Economía y Política

SII permitirá emisión de documentación tributaria sin timbraje previo

La medida se mantendrá mientras duren las paralizaciones de los trabajadores del servicio.

Por: | Publicado: Lunes 25 de agosto de 2008 a las 18:38 hrs.
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El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó que estableció un procedimiento administrativo para autorizar la emisión de documentación tributaria sin timbraje previo –incluyendo facturas, guías de despacho, boletas de ventas y servicios, etc.-, destinado a contribuyentes que presentan un registro de buen comportamiento tributario.

El SII explicó que adoptó este procedimiento en un esfuerzo para contrarrestar las molestias que está causando a los contribuyentes la paralización de actividades decidida por los dirigentes gremiales y que ha continuado esta semana. El procedimiento busca facilitar el giro de los negocios y emprendimientos de los contribuyentes.

Para hacer uso de esta facilidad, que comenzará a operar a partir del martes 26 de agosto de 2008, los contribuyentes deben:

-         Comunicarse a la Mesa de Ayuda Telefónica del SII, llamando gratuitamente al 800-380-950.

-         Autenticarse con su clave Internet o identificándose con el nombre y RUT del representante legal. En caso de ser necesario, se pedirán algunos datos adicionales para acreditar la representatividad.

-         Solicitar que se le asigne un código para autorización de determinada documentación tributaria -boletas, facturas, guías de despacho, nota de crédito, nota de débito.

-         La mesa de ayuda, además del código, le señalará la cantidad de documentos tributarios específicos que podrá emitir sin timbraje del SII. El código estará asociado a la descripción del o los documentos autorizados y a la cantidad. Con un código se podrá autorizar varios tipos de documentos para el contribuyente.

-         El contribuyente, una vez que agote la cantidad de documentos inicialmente autorizados a emitir, deberá enviar al SII un archivo electrónico (planilla Excel) detallando el tipo, número de documento emitido, RUT del cliente, IVA, fecha de emisión y el monto neto.

-         El contribuyente podrá realizar este trámite todas las veces que lo requiera en tanto la situación de paro no se deponga.

-         Una vez normalizada la situación en el SII, el contribuyente deberá concurrir a la unidad correspondiente a su domicilio y proceder al timbraje de los documentos emitidos.

El SII verificará posteriormente el apropiado uso de esta medida, mediante la exigencia de la Declaración Resumen Semestral de IVA de Compras y Ventas (Declaración Jurada 3323) y cruces de información de compras y ventas de los contribuyentes.

Operación Renta 2008

También se tomaron hoy decisiones respecto a la Operación Renta 2008 para aclarar diferencias en las unidades del SII.

Se trata de 12.204 contribuyentes notificados por renta y que debían concurrir a unidades de todo el país entre el 18 y el 29 de agosto. De ese total, 3.507 pueden rectificar por Internet, para lo cual deben ingresar a la página Web del SII a Consultar estado de declaración.

A otros 4.605 contribuyentes que no pueden rectificar por Internet y que no presentan situaciones pendientes en el SII, se les liberará automáticamente el 50% de los montos de devolución retenidos, situación que podrán revisar en Internet a partir de la próxima semana, y se les asignará una nueva fecha de atención, para que presenten sus antecedentes y resuelvan su situación definitivamente.

A los restantes 3.732 contribuyentes se les asignará una nueva fecha de atención a partir de la próxima semana.

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