Construcción

Corte de Apelaciones cierra la puerta y rechaza recursos de Icafal por resolución en el caso del aeródromo de Chaitén

Así, el Fisco mantendrá el pago por $ 268 millones a la constructora por los mayores costos y plazos que significó la rehabilitación de la estación aérea para la constructora.

Por: Camila Bohle | Publicado: Domingo 31 de mayo de 2020 a las 16:00 hrs.
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Se termina la espera. Después de casi cinco años desde la primera demanda interpuesta por la empresa Icafal Ingeniería y Construcción al Fisco, hace cuatro días la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones cerró el capítulo a la controversia entre ambas partes con una resolución que no dejó de todo contenta a la constructora.

Todo inició el año 2008 con la erupción del volcán Chaitén, lo cual provocó graves e irreparables daños a esa localidad y a su infraestructura pública, incluido el antiguo aeródromo. Dentro del plan de reconstrucción de Chaitén, el Estado incluyó la rehabilitación del aeropuerto, para lo que invitaron a Icafal a participar en el estudio y cotización a trato directo del proyecto "Reposición Aeródromo Sector Chaitén".

Sin embargó, debido a mayores obras y plazos que significó la rehabilitación del aeródromo de Chaitén, Ifacal demandó en 2015 al Fisco, lo cual terminó en que el 4to Juzgado civil de Santiago acogiera -parcialmente- la solicitud interpuesta y ordenará al Estado pagar a la compañía unos $ 268 millones.

Sin embargo, Icafal no había quedado del todo conforme con la resolución parcial y por medio de un recurso de casación en la forma -donde se exige una nueva revisión del enjuiciamiento a través de un tribunal superior- y un subsidio de recurso de apelación en contra de la sentencia mencionada, volvió al enfrentamiento con el Fisco.

Según la constructora, la sentencia impugnada no analizó ni valoró toda la prueba rendida, "limitándose a enunciarla o enumerarla, fallando en contra de toda la prueba existente y rendida en autos con el consecuente grave perjuicio para Icafal", limitándose a descartar un informe pericial y el resto de la prueba testimonial.

Además, señaló que el tribunal omitió resolver la acción subsidiaria de indemnización de perjuicios interpuesta por Icafal.

Todo esto, según la empresa demandante, causaría un importante agravio a su parte al rechazar la compensación de aumentos de cantidades y/o obras adicionales ejecutadas a consecuencia de las modificaciones introducidas al proyecto entregado por el Ministerio de Obras Públicas (MOP)/Fisco de Chile, y  rechazando en más de un 96% lo demandado por Icafal sin analizar ni valorar toda la prueba rendida, entre otros agravios.

Sin embargo, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones no dio a lugar a lo demandando y rechazó, sin costas, el recurso de casación en la forma. Por su parte, considerando la forma en que fue interpuesta la acción subsidiaria, esta también fue rechazada.

De esta forma, el capítulo queda finalmente cerrado entre Ifacal y el Fisco, por lo que, tal como se había decidido en primera instancia, el Fisco deberá indemnizar por $ 268 millones a la empresa por los mayores costos y plazos que significó la rehabilitación del aeródromo de Chaitén para la constructora.

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