Quién ganó, quién perdió y lo que vendrá: las lecturas iniciales del fallo en el Ciadi por la megalínea Cardones-Polpaico
El laudo -que no fue unánime al tener una disidencia parcial de uno de los árbitros- no dejó un ganador único. ISA y el Estado evalúan una eventual presentación de un recurso de nulidad.
Por: Karen Peña | Publicado: Miércoles 18 de diciembre de 2024 a las 04:00 hrs.
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Foto: Agencia Uno
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En un fallo de más de 400 páginas se zanjó el conflicto que en 2021 inició Interchile, filial de la colombiana ISA, contra el Estado de Chile en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (Ciadi) por los retrasos en la entrada en operación de la megalínea Cardones-Polpaico.
El Tribunal resolvió que el Estado chileno debe restituir US$ 21,5 millones a ISA y concluyó que hubo algunas violaciones al Acuerdo de Libre Comercio Chile-Colombia por parte de Chile. Pero no estableció un único ganador, dejando varias lecturas posibles.
Uno de los aspectos que saltan en el análisis es que el laudo no fue unánime, ya que tuvo una disidencia parcial del árbitro Luis González García, quien fue designado por la demandada. Pero también llamó la atención el hecho de que, pese a ser condenado el Estado, se ordenó a los demandantes a pagar el 80% de sus costas a Chile.
“Este fallo deja un precedente importante, ya que recalca la responsabilidad compartida entre el sector público y privado en la ejecución de proyectos estratégicos”, dijo Ana Lía Rojas, de Acera.
El lunes, al conocerse el resultado, desde Cancillería valoraron que el Ciadi acogió gran parte de los argumentos de Chile al ordenar pagar solo US$ 16 millones de los US$ 235 millones solicitados por los demandantes (no están considerados los intereses), es decir, cerca del 6% de lo reclamado. Este martes no hubo declaraciones adicionales aunque se leería internamente en el Estado de forma positiva lo resuelto, ya que sólo se apuntó a la falta de auxilio de la fuerza pública por los conflictos en la zona de La Dormida.
ISA, en tanto, reiteró este martes lo informado al regulador colombiano, aunque dijo esperar “que la dificultad de avanzar en proyectos de inversión debido a la tramitación de permisos y su impacto en el crecimiento económico del país -ya reconocida por todos los actores y el propio Estado- sea abordada por los proyectos de ley actualmente en tramitación en el Congreso, estableciendo plazos y objetivos claros que permitan agilizar los procesos”.
Para los expertos, hay dos fórmulas para analizar la decisión. Desde el punto de vista del Estado, se puede leer como un triunfo porque se le obliga a pagar un monto bastante menor a lo solicitado.Y, desde la vereda del inversionista, pese a que no logró su cometido totalmente en lo económico, finalmente consiguió que Chile fuese condenado.
A la espera de conocer el detalle del laudo, de forma preliminar, Felipe de Marinis, director de la oficina Pellegrini & Rencoret, comentó que formalmente el resultado es que el Estado fue condenado, pero se ordena indemnizar un monto bastante menor al que demandó el inversionista. “Ahí habrá que ver el texto del fallo para saber qué daño fue el que se dio o cómo se hicieron los cálculos”, advirtió.
Agregó que “esta es la segunda vez que se condena a Chile a un pago de indemnización (la primera fue el caso MTD) y más allá de que el monto concedido es menor a lo demandado, de todas formas se determinó que el Estado había incumplido sus obligaciones bajo el tratado internacional respectivo, y eso no es una buena señal”. Y agrega que, preliminarmente “pareciera que este caso debiera haberse solucionado antes mediante negociación, ya que el Estado habría evitado una sentencia desfavorable y el inversionista se habría ahorrado tiempo y dinero para obtener una compensación, al menos en parte, respecto de lo que estaba reclamando.”
Recurso de nulidad
Resta conocer si las partes apostarán por un recurso de nulidad, el que pueden presentar dentro de 120 días a contar de la emisión del laudo que fue el 13 de diciembre. Las opiniones son divididas entre los expertos sobre la factibilidad de ese camino, pero coincidieron en que estos recursos son muy estrictos, por lo que es complejo que prosperen.
Conocedores del caso indicaron que en el Estado estaría en plena evaluación de todos los escenarios. Mientras, en cuanto a la empresa, habría alta probabilidad que se decidiera acatar lo resuelto.
Ricardo Vásquez, socio de Vásquez Urra Abogados, sostuvo que “la probabilidad de que ISA recurra de nulidad existe, es bastante alta y la probabilidad de que el Estado también recurra a nulidad también es alta. La pregunta es si recurrirá de nulidad parcial o total”.Y advirtió que, más allá del resultado del laudo, lo interesante es la manera en que este fallo, si es que no se llega a la nulidad, se pudiera implementar.
Desde la industria, la directora ejecutiva de Acera, Ana Lía Rojas, destacó que, si bien la indemnización otorgada a ISA Interchile, de US$ 21,5 millones, es significativamente menor en comparación con la multa de US$ 80 millones aplicada por el Estado debido al retraso en la entrada en operación de la línea, el fallo “tiene un valor de fondo muy relevante”.
“Este fallo deja un precedente importante para la industria y las autoridades, ya que recalca la responsabilidad compartida entre el sector público y privado en la ejecución de proyectos estratégicos. Reconoce que la inversión privada no puede ser la única responsable de gestionar contingencias que exceden su control, como problemas de seguridad o procesos administrativos deficientes”, aseguró.