Comercio exterior

Países firmantes del TPP podrán recurrir a solución de controversias en materia laboral

Acuerdo contempla la creación de un consejo, al que se deberá recurrir en primera instancia de existir diferencias.

Por: Denisse Vásquez H. | Publicado: Viernes 13 de noviembre de 2015 a las 04:00 hrs.
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El mercado laboral es otra de las materias que incluye el Acuerdo TransPacífico (TPP por sus siglas en inglés). Y atendiendo a las diferencias de los doce países signatarios, se acordó que cada parte mantendrá sus leyes y reglamentos, y a la vez deberán cumplir con los derechos fundamentales reconocidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Los principios de la OIT apuntan al reconocimiento del derecho a negociar colectivamente; eliminación del trabajo forzado, del trabajo infantil y de la discriminación relativa al empleo.

Entre las novedades que contempla el TPP en esta materia está la creación de un consejo laboral integrado por representantes gubernamentales de alto nivel, ya sea según lo designe cada país.

Su misión será examinar cualquier asunto relacionado con el capítulo laboral, crear un programa de trabajo para fortalecer los estándares laborales y de cooperación en la materia y también ser un punto de contacto entre dos estados de existir consultas o quejas en alguna materia.

El consejo se reunirá a un año de firmado el acuerdo y luego cada dos años, salvo que las partes decidan algo distinto.

Solución de conflictos

A diferencia de otros tratados firmados anteriormente por Chile, para resolver las discrepancias laborales los países del TPP podrán recurrir al mecanismo de solución de controversias.

¿Cuándo se podrá recurrir a él? Como explica el jefe negociador del TPP de la Dirección General de Relaciones Internacionales (Direcon), Felipe Lopeandía, en el caso de que haya un incumplimiento reiterado en la legislación laboral.

Por ejemplo, el texto tratado da cuenta que los países reconocen que es inapropiado fomentar el comercio o la inversión debilitando o reduciendo las protecciones otorgadas en las leyes laborales de cada parte.

Si uno de los países miembros tiene dudas respecto al cumplimiento de este punto, puede elevar una consulta al consejo y si después de buenos oficios, conciliación y mediación no hay solución satisfactoria, el tema escalará al panel de controversias.

"Es posible que el Estado infractor sea sujeto a una sanción comercial en el caso que pierda ese mecanismo de solución de controversias estado-estado", afirma Lopeandía.

Pero no solo los países podrán realizar consultas o plantear sus dudas, ya que el acuerdo plantea fomentar el diálogo abierto en materia laboral.

De este modo, entre las funciones del consejo está proporcionar los medios "para la recepción y consideración" de los puntos de vista de personas, organizaciones laborales y empresariales en materia laboral, lo que en el texto fue definido como participación pública.

"Se establece un canal permanente de diálogo entre los estados del TPP y las personas de la sociedad civil que van a tener esta herramienta de las peticiones públicas para efectos de poder solicitar determinadas elementos que les oparezca levantar en relación al capítulo", sostiene el experto.

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