El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó que estableció un procedimiento administrativo para autorizar la emisión de
documentación tributaria sin timbraje previo –incluyendo facturas, guías de
despacho, boletas de ventas y servicios, etc.-, destinado a contribuyentes que
presentan un registro de buen comportamiento tributario.
El SII explicó que adoptó este procedimiento en un esfuerzo para contrarrestar las molestias que está causando a los
contribuyentes la paralización de actividades decidida por los dirigentes
gremiales y que ha continuado esta semana. El procedimiento busca facilitar el
giro de los negocios y emprendimientos de los contribuyentes.
Para hacer uso de esta facilidad, que comenzará a operar a
partir del martes 26 de agosto de 2008, los contribuyentes deben:
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Comunicarse a la Mesa de Ayuda Telefónica del SII,
llamando gratuitamente al 800-380-950.
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Autenticarse con su clave Internet o identificándose con
el nombre y RUT del representante legal. En caso de ser necesario, se pedirán
algunos datos adicionales para acreditar la representatividad.
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Solicitar que se le asigne un código para autorización
de determinada documentación tributaria -boletas, facturas, guías de despacho, nota
de crédito, nota de débito.
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La mesa de ayuda, además del código, le señalará la
cantidad de documentos tributarios específicos que podrá emitir sin timbraje
del SII. El código estará asociado a la descripción del o los documentos
autorizados y a la cantidad. Con un código se podrá autorizar varios tipos de
documentos para el contribuyente.
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El contribuyente, una vez que agote la cantidad de
documentos inicialmente autorizados a emitir, deberá enviar al SII un archivo
electrónico (planilla Excel) detallando el tipo, número de documento emitido,
RUT del cliente, IVA, fecha de emisión y el monto neto.
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El contribuyente podrá realizar este trámite todas las
veces que lo requiera en tanto la situación de paro no se deponga.
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Una vez normalizada la situación en el SII, el
contribuyente deberá concurrir a la unidad correspondiente a su domicilio y proceder
al timbraje de los documentos emitidos.
El SII verificará posteriormente el apropiado uso de esta medida, mediante la
exigencia de la Declaración Resumen Semestral de IVA de Compras y Ventas
(Declaración Jurada 3323) y cruces de información de compras y ventas de los
contribuyentes.
Operación Renta 2008
También se tomaron hoy
decisiones respecto a la
Operación Renta 2008 para aclarar diferencias en las unidades del SII.
Se
trata de 12.204 contribuyentes notificados por renta y que debían concurrir a
unidades de todo el país entre el 18 y el 29 de agosto. De ese total, 3.507
pueden rectificar por Internet, para lo cual deben ingresar a la página Web del
SII a Consultar estado de declaración.
A otros
4.605 contribuyentes que no pueden rectificar por Internet y que no presentan
situaciones pendientes en el SII, se les liberará automáticamente el 50% de los
montos de devolución retenidos, situación que podrán revisar en Internet a
partir de la próxima semana, y se les asignará una nueva fecha de atención,
para que presenten sus antecedentes y resuelvan su situación definitivamente.
A los
restantes 3.732 contribuyentes se les asignará una nueva fecha de atención a
partir de la próxima semana.