Construcción

Inmobiliaria dueña de cementerio en picada contra el MOP por trazado de teleférico a Ciudad Empresarial

“¿Es posible pretender que este transporte público aéreo cruce por medio del cementerio, en una altura de tan sólo 22 metros y no afecte la privacidad? ¿Es justo que el cementerio ahora pase a ser un lugar visible para extraños?”, dijo la firma dueña de camposanto en Huechuraba.

Por: J. Troncoso Ostornol | Publicado: Lunes 29 de julio de 2024 a las 08:30 hrs.
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Una inédita arremetida inició la inmobiliaria dueña del Cementerio Parque Santiago, en Huechuraba, en contra del Ministerio de Obras Públicas.

La empresa cuestionó el trazado del Teleférico Bicentenario de Santiago, que conectará Providencia con Ciudad Empresarial, por lo que solicitó modificarlo. A su juicio, el recorrido planteado por la autoridad atenta contra los derechos de propiedad y privacidad del camposanto ubicado en Rinconada El Salto 0516.

“¿Es posible pretender que este transporte público aéreo cruce por medio del cementerio, en una altura de tan sólo 22 metros y no afecte la privacidad? ¿Es justo que el cementerio ahora pase a ser un lugar visible para extraños?”, dijo a la justicia Samuel Donoso, abogado de la Inmobiliaria Parque La Florida (IPLF), dueña del inmueble en Huechuraba.

“El acto arbitrario e ilegal, dispone que una de las estaciones de este proyecto se desplace dentro del cementerio de mis representadas”.

La inmobiliaria -propiedad del Fondo Fundación, administrado por Capital Advisors, que maneja seis cementerios parque- presentó un recurso de protección a fines de junio, en que solicitó a la Corte de Apelaciones de Santiago ordenar al MOP que cambie el trazado de las vías aéreas del teleférico, para que así, sostuvo, “no atraviese el Cementerio Parque Santiago." En definitiva, pidió que se modifique el recorrido de la obra “en las bases de los contratos, en los planos y en todos los actos administrativos, contratos y cualquier otro acto jurídico que corresponda”.

El 20 de diciembre del año pasado, el Presidente Gabriel Boric encabezó el inició de la construcción del teleférico, el cual unirá Providencia con Huechuraba en aproximadamente 13 minutos con una inversión de US$ 80 millones: tendrá una extensión de 3,4 kilómetros y tres estaciones: Nueva Tobalaba, Parque Metropolitano y Ciudad Empresarial.

“Hoy damos inicio a las obras y proyectamos que el Teleférico Bicentenario estará funcionando en 2026. Vamos a hacer todos los esfuerzos para que así sea; estamos conversando con la empresa, con los trabajadores, para cumplir con los plazos y ojalá, si es que es posible, adelantarlos”, dijo el Presidente Boric aquella ocasión.

A cargo de la obra está el Consorcio Teleférico Bicentenario, conformado por Icafal Inversiones, Ciudad Empresarial y Doppelmayr Chile Holding.

Los reclamos

En primera instancia, el tribunal de alzada declaró inadmisible el recurso de protección presentado por la inmobiliaria, pero, el pasado 25 de julio, la Corte Suprema revocó el fallo y lo declaró admisible. “En el libelo interpuesto se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República”, señaló el máximo tribunal del país.

De esta manera, la Corte de Apelaciones de Santiago deberá ver la causa, en la que la inmobiliaria dueña del camposanto acusó al MOP de ejecutar actos ilegales y arbitrarios relacionados con los derechos de propiedad y privacidad.

“Dicho cementerio es privado y de propiedad de Inmobiliaria Parque La Florida y de una serie de propietarios, específicamente 34.101 dueños de sepulturas a interior del Cementerio Parque. El acto arbitrario e ilegal, dispone que una de las estaciones de este proyecto se desplace dentro del cementerio de mis representadas, sin que a la fecha estas hayan sido notificado sobre alguna resolución, acto administrativo, decreto, u oficio, en que autorice que se disponga del inmueble para ejecutar el proyecto, en los términos expuestos en la licitación”, dijo la empresa en su recurso.

Planteó, además, que el teleférico es un proyecto que promete ser un medio de transporte masivo, en que transiten 3.000 pasajeros por horas y el doble en periodos puntas. “En un futuro cercano, ello significa, que esa misma cantidad de pasajeros transitará dentro del cementerio, pese a ser propiedad privada, y que los únicos que tienen derecho a transitar, son los que trabajan en IPLF, los dueños de sepulturas, sus familiares y visitas, por adquirir un derecho de propiedad, y de uso y goce de las dependencias de Cementerio Parque Santiago”, señaló el abogado Samuel Donoso, quien añadió: “El prestigio de mi representada y la tranquilidad de sus clientes es posible que se vea arruinada por un hecho que escapa a la voluntad de mi representada, y que es la construcción del teleférico”.

En su escrito, explicó que el representante de la inmobiliaria, Rodolfo Vargas, consultó por transparencia a la Dirección General de Concesiones del Ministerio de Obras Pública -el 6 de mayo de este año- ciertos antecedentes e información en relación al proyecto, como las bases de licitación, fichas de la obra, contrato de adjudicación, planos, entre otras materias.

“Dicha consulta SIAC (Sistema Integral de Atención Ciudadana) fue contestada con fecha 04 de junio de 2024, en que se acompañaron los documentos solicitados, menos los planos, ya que, estarían en proceso de aprobación. A través de esta respuesta, la inmobiliaria tomó conocimiento que el Teleférico Bicentenario, que promete ser un medio de transporte masivo, se emplazaría por Cementerio Parque Santiago”, dijo el abogado, quien acusó al MOP de “un actuar arbitrario, caprichoso, inmotivado, e ilegal, en que a través de unas Bases de Licitación se autorizó emplazar un proyecto de transporte público atravesando el inmueble de propiedad del Cementerio Parque Santiago, sin notificarlos, ni informarles de esta circunstancias”.

Frente a esto, sostuvo que el MOP “no tiene la facultad de disponer, apropiarse o expropiar terrenos”, sin previamente seguir los procedimientos establecidos en la ley, o en caso de concesiones que requieran la constitución de servidumbres, donde -destacó- se establecen procedimientos específicos.

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