Laboral & Personas

Mascarillas y aforos en las empresas: Suseso emite pronunciamiento y flexibiliza protocolos

El nuevo protocolo elaborado por la entidad recomienda como medida de prevención mantener un distanciamiento de al menos un metro entre los puestos de trabajo. Sin embargo, establece que “no se dispondrá de aforos específicos” en las dependencias de las empresas.

Por: Carolina León | Publicado: Viernes 30 de septiembre de 2022 a las 15:08 hrs.
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Hace unos días, el Ministerio de Salud informó que desde este 1 de octubre comenzará a regir el escenario de apertura del Plan Seguimos Cuidándonos, el que reduce o elimina varias de las medidas de prevención existentes a la fecha.

Esto significa que desde este sábado, el uso de mascarillas dejará de ser obligatorio y se ajustará a lo recomendado desde el punto de vista sanitario y consistente con el alto nivel de vacunación de la población

Así, a modo de ejemplo, se recomienda que mantengan su uso las personas con síntomas respiratorios, en lugares de alta aglomeración, en visitas a centros de larga estadía y en los medios de transportes colectivos públicos o privados.

El uso obligatorio, en tanto, se mantendrá para consultantes de establecimientos de salud de cualquier tipo. 

Respecto al pase de movilidad, se informó también que se descontinuará la exigencia de este documento, ello en concordancia con la incorporación de la nueva vacuna y las altas tasas de vacunación logradas, además de otras medidas.

Sin embargo, estos nuevos niveles de flexibilidad no eran aplicables al mundo laboral, ya que a la fecha sigue vigente la Ley 21.342 que establece el “Protocolo de seguridad sanitaria laboral para el retorno gradual y seguro al trabajo en el marco de la alerta sanitaria decretada con ocasión de la enfermedad de Covid-19”, que deben mantener las empresas que realizan actividades de forma presencial.

Dicha ley, en su primer artículo, indica que es aplicable durante el tiempo en que esté vigente la alerta sanitaria, la cual se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre.

Esto implica que las empresas debían seguir aplicando las medidas como: el testeo diario de la temperatura, medidas de distanciamiento físico seguro, sanitización periódicas de las áreas de trabajo, uso obligatorio de mascarillas, definición y control de aforo, entre otras.

Sin embargo, la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) se dio cuenta de esta contradicción, y emitió un pronunciamiento adecuando las exigencias.

Nuevo protocolo

En la circular n°3.697 publicada el día de hoy, la entidad señaló que considerando el anuncio realizado por el Ministerio de Salud “se ha estimado pertinente sustituir el protocolo tipo contenido en el anexo N°1 de la circular N°3.597, de 2 de junio de 2021, e impartir instrucciones a los organismos administradores del Seguro de la Ley N°16.744”.

Como primer punto, el pronunciamiento establece que dentro de los 3 días siguientes al 1 de octubre, los organismos administradores del seguro de la Ley N°16.744 deberán comunicar a las entidades empleadoras que el protocolo tipo ha sido actualizado considerando las medidas dispuestas por la autoridad sanitaria, atendida la evolución de la situación sanitaria nacional.

En dicha comunicación deberán indicar a las entidades empleadoras que deberán ajustar su Protocolo de Seguridad Sanitaria Laboral COVID-19, en base al nuevo protocolo tipo.

En el detalle, el nuevo Protocolo De Seguridad Sanitaria Laboral Covid-19 -vigente a partir del 1 de octubre de 2022-, establece que las empresas pondrán a disposición mascarillas  para los trabajadores “que deseen utilizarlas”, ya sea de tipo quirúrgica, médicas o de procedimiento o de tres pliegues, N95, KN95 o similar.

Respecto a los aforos, el nuevo protocolo recomienda como medida de prevención mantener un distanciamiento de al menos un metro entre los puestos de trabajo. Sin embargo, establece que “no se dispondrá de aforos específicos” en las dependencias.

Respecto al testeo de temperatura, el documento dice que “se mantendrán disponibles dispositivos para el testeo diario de la temperatura para el personal, clientes y demás personas que ingresen a sus dependencias”.

El nuevo documento, además, señala que la entidad empleadora se preocupará de mantener un stock adecuado de alcohol gel o una solución de alcohol al 70% con registro sanitario del Instituto de Salud Pública, considerando el número de trabajadores y consumo diario, entre otras recomendaciones.

El subgerente de prevención de la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), Jaime Droguett, explica que tal como ha indicado la autoridad, la realidad sanitaria del país "permite que ciertas flexibilizaciones anunciadas para la vida cotidiana también se puedan aplicar en el mundo laboral. Como asociación Chilena de Seguridad estamos colaborando en la difusión de estos contenidos para apoyar a los trabajadores y sus familias en esta nueva etapa que se avecina”. 

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