CMF avanza en implementación de Basilea III y ahora publica normativa sobre patrimonio efectivo de la banca
El regulador aseguró que los ajustes normativos “no se traducen necesariamente en mayores exigencias de patrimonio efectivo para la banca chilena”.
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La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informó a través de un comunicado de prensa que se publicó la normativa para el cálculo del patrimonio efectivo que deberán utilizar los bancos para cumplir con los límites legales establecidos en la Ley General de Bancos.
El organismo presidido por Joaquín Cortez señaló que la nueva normativa "permitirá que los bancos cuenten con un capital más robusto para hacer frente a un escenario de pérdidas inesperadas, otorgando así una mayor estabilidad al funcionamiento del sistema bancario".
De acuerdo a las estimaciones hechas por la CMF, el impacto de esta normativa con información al cierre de 2019, la nueva metodología de cálculo generará una disminución en el patrimonio efectivo del sistema bancario local en torno a los US$ 2.300 millones. El ente aseguró que de esta forma, esta regulación "no se traduce necesariamente en mayores exigencias de patrimonio efectivo para la banca chilena".
La norma tendrá vigencia a partir del 1 de diciembre de 2020, sin perjuicio de las disposiciones transitorias que la misma contempla. El primer ajuste deberá realizarse el 1 de diciembre de 2022, correspondiente al 15% de los descuentos. Este monto se incrementará a 30% el 1 de diciembre de 2023 y 65% el 1 de diciembre de 2024, hasta alcanzar una implementación total a partir del 1 de diciembre de 2025.
La normativa sobre patrimonio efectivo implementa las modificaciones que trajo la reforma a la Ley de Bancos, alineada a los estándares internacionales que establece el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea. La CMF resaltó que esto permite "incorporar al sistema bancario las mejores prácticas internacionales".
Los ajustes
El supervisor de la banca detalló que las modificaciones realizadas introducen ajustes prudenciales para determinar el monto disponible de los distintos niveles de capital de los bancos, aislando aquellos componentes que son de baja calidad o incierto valor económico, o de difícil liquidación en condiciones de estrés financiero.
"Destacan la deducción total de los activos intangibles, y la deducción parcial de los activos por impuestos diferidos y de algunas partidas de reservas o ganancias", sostuvo la CMF.
Asimismo, resaltó que "se establecen reglas prudenciales de concentración y al monto por el cual se reconoce el interés no controlador de entidades que consolidan con el banco, quedando condicionado al requerimiento regulatorio de las filiales".
Finalmente, especificó que "los instrumentos híbridos emitidos por filiales en el extranjero dejarán de ser reconocidos en el patrimonio efectivo consolidado".