo de los análisis de monitoreo de la competencia realizados el año pasado, recibieron una serie de antecedentes por parte de empresas y otros agentes de mercado en relación a cómo han evolucionado los costos de los combustibles declarados por las empresas que participan en el mercado eléctrico con centrales generadoras que utilizan carbón térmico, en comparación con los precios internacionales de este combustible.

En esa línea, la entidad afirma que se puede verificar que las centrales que utilizan como combustible el carbón térmico están resultando programadas y operadas de manera creciente para el abastecimiento de la demanda y el aporte de servicios complementarios o gestión de rampas. Por ejemplo, realizando control de tensión según los estándares establecidos en la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio.

"Esta condición particular de operación les otorga, lo que se ha denominado a nivel comparado, carácter de pivotal o esencial para el sistema eléctrico", sostiene.

Argumenta que, si bien la norma técnica aludida determina la forma de declarar las mezclas de combustibles y la información de respaldo que debe ser remitida al Coordinador, "tales normas sobre declaración de mezclas consideran sólo aspectos técnicos, como sería la adecuada operación de la central, cumplimiento de restricciones técnicas de la caldera y de emisiones, entre otros".

A lo que suma que la NTCyO indica que el Coordinador no podrá, en base a la información presentada en el Informe de Combustible enviado por la empresa coordinada, realizar cuestionamientos sobre los términos comerciales o contratos acordados entre el Coordinador y terceros.

Por esto advierte: "Las empresas poseen la libertad para utilizar cualquier sistema de inventarios que estimen pertinente, pudiendo modificarlo en cada declaración que lleven a cabo, siempre y cuando se respeten los costos históricos para  la valorización del carbón".

Esta libertad para modificar de forma discrecional el sistema de contabilidad de inventarios para la declaración de las mezclas, advirtió, "facilita el ejercicio de poder de mercado de parte de empresas pivotales, entregándoles una ventaja sobre el resto de los competidores".

Por otra parte, añade que se han observado distorsiones en algunas componentes del costo del carbón que la NTCyO permite incorporar, como ha ocurrido -dice- con los costos de demurrage asociados a ciertos embarques, que en ocasiones "han excedido con creces los valores generalmente observados para este concepto de costos". 

Pone como ejemplo que en el siniestro del Puerto de Ventanas, el demurrage alcanzó los 154 días, con valores de 67 USD/toneq, en tanto que en otra ocasión alcanzó 25 días y valores de 13 USD/toneq por cierre de puerto por condiciones metereológicas.

En cuanto a la verificación de Costos Variables en servicios informados con contratos con modalidad Cantidad Mínima Garantizada (CMG), la entidad observa, de las proyecciones realizadas para este año, que los costos de descarga en muelle aumentarían en centrales que tienen contratos con modalidad CMG.

"Lo anterior debe entenderse en un escenario de descarbonización en que estas centrales sigan operando en el sistema parte importante del tiempo en condición de mínimo técnico, por lo que esa operación sería remunerada como pagos laterales. Así, desde la óptica de competencia, se requiere un especial cuidado en sus declaraciones de costos de combustibles", alerta el organismo.

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