Los ejes del proyecto de nuevo Código Penal: suma penas más efectivas y crea nuevo catálogo de delitos
Hostigamiento, extorsión, utilización indebida de subvenciones públicas, publicidad falsa o engañosa grave, el atentado contra la seguridad en el trabajo; y ciberdelincuencia, entre el nuevo catálogo de delitos.
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El Presidente de la República, Sebastián Piñera, junto al ministro de Justicia, Hernán Larraín, presentaron hoy el proyecto que crea un Nuevo Código Penal el cual fija penas más efectivas y establece una serie de cambios al texto vigente desde 1874 y que se ha pretendido modificar en diversas oportunidades, pero ningún intento ha tenido éxito en el parlamento.
En lo medular el proyecto incorpora nuevos delitos, entre los que se enumeran los siguientes:
-El "hostigamiento", es decir el acoso que sufre una persona, sea presencialmente o bien por medios digitales (redes sociales).
-El "daño ambiental" y la "afectación de áreas protegidas" en materia medioambiental.
-La "utilización indebida de subvenciones públicas", castigando el uso indebido de beneficios económicos que otorga el Estado para el desarrollo de planes y programas.
-La "publicidad falsa o engañosa grave", protegiendo a los consumidores ante declaraciones falsas de productos o servicios que pudieren afectar la salud o seguridad de la población o el medio ambiente.
-La "Ciberdelincuencia", mejorando y perfeccionando la tipificación de los delitos informáticos.
-El "Atentado contra la seguridad en el trabajo", para los casos en que el empleador, con infracción de sus deberes, exponga a sus trabajadores a condiciones de trabajo idóneas para afectar su salud (como ejemplo, está el caso de la Mina San José donde quedaron atrapados 33 mineros hace algunos años).
Establece Penas transparentes para la ciudadanía
Cabe señalar que el Nuevo Código Penal establece al menos 30 delitos respecto de los cuales la única sanción posible es la pena de prisión, evitando que otras leyes modifiquen esta sanción y la sustituyan por un beneficio que permita cumplir la pena en libertad como sucede hoy.
Ya no se habla de presidios mayores o menores, o de grados mínimos, medios o máximos, sino que se establecen penas en concreto de años determinados. Así por ejemplo, se sanciona el homicidio simple con una pena de 10 a 20 años de cárcel.
Crea un sistema de penas efectivas
El Nuevo Código Penal, en comparación con el actualmente vigente, establece penas efectivas más elevadas, agravando las consecuencias de delinquir. Por ejemplo, se establece así en el nuevo Código el delito de "evasión tributaria", cuya pena señalada por la ley es de "libertad restringida, reclusión o prisión de 1 a 3 años". Tratándose de este delito, cuando el monto de lo evadido fuera superior a 500 UF ($14.500.000 app.), concurre una "agravante muy calificada", lo que obliga al tribunal a imponer la pena más grave de las tres posibles, en este caso "prisión de 1 a 3 años", la que no es susceptible de ningún sistema de sustitución. Y esa pena al menos será cárcel efectiva de 18 meses. Recordemos que el sistema actual en el ejemplo llegaba a imponer una pena de 1 año en libertad.
Además de establecer nuevas penas y asegurando su cumplimiento efectivo, el nuevo Código contempla otras medidas que pueden imponer los tribunales: las consecuencias adicionales del delito.
Responsabilidad penal de las personas jurídicas
El Nuevo Código también amplía el umbral de personas jurídicas responsables penalmente. Además de empresas públicas y privadas, corporaciones y fundaciones, como sucede actualmente, se agregan las sociedades (Por ejemplo: Correos de Chile, TVN, EFE, Metro, Codelco, Zona Franca, Casa de Moneda) y universidades del Estado, las personas jurídicas religiosas de derecho público y los partidos políticos.
Se amplían también los delitos por los cuales puede ser condenada penalmente una persona jurídica. Con el nuevo Código, se puede responder por cualquier delito si era previsible el riesgo que se cometiera y no implementó medidas para evitar su comisión. Con esto se busca que cada empresa se haga cargo de los propios riesgos que genera su desempeño ordinario en la economía.
Por ejemplo, una empresa de contabilidad deberá tener controles rigurosos para evitar delitos tributarios, mientras una empresa minera deberá contar con un sistema robusto para prevenir los atentados contra el medio ambiente y la seguridad de los trabajadores. En caso contrario, verificándose un delito al interior de la organización y no habiendo implementando medidas efectivas para prevenirlo, la empresa responderá, penalmente, por ello.