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Las principales dudas que tocaron la puerta de las auditoras en la primera semana de la reforma tributaria

Las cuatro principales firmas de auditoría en el país dan cuenta de un aumento en las consultas a partir del viernes 1 de julio, cuando se dieron a conocer los lineamientos.

Por: Sebastián Valdenegro | Publicado: Lunes 11 de julio de 2022 a las 04:00 hrs.
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Ya ha pasado más de una semana desde que el gobierno dio a conocer los ejes de la reforma tributaria. Y si bien recién el jueves pasado se conoció el contenido del proyecto, las dudas se han multiplicado entre los actores del mundo privado.

Las cuatro principales firmas de auditoría en el país dan cuenta de un aumento en las consultas a partir del viernes 1 de julio, cuando se dieron a conocer los lineamientos.

¿Qué es lo que preocupa a los contribuyentes? El diseño del nuevo sistema tributario “dual” para las grandes empresas, las nuevas facultades de fiscalización que tendrá el SII y el nuevo impuesto a la riqueza, por citar algunos puntos. 

Foto: Archivo

PwC: complejidad del nuevo sistema “dual” y
la cantidad de registros que deberán implementarse

La socia de Impuestos de PwC Chile, Loreto Pelegrí, explica que el uso de las pérdidas tributarias de arrastre, con la limitación al 50% de las utilidades por año, es uno de los tópicos recurrentes en las consultas de empresarios.
“Esto va en contra de los derechos adquiridos por los inversionistas que evalúan sus proyectos de inversión con ciertos supuestos que ahora están cambiando”, agrega.
Además, recuerda que durante la pandemia y para incentivar la inversión se estableció el régimen de depreciación instantánea, donde se puede llevar a gasto el 50% o 100% del valor del activo en el ejercicio de su adquisición o importación, o comienzo de uso, dependiendo de la norma aplicable. “Ahora, resulta que no se podrá utilizar ese gasto completamente en caso que se tengan pérdidas acumuladas”, enfatiza.
Asimismo, la abogada comenta que han recibido preguntas sobre el nuevo sistema “dual” de impuesto a la renta para las empresas.
“Cómo se aplica el “sistema dual” con este nuevo “impuesto a las rentas del capital” con respecto de inversionistas locales y extranjeros, ya que hay que mirar cómo operan los créditos correspondientes a las utilidades retenidas, los que deben ser contemplados de alguna forma”, explica.
¿Dónde ve puntos de mejora? Principalmente, en los temas ya mencionados respecto a las pérdidas tributarias y el nuevo sistema desintegrado.
“Deben mejorarse las normas transitorias en cuanto a las pérdidas tributarias, créditos por impuestos de primera categoría acumulados por las sociedades y empresas y las normas de imputación”, complementa.
La experta tributaria dice que, a medida que se continúe leyendo y analizando el proyecto (de 260 páginas de extensión), “seguro que encontraremos algunos vacíos”.
“Por de pronto, puedo anticipar que no encuentro que se haya simplificado el sistema, ya que deberemos llevar nuevos registros y, además, tendremos que llevar el legado de los antiguos, distinguiendo además contribuyentes locales y extranjeros con y sin convenio”, concluye la profesional.

Deloitte: impacto de límites a uso de pérdidas
en concesionarias y tasa de 1,8% para sociedades

La socia de Deloitte, Ximena Niño, explica que una inquietud se refiere a las implicancias de la limitación del uso de las pérdidas tributarias acumuladas, que en la actualidad pueden ser utilizadas para rebajar la base de impuestos de una compañía.
La reforma las restringe a un tope del 50% de los beneficios por ejercicio.
La experta menciona que, por ejemplo, esto afectará a las empresas concesionarias de obras, ya que tienen giro exclusivo y no podrían utilizar las pérdidas para fines tributarios en otros proyectos.
“Además, la explotación de la obra está limitada al número de años que establecen las bases de licitación”, señala por una parte.
Otra consulta se enfoca en la tasa de interés de 1,8% para las utilidades acumuladas en las sociedades de inversión, no operativas o cuyos ingresos provengan en más de un 50% de rentas pasivas (como dividendos, intereses y rentas por arrendamiento de inmuebles).
Niño plantea la importancia de tener presente que existen sociedades anónimas abiertas a la inversión del público en general, personas naturales e inversionistas institucionales que cotizan sus acciones en las bolsas de valores y que están o ganizadas como vehículos de inversión, “ofreciendo al mercado un portfolio de activos, de manera que a través de ellas se pueda a su vez diversificar en diferentes negocios, generando ahorro e inversión por un lado y financiamiento para importantes proyectos de inversión por otro”.
En ese sentido, argumenta que “no se puede estigmatizar” los vehículos de inversión que obtienen rentan pasivas a nivel local, ya que permiten captar recursos y direccionarlos a diferentes proyectos en diversos negocios e industrias organizados a su vez en distintos vehículos legales.
Un tercer tema se relaciona con la arquitectura del nuevo sistema desintegrado y el efecto que podría tener en los tratados para evitar la doble tributación que ha firmado Chile con otros países.
“Un esquema de esa naturaleza podría derivar en grandes dificultades de cumplimiento al tener que administrar registros que satisfagan las dos condiciones a la vez. Este es un tema que requiere de perfeccionamiento”, enfatiza.

