FNE y Bci se enfrentan en la Corte Suprema por fallo de licitación de seguros hipotecarios
Ambas entidades apelaron al fallo del TDLC. El banco pidió que se revoque la sentencia y la Fiscalía solicitó una sanción mayor.
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Antes de que finalice octubre, Bci y la Fiscalía Nacional Económica (FNE) apelaron al fallo del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) ante la Corte Suprema luego que se dictaminara que se le interpusiera una multa de $ 892 millones al banco tras establecer que más de 110 mil clientes se vieron afectados producto de fallas en las licitaciones de seguros asociados a préstamos hipotecarios.
El caso se inició en 2019 cuando la FNE inició un requerimiento contra Bci en el TDLC. En las indagaciones, el persecutor económico dio cuenta que el banco excluyó arbitrariamente la oferta de la aseguradora Rigel que contenía el menor precio en el marco de la licitación del seguro colectivo de desgravamen para los créditos hipotecarios. Bci declaró ganadora una propuesta más costosa que era BICE, que incluía a Bci corredores de Seguros, filial del banco.
En la sentencia, el Tribunal estableció a mediados de octubre que “la infracción no puede sino ser catalogada como gravemente lesiva a la competencia, en tanto consistió en un abuso respecto de una cartera de clientes hipotecarios cautiva, que no contaba con un poder de contrapeso alguno ante sus acciones”.
Los descargos de Bci
Frente al fallo, Bci recurrió a la Corte Suprema para apelar y hacer sus descargos. El banco criticó que el TDLC “incurrió en diversos y graves errores” en su sentencia, enfatizando que “cometió serios errores al analizar la forma como interactúa el mercado de los seguros de desgravamen”.
Argumentó que la exclusión de Rigel, “lejos de ser caprichosa o irracional, fue completamente justificada y razonable, realizada por sus abogados externos asesores en materia de seguros, confirmada por sus abogados internos y sustentada tanto por jurisprudencia nacional que fue desconocida por el TDLC y por respetados autores nacionales”.
Defendió que el proceso de licitación se ajustó a la legislación y que se requirieron todos los antecedentes que exige la regulación y las bases del banco. Incluso, detalló que hubo irregularidades con los actores en cuestión, que “dada su gravedad, no solo implicaba una infracción a la Bases, sino que -desde un punto de vista normativo- hacía inviable que la corredora Burgos pudiese ejercer la labor de corretaje de seguros”.
Reprochó que para que exista un ilícito de los que se acusó a Bci “es menester que se acredite la concurrencia de los elementos del tipo infraccional y se acredite que el presunto infractor actuó con culpa grave o dolo, o al menos se acredite su culpabilidad, el TDLC omitió cualquier análisis sobre este aspecto simplemente presumiendo la mala fe”.
Además, recordaron que la extinta Superintendencia de Bancos no emitió ningún pronunciamiento frente a los reclamos formulados por rigel ante la Superintendencia de Valores y Seguros. Por ello, el banco manifestó que “si hubiera sido evidentemente errónea o arbitraria, la autoridad financiera no habría señalado que era un asunto controvertible, sino que habría resuelto derechamente la controversia y habría formulado cargos”.
La entidad financiera afirmó que además “derechamente no tenía un poder de mercado del cual abusar” y que lo resuelto en las bases carecía de fin “para obtener una ventaja circunstancial de corto plazo”.
La petición de la FNE
La FNE también presentó un recurso de reclamación contra la sentencia del TDLC, pero con otro objetivo: aumentar las sanciones contra el banco.
El documento firmado por el titular del organismo, Jorge Grunberg, hizo presente que Bci logró beneficiarse económicamente a través de su filial Bci Corredores, recibiendo mensualmente durante dos años una comisión equivalente al 15% más IVA de la prima del seguro de desgravamen que fue adjudicada.
En consecuencia, criticó que lo obrado por el banco iba “en directo detrimento del bienestar de sus deudores hipotecarios, quienes debieron asumir, en definitiva, un costo mayor por el seguro de desgravamen”.
La FNE solicitó que la multa a Bci debería ascender a UTA 3.500, que corresponden a aproximadamente US$ 2,9 millones. La multa original fue de UTA 1.162,4, lo que a juicio del organismo “está muy por debajo de cualquier forma de cálculo del beneficio económico”.
Con este monto de sanción, la Fiscalía mencionó que Bci quedará “despojado no solamente de todas las ganancias ilícitamente percibidas, sino que garantizando que, en el futuro, se abstenga de efectuar este tipo de comportamientos anticompetitivos sancionados por la sentencia”.