Coordinador Eléctrico rechaza que empresa renovable en insolvencia arriende activos
Esto, porque la firma está suspendida en el mercado de corto plazo. Para gestionar esta solicitud, dice, debe pagar las deudas y actualizar la boleta de garantía.
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Un golpe de timón clave materializó el Coordinador Eléctrico respecto al nuevo capítulo que escribió hace unos días Ibereólica Cabo Leones II (ICLII), una de las firmas renovables que declaró insolvencia y que sorprendió con el arriendo de sus activos, desatando el debate en la industria.
Según misivas emanadas la tarde de este lunes, a la que tuvo acceso DF, el organismo decidió en definitiva rechazar la petición de Ibereólica Cabo Leones II. Esto, porque la empresa está suspendida en el mercado de corto plazo, por lo que para poder gestionar la solicitud debe pagar todas las deudas y actualizar la boleta de garantía para reingresar al mercado en cuestión.
“No es posible tramitar su solicitud en atención a que se requieren los antecedentes que den cuenta que tanto la sociedad reemplazada (saliente), como la sociedad reemplazante (entrante) se encuentran habilitadas para participar en el mercado de corto plazo”, dice un extracto de la carta dirigida a ICLII y Enerbosch.
Cabe recordar que Ibereólica Cabo Leones II (y GPG Solar Chile 2017 SpA, informaron al Coordinador que el lunes pasado arrendaron por dos años sus activos a Enerbosch. En el primer caso, el reemplazo será respecto al parque eólico Cabo Leones II en el marco del contrato de arrendamiento firmado el 7 de noviembre entre ICLII (como arrendador) y Enerbosch (como arrendatario). Mientras, en el segundo caso, Enerbosch lo reemplazará como coordinado del parque fotovoltaico San Pedro.
La alerta de Acciona
La polémica por el arriendo de los activos a un tercero ya había levantado la alerta en la industria. Dos días después, de hecho, Acciona envió una carta al director ejecutivo del Coordinador Eléctrico, Ernesto Huber, donde pide rechazar las solicitudes.
¿La razón? Según indica, desde el 8 de octubre esta se encuentra suspendida para participar en el mercado de corto plazo y, por lo tanto, “entendemos que Ibereólica Cabo Leones II por medio de la figura del reemplazo, pretendería evadir las consecuencias económicas de su exclusión de dicho mercado y en general, de todas sus responsabilidades y obligaciones actuales o futuras, como coordinado y como propietario parcial o total del parque eólico Cabo Leones II y el parque fotovoltaico San Pedro”.
A lo que suma que Ibereólica Cabo Leones II respaldó sus contratos en la licitación 2015/01 con la generación producida por el Parque Eólico Cabo Leones II y el Parque fotovoltaico San Pedro, agregando que “de acogerse la solicitud de reemplazo presentada por Ibereólica Cabo Leones II los contratos con los concesionarios de distribución derechamente no podrán ser cumplidos por Ibereólica Cabo Leones II, pudiendo activar en consecuencia la terminación anticipada de los mismos”.
“Atendidas las eventuales afectaciones a otros agentes del mercado eléctrico que podría generar la aprobación de los reemplazos solicitados (...) tanto en el mercado de corto plazo como respecto de todos los generadores que tenemos contratos de suministro con los concesionarios de distribución y que tendremos que asumir los mayores costos de suministro de energía derivados del incumplimiento contractual de Ibereólica Cabo Leones II, lo cual además, podría poner en riesgo el debido cumplimiento de la cadena de pagos”, sentencia Acciona.