KPMG: operación del impuesto a la riqueza
y malas prácticas por denunciante anónimo

El socio líder de Consultoría Tributaria de KPMG Chile, Andrés Martínez, señala que las dudas entre los contribuyentes se han centrado en cuatro materias: la desintegración del sistema para las grandes compañías, la tasa de 22% para los dividendos percibidos, la limitación del uso de pérdidas tributarias de ejercicios anteriores y la arquitectura del nuevo royalty a la minería.
“Se ha repetido bastante la pregunta de cómo se realizará la desintegración y cómo funcionará el impuesto a los dividendos del 22%, tanto para las personas naturales como para los extranjeros -particularmente-, respecto de aquellos residentes de países con convenios para evitar la doble tributación”, especifica, mientras que sobre las pérdidas tributarias la inquietud radica en cómo afectará los estados financieros de las sociedades producto del cálculo de los impuestos diferidos.
Martínez identifica dos tópicos de la reforma donde podría haber mejoras: el impuesto a la riqueza y el denunciante anónimo para fines tributarios.
Sobre el primero, argumenta que desde el punto de vista técnico, en general estos tributos “son deficientes”, ya que gravan utilidades que ya pagaron impuestos, por lo que se tiende a producir una doble tributación sobre esa riqueza.
“No sabemos realmente a qué nos estamos enfrentando: si será posible recaudar lo que se estima, y cuál sería el tamaño de la “torta” en ese caso. Además, tampoco tenemos muy claro qué tan complejo será administrar el impuesto, es decir, cuánto costará ir a buscar esa recaudación adicional”, dice.
Sobre la figura del denunciante anónimo, señala que puede generar incentivos a la “mala fe y malas prácticas”, apuntando a que si bien la reforma incluye sanciones a las denuncias falsas, hay un daño reputacional de por medio.
“En términos comerciales, por ejemplo, una empresa puede enviarle una denuncia anónima falsa a su competencia frente al SII, enfrentándolo a una investigación de 3 o 4 años, donde la compañía denunciada se tendrá que defender, pagar abogados, y estar públicamente expuesta
hasta que se determine su culpabilidad, lo que claramente dañará su reputación y rentabilidad.”

EY: impacto del royalty en la inversión
y la convivencia de los nuevos regímenes fiscales

El impuesto a la riqueza, el nuevo royalty a la minería y la limitación al uso de las pérdidas tributarias lideran las preocupaciones que le han manifestado los clientes a Víctor Fenner, socio adjunto de Impuestos de EY Chile.
¿La razón? “Hay una percepción en cuanto a la carga desproporcionada o injusta que podrían generar”, explica el profesional.
También, en la línea con lo que han señalado otras firmas, percibe un creciente interés por la tasa de interés de 1,8% a las utilidades retenidas de empresas no operativas, sociedades de inversión y que perciban rentas pasivas, mientras que la forma en que sería crédito para el impuesto a la riqueza se visualiza “problemática en lo técnico”.
Dicho lo anterior, Fenner ve espacios de mejora en cuatro tópicos: royalty minero, impuesto a la riqueza, uso de pérdidas tributarias y la convivencia de los distintos regímenes a la renta con la desintegración para las grandes compañías.
El abogado cree que las nuevas tasas para el royalty a la minería pueden ser un “fuerte desincentivo” a la inversión, además de que sus componentes variables (tanto en el ad valorem como de renta operacional) “hacen muy difícil proyectar los flujos de nuevos proyectos”.
Sobre el gravamen a los altos patrimonio, Fenner prevé que será “muy complejo de administrar”.
“Me preocupa también las limitaciones al reconocimiento de créditos por impuestos pagados en el exterior. En la misma línea, el impuesto del 1,8% a las utilidades retenidas funciona, en realidad, como una tasa de interés a las mismas, lo que finalmente se traduce en un impuesto al patrimonio, pero no de los grandes patrimonios, sino de todos los dueños de sociedades”, agrega.
También Fenner cree que debe abordarse cómo la limitación al uso de las pérdidas tributarias afectará el pago de impuestos diferidos a nivel corporativo.
Por último, la convivencia de variados regímenes de tributación, como el
desintegrado, integrado, PYME y transparencia, considera que va a gatillar un “aumento importante de la complejidad del sistema, pese a que lo anunciado era una tendencia a la simplificación”.

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