La reforma tributaria eliminó una serie de beneficios del sistema impositivo que rigió el país durante los últimos 30 años. Y uno de los principales, y hasta hace poco desconocido para la mayoría, era el denominado goodwill.
El goodwill es un beneficio tributario que establece que podrá deducirse como gasto las diferencias contables que nazcan de la fusión o reorganización que contemple a dos sociedades con participación recíproca. O sea, el pagar por comprar una compañía un precio superior al valor de sus activos genera un beneficio impositivo. Hoy, el goodwill es un activo tangible que puede ser amortizado.
Con los cambios impositivos, dicho beneficio se limita. A partir del 1 de enero de este año, el goodwill se constituye como un activo intangible y no podrá ser amortizado, ampliando la base tributaria y encareciendo la fusión/adquisición de compañías. Este es uno de los instrumentos que más utilizaban las empresas para acceder a beneficios tributarios.
Bajo este escenario, el Servicio de Impuestos Internos (SII) abrió una pequeña ventana para que la franquicia sea aprovechada una última vez por los contribuyentes, quienes debían enviar hasta el 31 de diciembre una declaración jurada consignando que habían iniciado procesos de fusión o de reorganización societaria antes de dicha fecha.
Y a la luz de los datos, el interés por usar una última vez el beneficio fue bastante alta.
Según información obtenida por Diario Financiero mediante Ley de Transparencia, el SII recibió 33 declaraciones juradas de contribuyentes que fusionarán o reorganizarán sociedades para usar el mecanismo como ventaja tributaria antes de su limitación este año. El plazo para concluir los procesos es el 1 de enero de 2016.
Según expertos, la cifra es alta y evidencia el interés de los contribuyentes por acceder al mecanismo.
Estos antecedentes se conocen en medio de la polémica por la fusión entre AFP Cuprum y AFP Argentun -esta última una sociedad espejo de la primera- exclusivamente para fines tributarios, operación que está siendo analizada por el SII y que tiene en el ojo del huracán a la superintendenta de Pensiones, Tamara Agnic, quien dio el visto bueno a la operación.
“Dentro de las negociaciones en el marco del protocolo de acuerdo por la reforma tributaria, se estableció si quería eliminarse este beneficio tributario, no podía afectar operaciones que se encontraban en marcha, sea por procesos de fusión ya iniciados o por iniciarse”, señala el socio de Guerrero Olivos, Sebastián Guerrero.
Mientras que el socio de Tax & Legal de BDO, Rodrigo Benítez, advierte que “más” de 33 sociedades están en proceso de fusión o reorganización social “y no se podrán acoger a la normativa tributaria anterior a la reforma, que era más beneficiosa que la norma actual, por no haber practicado esta declaración jurada”.
¿Demonizando el goodwill?
En el centro del debate de la operación entre ambas AFP -ligadas a la estadounidense Principal- está la legitimidad del goodwill como mecanismo de elusión o postergación de tributos en el tiempo.
Es así que los expertos advierten que el mecanismo se estaría “denominizando” como en su momento pasó con el Fondo de Utilidades Tributables (FUT), eliminado a partir del próximo año tras la aprobación de la reforma tributaria.
Así, por lo menos, lo piensa el socio de Baraona Abogados, Juan Manuel Baraona. “En absoluto el goodwill sirve para eludir impuestos. Esto es muy similar al debate que se dio y que demonizó al FUT. Ambos son sólo instrumentos que considera la legislación”.
Para el socio de AK Contadores, Patricio Gana, el goodwill es un instrumento “representativo de recursos” y cuyo uso “es muy relevante para los inversionistas y los directivos de las empresas, cuyo objetivo es crear valor para la compañía”.
Mientras que Soledad Recabarren, socia de Recabarren & Asociados, señala que es “lógico” que se use el goodwill como beneficio, ya que “siempre se paga un precio de compra superior al valor de los activos, ya que se compra no sólo el valor libro, sino también las utilidades futuras de una compañía. Todas las compras tienen una parte de goodwill”.
Para Guerrero existe “desconocimiento” sobre el tema. “Vengo llegando de una conferencia internacional sobre temas tributarios, donde se analizaron muchas legislaciones que contemplan este beneficio. Por lo tanto, el goodwill hay que verlo como un beneficio tributario más”.
Para el director ejecutivo del Centro de Estudios Tributarios de la Universidad de Chile, Gonzalo Polanco, un punto crítico es que se cuestione el mecanismo en el caso de las fusiones de las AFP sin que organismos como el SII se hayan pronunciado técnicamente.
“Lo que no me parece comprensible es que con la sola información que ha aparecido en la prensa se esté condenando públicamente a quienes intervinieron en la operación, sin que aún los organismos técnicos hayan hecho un pronunciamiento”, critica el experto.
Por otro lado, Benítez defiende el beneficio señalando que el goodwill es “sólo” una forma de reconocer impositivamente la diferencia de valor de compra de una empresa y el valor de sus activos.
“La demonización proviene del abuso que han efectuado algunas empresas para disminuir o postergar impuestos a la renta”, argumenta el experto.
SUPER DE PENSIONES DEFIENDE CRITERIO
La superintendenta de Pensiones, Tamara Agnic, ha estado en el ojo del huracán tras los cuestionamientos al "vamos" que dio a la fusión entre las AFP Argentum y Cuprum, como parte de una operación para obtener un goodwill tributario por unos $ 80 mil millones para el grupo norteamericano Principal, que compró Cuprum. Ayer, Agnic asistió a la comisión de Economía del Senado y detalló que tras cuatro meses de análisis, la SP aprobó la operación bajo estricto cumplimiento de las leyes. Destacó que el proceso de fusión por absorción no ha provocado perjuicios a los fondos de pensiones de los 640 mil afiliados que cotizan en Cuprum, ni efectos adversos en su rentabilidad ni en sus condiciones de seguridad.
Agnic remarcó que la declaración de un crédito tributario que le permitiría a Cuprum diferir el pago de impuestos "no es una materia sobre la cual la Superintendencia de Pensiones tenga que pronunciarse, o no es algo que haya condicionado las decisiones de esta Superintendencia".
Juan Manuel Baraona
SOCIO DE BARAONA ABOGADOS:
En absoluto el goodwill es un mecanismo de elusión. Es como el debate que se dio sobre el FUT, que se demonizó como un mecanismo para eludir impuestos".
Sebastián Guerrero
SOCIO DE GUERRERO OLIVOS:
El goodwill estuvo regulado durante mucho tiempo mediante instrucciones del SII. Por lo tanto, era un mecanismo expresamente regulado en la legislación".
Rodrigo Benítez
SOCIO DE TAX & LEGAL DE BDO:
Al goodwill se le ha otorgado un carácter de elusión tributaria, que no lo es. Es sólo una forma de reconocer impositivamente la diferencia de valor de compra de una empresa y el valor de sus activos"
Soledad Recabarren
SOCIA DE RECABARREN & ASOCIADOS:
En general, las empresas siempre evalúan usar el goodwill. Los contribuyentes han puesto manos a la obra para cerrar operaciones y acogerse al beneficio antes de que se limite".
Gonzalo Polanco
DIRECTOR EJECUTIVO CENTRO ESTUDIOS TRIBUTARIOS U. DE CHILE:
El goodwill, al igual que otros mecanismos, podría ser usado para eludir impuestos, pero señalar que es en sí mismo un mecanismo elusivo es una caricatura".