“Adelantamiento de cuotas” y más de $ 92 mil millones en juego: Transbank va a la justicia en contra de resolución de la CMF
Un nuevo conflicto en el rubro de los medios de pago se está desencadenando.
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Un nuevo conflicto en el rubro de los medios de pago se está desencadenando y tiene como protagonistas a Transbank y la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
El impasse se está escribiendo en tribunales, luego de que la sociedad ligada a los bancos interpuso un reclamo de ilegalidad en contra de la resolución N° 5.304 de la CMF, dictada el 11 de junio.
Según relató Transbank en el recurso en la Corte de Apelaciones de Santiago la semana pasada, desde hace cuatro años ofrece a los comercios un servicio denominado “adelantamiento de cuotas”, el que ahora fue cuestionado por la CMF.
La CMF dijo que la conducta esperable ante la realización de una actividad que resulte dudosa es consultar formalmente al regulador en forma previa a su desarrollo, lo que no se verificó en este caso. Y citando una norma del Banco Central, indicó que es claro que “la normativa del instituto emisor no contempla adelantar los pagos a cambio de una comisión”.
Ocurre que una modalidad de pago que se ha extendido es el beneficio de las llamadas “cuotas comercio”, que, por lo general, son tres a 12 cuotas mensuales, sin interés, para las compras de un tarjetahabiente. Cuando un consumidor compra bajo esta modalidad, en la regla general, Transbank también paga al comercio en cuotas, porque así va recibiendo a su vez, los dineros.
Pero con el producto “adelantamiento de cuotas”, Transbank, de común acuerdo con el comercio, renuncia a dicho pago en plazo y abona el total, y así el comercio recibe el monto completo en una sola cuota, a cambio de una comisión para Transbank.
“El adelantamiento de cuotas es un pacto entre Transbank y el comercio en virtud del cual ambos renuncian a ese plazo y Transbank paga lo debido de manera anticipada, a cambio de una comisión”, explicó la firma en el documento legal.
Transbank: actividad necesaria para el giro
Según Transbank, para los comercios es un producto importante, pues permite a las PYME competir de mejor manera con comercios de gran tamaño, ofreciendo el pago en cuotas, pero sin soportar la carga de dicho plazo sin interés.
Transbank aseguró en su escrito que ha desarrollado esta actividad “con la legítima convicción de que se trata de una actividad que forma parte necesaria de su giro”.
Y luego describió un orden cronológico de circunstancias. Dijo que la resolución recurrida “encuentra su origen” en una presentación de la Asociación Gremial del Retail Financiero a la CMF el 6 de noviembre de 2023, en la que planteó una serie de cuestionamientos al servicio.
Luego, prosiguió en el escrito, la CMF le solicitó a Transbank un informe sobre esta materia, que la empresa contestó, y el 10 de mayo recibió un oficio de la CMF en que comunicó que la actividad de adelantamiento de cuotas “excede” el objeto que le ha sido autorizado desarrollar, y que debía cesar dicha prestación “en forma inmediata”.
En el recurso en la Corte, expuso que lo resuelto por la CMF está “desalineado con la política pública impulsada por el Estado de Chile”, en relación con la inclusión financiera y el fomento de los medios de pago electrónicos, para atender las necesidades de los grupos de la población menos aventajados económicamente. Y apuntó ante la Corte que se suspenda la ejecución de los efectos de la resolución de la CMF, pues de no acogerse la solicitud de medida cautelar “los establecimientos afiliados que han contratado el servicio de adelantamiento de cuotas dejarán de percibir, entre mayo y julio de 2024, un total de $ 92.486.887.157, correspondientes a transacciones ya efectuadas en cuotas”, dijo Transbank en el escrito.
La visión de la CMF
En la resolución N° 5.304 de la CMF se expone que la decisión se sustenta en la naturaleza jurídica misma de la entidad fiscalizada, “la que por corresponder a una SAG operadora de tarjetas de pago tiene un giro exclusivo, no pudiendo realizar actividades diversas de las autorizadas por la ley, regulación o su objeto social autorizado”.
La CMF dijo además que “la conducta esperable” ante la realización de una actividad que resulte “dudosa”, es consultar formalmente al regulador en forma previa a su desarrollo, lo que no se verificó en este caso. Luego, y citando una norma del Banco Central (BC), indica que es claro que “la normativa del instituto emisor no contempla adelantar los pagos a cambio de una comisión”.
Consultada la CMF por DF sobre por qué cuestionan este servicio ahora, si Transbank lleva años aplicándolo, explicaron que hasta la fecha no ha existido pronunciamiento alguno de la CMF sobre el tema. Y que el hecho de que tome conocimiento, “no configura, de ningún modo, una autorización tácita”.
Además, enfatizaron que el objeto social de la entidad es exclusivo y específico, no pudiendo realizar actividades diferentes a las permitidas expresamente por ley, regulación o su objeto social autorizado, lo que además ha sido confirmado por los tribunales de justicia. “No habiendo autorización expresa normativa, no puede realizar esta actividad adicional a su giro exclusivo”, reforzaron.
Al cierre de esta edición, la Corte de Apelaciones no se había pronunciado sobre el caso, pero este tema ya fue llevado a otra sede legal, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), por la firma Flow. Esta PSP dijo en su presentación que provee el servicio de adelantamiento de cuotas que a la fecha contrata directamente de Transbank, por lo que la decisión del regulador afecta directamente su operación. El TDLC rechazó esta solicitud, pero porque Flow no acompañó el oficio de la CMF.