Cumplimiento tributario: Hacienda detalla medidas para agilizar norma de repatriación de capitales
“Nos vamos a enfocar en informar y facilitar el ingreso de solicitudes. Después vendrá todo el proceso de revisión y solo cuando corresponda de requerimiento de información complementaria”, explicó el ministro Marcel.
Por: | Publicado: Sábado 12 de octubre de 2024 a las 04:00 hrs.
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Tras el despacho a ley del proyecto de cumplimiento tributario, el ministro de Hacienda, Mario Marcel, abordó las disposiciones relativas a la repatriación de capitales y la norma transitoria respectiva que permitirá a los contribuyentes declarar -de manera voluntaria y extraordinaria- los bienes y rentas extranjeras ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) mediante el pago de un impuesto sustitutivo del 12%.
Dado que la aplicación de esta tasa preferente es acotada dentro de una ventana de tiempo que partirá el primer día del mes siguiente de publicada la ley -que ahora está en control preventivo en el Tribunal Constitucional- y estará vigente hasta fines de noviembre, Hacienda impulsa un conjunto de iniciativas que permitirán agilizar su implementación.
“Para agilizar el proceso, nos vamos a enfocar en informar, facilitar el ingreso de las solicitudes y después vendrá todo el proceso de revisión y sólo cuando corresponda de requerimiento de información complementaria”, explicó el ministro Marcel.
La autoridad detalló que la primera prioridad será la entrega de información y la orientación a los contribuyentes. Añadió que, en segundo lugar, se están diseñando todos los procedimientos necesarios de modo que estén operativos en cuanto la ley entre en vigencia, junto con adoptar las medidas para simplificar el acceso.
“Nos queremos focalizar en el ingreso de las solicitudes de parte de los contribuyentes, que ese sea el primer paso, y que exista cierta flexibilidad para aportar los antecedentes de respaldo con posterioridad a la declaración”, explicó el titular de Hacienda.
Cabe recordar que el proyecto de cumplimiento tributario estima generar una recaudación fiscal en niveles de 1,5% del PIB, porcentaje que equivale a un monto en torno a los US$ 4.500 millones.
Las claves de la normativa
De acuerdo con el detalle contenido en el proyecto de ley, la norma sobre repatriación de capitales considera toda clase de bienes, es decir, muebles e inmuebles, además de instrumentos financieros o valores, tales como bonos, cuotas de fondos, depósitos, y otros similares, que sean pagaderos en moneda extranjera.
Además, el texto señala que sólo podrán acogerse a este artículo los bienes o derechos que el contribuyente acredite fehacientemente haber adquirido con anterioridad al 1 de enero de 2023 y las rentas que provengan de tales bienes hasta el 31 de diciembre de 2023.
Asimismo, una vez presentada la declaración, el SII deberá girar dentro de los cinco días hábiles siguientes un impuesto único y sustitutivo de los demás impuestos que pudieren haber afectado a los bienes y rentas declarados, el que se aplicará con una tasa de 12%, sobre el valor determinado por el contribuyente.
En relación a las etapas finales de esta operación, la ley establece que luego de 12 meses desde la fecha de pago del impuesto se entenderá que el contribuyente ha cumplido correctamente con sus obligaciones tributarias contenidas en su declaración.