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Cuarto retiro: mixta visa anticipo de rentas vitalicias con cargo al Fisco y sin impuestos

La idea contó solo con los votos de la oposición y ahora la decisión final queda en manos de las salas de la Cámara de Diputados y el Senado.

Por: Rodolfo Carrasco | Publicado: Martes 30 de noviembre de 2021 a las 19:40 hrs.
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Foto: Agencia Uno
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Luego de un intenso debate, la comisión mixta aprobó ayer un mecanismo para facultar el segundo anticipo para jubilados de modalidad de rentas vitalicias que será con cargo al Fisco.

La idea, que avanzó con el apoyo solo de la oposición, fue planteada por el diputado Marcelo Díaz. Se trata de un adelanto para pensionados de rentas vitalicias con cargo fiscal por única vez equivalente al 10% de la misma, con un descuento futuro de 5% mensual desde enero de 2023 hasta agotar la deuda del monto subsidiado.

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Los senadores del oficialismo señalaron que la medida es inconstitucional.

De esta forma, el informe de la comisión mixta señalará esa modalidad que ahora debe ser conocida por ambas salas de la Cámara de Diputados en primera instancia y luego por el Senado.

Previamente, la comisión rechazó la indicación del senador Rodrigo Galilea (RN) que buscaba eliminar todos los aspectos del anticipo de rentas vitalicias por considerarlo "un mecanismo confiscatorio o expropiatorio".

Se rechazó también la indicación del diputado Díaz que buscaba establecer que tributarán quienes retiren y posean renta imponible que excedan 50 UTM anuales. Tampoco prosperó establecer un cerrojo o candado para evitar nuevos retiros elevando el quórum de aprobación.

Dado esto, es incierto que el informe de la mixta, que será votado la próxima semana, sea aprobado en las salas. Esto requiere 26 votos favorables en el Senado y 93 en la Cámara de Diputados. Si no se logra apoyo en una de las cámara no hay ley. A esto se suma que se acordó que el informe de la mixta se vote en forma integra sin separación de temas, lo que aumenta el riesgo de no lograr los votos requeridos.

Otros puntos

En la comisión se mantuvo que el beneficio del retiro de fondos para personas con enfermedades catastróficas o de alto costo pueda realizar el retiro del total, con un monto máximo de 1.350 UF, sin impuestos o retención.

También se aprobó una indicación que reduce de dos años a uno el plazo para solicitar el beneficio de un nuevo retiro. El texto aprobado por la Cámara proponía que fuera en dos años.

Respecto a deudas de pensiones alimenticias, hubo un intenso debate para limitar el uso de los fondos en hasta el 10%, independiente que no se extinguiera la deuda. Se indicó que extenderlo a más allá del 10% para agotar la deuda colisiona con el derecho de las personas que están en edad de jubilar y que son titulares de la responsabilidad del pago (como abuelos).

En definitiva, se mantuvo que podrá retirar más allá del 10% de los montos "hasta agotar la deuda".

Respecto a los pagos del retiro se llegó a un acuerdo para que sea en dos cuotas.

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