Claudio Agostini es académico de la Universidad Adolfo Ibáñez y pese a no tener la presencia mediática en la discusión de la reforma tributaria como otros economistas, es uno de las personas que más sabe de impuestos en Chile. Es más, participó en el capítulo 4 “Una reforma eficiente y equitativa para Chile” de la propuesta tributaria que en 2012 presentó CEP-Cieplan. Desde su experiencia analizó los principales puntos de las indicaciones de la reforma tributaria.
- En líneas generales ¿cómo evalúa el traspaso del protocolo de acuerdo a indicaciones?
- Debido a todos los problemas que tenía el protocolo de acuerdo, las indicaciones avanzan en cerrar ciertos potenciales de espacios de elusión. Es mejor que el protocolo, pero si uno hace una analogía para tratar de entender cómo operará en la práctica, podemos decir que el protocolo estableció una serie de vacíos u hoyos, que ahora -con las indicaciones- se trata de tapar. Si bien es mejor que lo que había en el protocolo, sigue teniendo problemas.
- ¿Las indicaciones representam un pequeño avance para terminar con la elusión?
- Hay atribuciones interesantes para el Servicio de Impuestos Internos (SII), como la mejor información que tendrá, a pesar que no podrá fiscalizarla. Y hay algunas limitaciones a la reinversión que ayudan a que los forados de elusión no sean tan grandes, pero los problemas de base siguen estando.
- ¿Sigue pensando que esta nueva estructura tributaria es más compleja?
- El hecho de contar con dos sistemas ya es un problema. Además, el tener un régimen especial para las pymes, que genera espacios para eludir el pago de impuestos complejiza el sistema tributario. También en el protocolo de acuerdo, que se tradujo en las indicaciones, muchas de estas cosas se agrandaron, ya que los límites de venta para pymes son mayores, por lo que la cantidad de empresas que van a tributar como si fueran pymes son muchas; aquí una parte muy importante va a tributar como pymes, sin serlo.
- ¿Le parecen adecuados los controles que se establecen para la reinversión?
- El proyecto presenta un pequeño avance en los límites que se establece para la reinversión de utilidades en el exterior, ya que en lo concreto obliga a informar dónde se reinvierten esos recursos. El SII sabrá dónde se reinvirtió en el exterior, pero no podrá fiscalizar. Por ejemplo, el contribuyente podrá informar y decir que está invirtiendo en Brasil, pero después esa sociedad que está en Brasil, puede invertir todos esos recursos en otra sociedad que tiene en las Islas Caimán y ahí el SII sólo sabe que se invirtió en una sociedad en Brasil, pero no puede hacer el seguimiento.
Es un avance, pero limitado a lo que hacen otros países desarrollados. Por ejemplo, en países como EEUU, Australia, Finlandia y Nueva Zelandia todos tienen una norma que obliga a tributar cuando retiran los recursos hacia afuera dependiendo del tipo de inversiones. Otros también ponen restricciones si es que consideran que la reinversión se realizará en países que califican como paraísos fiscales, por lo que se cobran todos los impuestos antes de sacar esos recursos, esas normas existen en otros países.
- El gobierno apunta a la norma anti elusión como el principal mecanismo para cerrar los forados y controlar donde se reinvierten las utilidades.
- La norma anti elusión me parece correcta y avanza en el sentido que tienen los países desarrollados. Es razonable que no se permita devolver impuestos por las pérdidas, que no se permitan realizar retiros en exceso y que se cierre la venta de 20 días que permitía reinvertir utilidades sin ningún pago de impuestos. Sin embargo, el crear dos sistemas a la renta -más régimen especiales para las pymes- abre más espacio para la elusión y es más complejo fiscalizar más allá que tenga la norma anti elusión. Este sistema es más caro de administrar y más caro de fiscalizar.
El peso de la renta presunta
- La renta presunta sigue y los límites para mantenerse bajo este concepto son más altos que en el proyecto original.
- No cabe duda que los límites son mucho más altos que en el proyecto de ley que salió de la Cámara. Las declaraciones del ministro de Hacienda reflejan que no se reduce en nada, es más, el mismo ministro dice que el 95% de las empresas que están en renta presunta seguirán estando; con lo que se está reconociendo que se mantiene igual. Además, se permite a las sociedades por acciones acceder a renta presunta. Entonces, para efectos prácticos, tampoco se disminuye.
- En otros países, ¿cómo funciona la renta presunta?
- En la mayoría de los países se ha ido derogando, es un mecanismo que sólo va quedando en países subdesarrollados.
- ¿Le parece atractiva la propuesta del gobierno para el retiro del FUT histórico?
- Es de una ingenuidad increíble que se piense que se vaya a recaudar recursos con el retiro del FUT histórico a una tasa especial. Esos recursos no están, ya salieron del país y se gastó o volvió como inversión extranjera, entonces aunque le dé una tasa especial no van a tributar, más allá de la tasa que le pongan. Además, una buena parte del FUT no existe y sólo está en un registro.