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Ley de Etiquetado: Justicia rechaza demanda de gigante Pepsico contra el Fisco

Principal fabricante de alimentos de EEUU había acusado una vulneración al derecho de propiedad y una interpretación ilegal de la normativa respecto a una resolución de la Seremi de Salud.

Por: Por J. Troncoso Ostornol | Publicado: Jueves 31 de mayo de 2018 a las 13:48 hrs.
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La justicia rechazó en primera instancia la demanda que presentó Evercrisp Chile, filial de la gigante estadounidense Pepsico, en contra del Fisco chileno, en la que buscaba anular una resolución de la Seremi de Salud que le prohibió usar en los envases de sus productos "Cheetos" y "Gatolate" las figuras decorativas de un chita y un gato, respectivamente, porque contravienen la Ley de Etiquetado de los Alimentos.

El principal fabricante de alimentos de EEUU había acusado una vulneración al derecho de propiedad y una interpretación ilegal de la normativa, pues sostiene que la marca utilizada en el empaque cumple una función básica: distinguir dicho producto de sus competidores en el mercado "y ese uso no es publicitario".

"A lo largo del juicio, no se proporcionó evidencia de que la falta de inserción de las figuras animadas de sus productos Cheetos y Gatolate se haya traducido o pudiere traducirse en una imposibilidad cabal para la reclamante de distinguir tales productos de su competencia en el mercado del snack", dice el fallo de la jueza titular del 2º Juzgado Civil de Santiago, Inelie Durán, quien condenó en costas a la multinacional.

Según la jueza, la prohibición de publicidad de alimentos "altos en" dirigida a menores de 14 años de edad deriva de cuerpos normativos con jerarquía de ley, que tienen un alcance general "del que ninguna persona o empresa puede unilateralmente sustraerse", dijo, y agregó que tampoco existe evidencia sobre "una privación ilegítima por el ente administrativo del derecho de propiedad" constitucionalmente garantizado. Sostuvo que "apenas" hay una limitación por medio de reglas y prohibiciones de jerarquía legal y que, "conforme al propósito intrínseco de la normativa aplicada, se inspiran en el interés de la salud pública".

"Los productos de la reclamante Cheetos y Gatolate (...) constituyen una forma de atracción comercial dirigida principalmente a un público infantil; necesariamente habrá de concluirse que constituyen publicidad y, con ello, la existencia de una infracción u omisión de cumplimiento a las normas jurídicas apuntadas", sostuvo la jueza.

Como parte de la fiscalización de la nueva ley de etiquetado, que rige desde junio de 2016 y restringe la publicidad de alimentos altos en azúcares y sodio dirigida a los menores de 14 años, la Seremi de Salud abrió un sumario sanitario contra Everscrip Chile y dictó sentencia en abril del año pasado, que fue la acción que la multinacional buscaba revertir.

Hasta el cierre de esta edición, la empresa no se refería a la resolución judicial, y si eventualmente recurrirá a la Corte de Apelaciones.

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