por sebastián valdenegro
Uno de los principales cambios que incluyó la simplificación legal a la reforma tributaria, aprobada en enero de este año, tuvo que ver con moderar los efectos de la norma general antielusión, no sólo en términos de su retroactividad, sino del espacio de consulta para evitar discrecionalidad de parte del Servicio de Impuestos Internos (SII).
Para lograr este objetivo, la reforma creó el denominado comité antielusión, instancia consultiva para que los contribuyentes entendieran los alcances de la norma. Ayer, el fiscalizador tributario publicó la resolución N° 68 que crea formalmente la instancia, revelando que estará compuesto por cuatro personas, todas ligadas al SII. Este fue uno de los temas más complejos durante el debate llevado a cabo en el Congreso, ya que los legisladores pidieron una mayor intervención de terceros independientes en la instancia.
En concreto, el comité estará integrado por el director del SII, Fernando Barraza, el subdirector jurídico, Bernardo Lara, el de Normativa, Juan Alberto Rojas, y el de Fiscalización, Víctor Villalón. El director presidirá el comité.
De todas maneras, la resolución considera un cierto matiz: que en caso de considerarlo necesario, el comité anti elusión podrá invitar a participar en sus sesiones a expertos tributarios o de otras áreas. Dicha invitación podrá cursarse sólo para sesiones extraordinarias de la instancia.
“Los expertos desempeñarán sus funciones ad honorem y a título personal, sin comprometer a las instituciones, órganos o entidades de las que formen parte”, señala el escrito.
Uno de los mecanismos que contempla el SII para evitar violar los derechos de los contribuyentes, es que en las actas de las sesiones no se informará el nombre de los contribuyentes involucrados en la consulta, así como tampoco datos relativos a sus bienes o rentas.
El comité tendrá como función asesorar al director del SII en el procedimiento de consulta pública en materia anti elusión, además de emitir su opinión en el procedimiento administrativo de calificación de actos o negocios como elusivo.
También la entidad deberá asesorar al director del SII ante la eventual presentación de querellas por delitos tributarios relacionados con la norma antielusión, así como el análisis y la evaluación de materias y esquemas elusivos específicos. La resolución entró en vigencia ayer.