Turbus acude a Tribunal Constitucional para no perder contratos con el Estado
Empresa tiene un acuerdo con la española Alsa para competir en la licitación del Transantiago.
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La empresa Turbus, que opera la mayor flota de buses de Chile con más de 1.300 máquinas, interpuso un requerimiento de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional (TC) respecto de artículos del Código del Trabajo y de la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios con el Estado.
Esto debido a que la firma fue sancionada por prácticas antisindicales, lo que podría poner en riesgo los contratos que maneja con el Estado.
En su escrito, la empresa que lidera Jesús Diez González detalló que actualmente tiene un contrato para el transporte público de pasajeros desde y hacia el Aeropuerto Arturo Merino Benítez de Santiago, que supone la operación de 16 buses.
No obstante, la compañía busca participar en la próxima licitación del Transantiago, para los contratos que deben regir a partir de los últimos meses de 2018.
La operadora tiene un acuerdo con la española Alsa, la principal operadora de transporte de pasajeros por carretera el país ibérico.
En su presentación al TC, la que ya fue acogida, Turbus detalló que el 4 de mayo de 2017, el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió una denuncia por práctica antisindical interpuesta por uno de sus sindicatos, que recurrió a la Corte de Apelaciones sin éxito.
La defensa de la compañía precisó que actualmente existe una gestión pendiente de resolución por la Corte Suprema.
Pese a esto, afirmó la empresa, el artículo 294 bis del Código del Trabajo ordena que la sentencia sea registrada y publicada, con lo cual entra a operar la inhabilitación para sellar contratos con el Estado.
“La norma impugnada establece una sanción de plano, que no se aplica por medio de una sentencia o resolución administrativa que sea susceptible de impugnación”, dijo la empresa en su escrito.
“El sistema establecido por el legislador, que impone de forma obligatoria y sin matices la sanción de inhabilitación para contratar con la administración, impide además de manera absoluta la revisión de la sanción”, añadió. Junto a esto dijeron que la aplicación de la norma impugnada producirá un efecto contrario a la Constitución, pues –dijo- impone una sanción “desproporcionada”.
“La grave entidad de la sanción que se impone es apta para provocar un alto impacto económico y logístico en la empresa, con importantes repercusiones en su capacidad de funcionamiento y, por consiguiente, en la posibilidad de mantención de sus operaciones”, señaló la empresa.
Añadió que de aplicarse la norma impugnada, el detrimento patrimonial que sufrirá la operadora de transporte de pasajeros será de más de 400 veces el monto de la multa impuesta.