Christian Viera comisión sistemas de justicia: “La nueva Constitución podría establecer mecanismos para que los derechos sean efectivamente garantizados”
Convencional es partidario de la autonomía del BC, pero también de establecer un control político vía acusaciones constitucionales a sus integrantes.
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El abogado y actual profesor de Derecho de la Universidad de Valparaíso, Christian Viera, es uno de los dos coordinadores de la comisión de Sistemas de Justicia de la Convención Constitucional, labor que desarrollará junto a Vanessa Hoppe.
Autor de libros como Libre Iniciativa Económica y Estado Social (2013) y Elementos de Teoría e Interpretación Constitucional para el Proceso Constituyente (2017) -junto a Jaime Bassa-, aquí adelanta algunas de sus definiciones de cara al inicio del trabajo de contenido de la nueva Constitución.
- ¿Cómo analiza la posibilidad de cambios al sistema de justicia en Chile?
- Es necesario realizar una profunda modernización y tengo la impresión que en el gobierno judicial va a haber un cambio significativo. ¿Qué significa esto? Esto no tiene que ver con la independencia del órgano judicial, sino que es relativo a una función que tiene la Corte Suprema, que se llama la superintendencia directiva correccional y económica, que genera una estructura para el órgano muy vertical y tengo la impresión que se va a avanzar hacia una profundización de la independencia no solamente externa, sino que también interna en los órganos jurisdiccionales; eso es un cambio muy significativo.
- ¿El rol del Ministerio Público, cree que es perfectible?
- A nivel del Ministerio Público, creo por cierto que ha de ser autónomo, porque es una garantía democrática. Esto quiere decir que -siendo órganos del Estado- no dependen de los gobiernos de turno, sino que son patrimonio del Estado, independiente de la política contingente. Tengo la impresión de que esa autonomía no está en cuestión. Lo que sí se advierte son algunas dificultades respecto de la perspectiva del nombramientos de sus integrantes, principalmente en las fiscalías regionales, puede ser que ahí haya un cambio.
- Respecto a la nueva Constitución, ¿cómo manejar la expectativa ciudadana en que sus derechos serán debidamente garantizados?
- Con responsabilidad y siendo claros en cómo ha de producirse esta garantía. Los derechos uno podría decir que estaban en la Constitución, pero ese señalamiento era meramente nominal, porque no existían las garantías para exigir su cumplimiento.
En ese sentido, la nueva Constitución no solamente podría señalar derechos, sino que establecer los mecanismos para que estos sean efectivamente garantizados.
Desde la nueva Constitución puede surgir un marco para la protección de los derechos y que sea sistémico. Que no es solo identificación de garantías, sino que supone exigencias de responsabilidad al legislador y al poder administrativo.
Creo que ese diseño debe ser más bien sobrio, porque lo diseñarán las leyes y potestades reglamentarias futuras, pero tiene que ser empujado desde una nueva Constitución.
Estado de derechos
- ¿Cuál es su parecer sobre el modelo económico de Chile con 30 años de apertura comercial frente a quienes piden modificarlo?
- Son los temas que he trabajado académicamente, he identificado que el modelo de desarrollo en Chile se funda en una determinada fórmula política, que aunque no está explícitamente en la Constitución, tiene su despliegue táctico en un Estado subsidiario, la abstención del Estado como agente económico y el despliegue de la libre iniciativa económica en todos los espacios de nuestra convivencia.
He defendido una nueva fórmula política, que es el Estado social y democrático de derechos, que lo que tiene como particular es que no es hostil a una economía de mercado, tampoco a la libre iniciativa privada, pero desde la perspectiva de los derechos sociales -que no son solo salud, pensiones, vivienda y agua-, supone una desmercantilización de ellos, cosa que no ocurre en la actualidad en nuestro país.
- En cuanto a la autonomía de algunos organismos como el Banco Central y la Contraloría, ¿han funcionado bien o es necesario algunos ajustes?
- No todos los órganos del Estado deben estar regulados en la Constitución, porque las autonomías -que son garantías democráticas- pueden ser constitucionales o legales. Me inclino porque sean pocos los órganos que tengan reconocimiento de su autonomía en la Constitución. Dicho eso, tratándose del Banco Central -que es un órgano con autonomía constitucional-, he defendido su autonomía como una garantía democrática, toda vez que junto a Contraloría y Ministerio Público no pueden depender de los gobiernos de turno ni de la política contingente.
Sin embargo, el problema para el Banco Central se produce -al igual que para el Tribunal Constitucional-, en que no hay mecanismos efectivos de control político. No tengo inconvenientes en mantener su autonomía, pero con control político que identifico con la acusación constitucional, porque cuando los órganos no tienen control pueden actuar impunemente y, cuando ocurre eso, pueden ser muy irresponsables en su actuar institucional. Eso es una anomalía y, en el caso del TC, eso es una de las razones que ha llevado a su enorme desprestigio institucional.