La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un
reclamo de ilegalidad presentado por el Colegio de Corredores de
Seguros de Chile en contra de la Superintendencia de Valores y Seguros
(SVS), por la dictación de una nueva normativa que regula la labor de
los asesores previsionales.
En fallo unánime (causa rol 5750-2008), los
ministros de la Cuarta Sala del tribunal de alzada Lamberto Cisternas,
Gloria Ana Chevesich y la abogada integrante Claudia Chaimovich
desestimaron el reclamo planteado por la entidad gremial en contra de
la Norma de Carácter General Nº 222 de la SVS, en la que -el 21 de
agosto de 2008- fijó nuevas exigencias para los agentes de ventas que
se dediquen a las rentas vitalicias.
El Colegio de Corredores de Seguros recurrió a
tribunales argumentando que la nueva normativa, que modificó la Norma
General Nº 91, confundía la labor de los agentes de rentas vitalicias
que trabajan en una compañía determinada y bajo dependencia, con la
labor de los asesores previsionales que laboran de manera
independiente, creando un registro para esta labor.
El fallo establece que la SVS ha actuado dentro de
sus facultades al dictar las nuevas instrucciones y que no existen
confusiones para aplicar las disposiciones impugnadas:
"De la lectura comparada de los textos transcritos,
en sus versiones original y reemplazada, a la luz del contexto
normativo citado más arriba, fluye que la Superintendencia recurrida,
al dictar la Norma General 222, ha actuado dentro de sus facultades
legales, ya que a ella corresponde, como se ha dicho, la fiscalización
exclusiva de la actividad de los agentes de ventas de seguros de rentas
vitalicias", dice el fallo.
"Contrariamente a lo afirmado en el
reclamo, las modificaciones impugnadas no introducen confusiones
respecto a las actividades de agentes de ventas y de asesor
previsional, puesto que se mantienen todo lo separadas que es
pertinente, siendo dable señalar que la primera modificación apunta
precisamente a impedir que se inscriban como agentes de ventas quienes
desarrollan otras actividades que, atendida la nueva legislación, son
incompatibles con ella, como sucede con la de asesor previsional, que
en esencia y en cuanto al quehacer permanente de aquella difiere en
forma sustancial; mientras que la segunda modificación sólo pretende
reforzar la preparación de los agentes para asegurar un mejor servicio
de las compañías", agrega.