Reforma tributaria: auditoras piden al SII postergar plazo de nuevas declaraciones juradas
Complejidad en acopio de información y cruce con circular sobre nuevos sistemas, son los argumentos.
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La reforma tributaria trajo una serie de complejidades a la hora de que los contribuyentes pagaran sus impuestos. No solo por las modificaciones al régimen de Impuesto a la Renta que creó dos nuevos sistemas de tributación, sino por los nuevos parámetros de entrega de información requeridos por el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Y en ese contexto, el SII creó -o modificó- una serie de declaraciones juradas que deben ser completadas por los contribuyentes, las cuales tienen fecha de entrega máxima entre hoy y el 30 de este mes. Estas se relacionan con materias sobre información más detallada sobre el Fondo de Utilidades Tributables (FUT) histórico, las rentas e inversiones declaradas en el exterior, o la base imponible de Primera Categoría, entre otros (ver recuadro hitos).
Dada la complejidad en el acopio de la información de los contribuyentes y el hecho de que el plazo se cruza con el análisis de la circular del SII que rige los nuevos sistemas (de más de 200 páginas de extensión), las principales auditoras del país solicitaron al organismo postergar la fecha límite para entregar las nuevas declaraciones.
El managing director de Tax de KPMG, Pedro Castro, advierte que hay mucho “desconocimiento” de parte de los contribuyentes respecto a la información que les solicita el SII en las nuevas declaraciones.
“Sería deseable que el SII resolviera prorrogar el plazo. Sin duda que ello redundaría en la entrega de información de mejor calidad por parte de los contribuyentes”, plantea.
El senior manager de PwC, Hugo Catalán, advierte que los contribuyentes se encuentran “preocupados” ante la poca claridad sobre la solicitud de información realizada por el SII.
“Se agradecería un aplazamiento. El tema no pasa sólo por ampliación de plazos, sino más bien por requerimientos mucho más claros de parte de la autoridad fiscal”, recalca.
El socio de Consultoría Tributaria de EY, Javier Jaque, recuerda que más allá de las nuevas declaraciones que crea la reforma, las empresas deben en total llenar alrededor de 100 documentos de similar naturaleza, lo que genera costos tributarios “indirectos”.
“Como la información que se requiere es tan abundante y año a año se realizan cambios en los procedimientos y en la información requerida, por cierto que se observa desconocimiento por parte de los contribuyentes sobre este proceso de cumplimiento anual. Sin lugar a dudas, ampliar los plazos sería bienvenido”, comenta.
La socia de Tax & Legal de Deloitte, Gloria Caro, advierte que las empresas medianas se someterán por primera vez a la entrega de mayor información al fiscalizador tributario, lo que podría generar “demoras” en la confección de las declaraciones.
“Teniendo en cuenta la nueva situación a que se ven enfrentadas principalmente las medianas empresas, podría ser conveniente evaluar la posibilidad de ampliar los plazos, tal como ya ha ocurrido con algunas de las declaraciones juradas del actual período”, asegura.
Los precedentes
El SII ya había accedido a ampliar el plazo de entrega de algunas de las declaraciones juradas. Así, accedió a ampliar el deadline desde el 15 de junio al 31 de agosto para entregar el formulario 1925 sobre declaración jurada anual del FUT. El organismo hizo lo mismo para el formulario 1851 sobre inversiones, seguros y activos en el exterior, que vence el 30 de este mes.
Ayer, incluso el SII amplió hasta el 31 de agosto la entrega del formulario 1847 sobre balance de 8 columnas y el estado de resultado.
las nuevas declaraciones ante el sii
Formulario 1925:
Sobre el FUT. Sólo se presentará durante los años tributarios 2016 y 2017. Deberán informar los ingresos no constitutivos de renta y las utilidades reinvertidas, entre otros. Plazo: 31 de agosto.
Formulario 1854:
Declaración anual sobre exención del impuesto adicional. Se deben informar operaciones exentas del impuesto adicional. Plazo: 30 de junio.
Formulario 1851:
Declaración sobre inversiones, activos y otras operaciones en el exterior. Se deberán informar inversiones que totalicen un mínimo de US$ 100 mil (antes era US$ 1 millón). Plazo: 21 de marzo, pero se amplió al 30 de junio.
Formulario 1926:
Se informan resultados contables y sus efectos en la conformación de la base imponible de Primera Categoría. Plazo: 15 de junio.
Formulario 1847:
Se detallan las cuentas contenidas en el balance de 8 columnas y el estado de resultado. Desde 2016, las medianas y grandes empresas deberán llenar el formulario, mientras el año pasado eran sólo los grandes contribuyentes. Plazo: era el 15 de junio y se amplió al 31 de agosto.