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Condonar multas y bajar penas de cárcel engrosan guía OCDE para repatriar capitales

Tasa para gravar los dineros oscila entre 2% y 8%. Guía del organismo recomienda balancear incentivos para que contribuyentes declaren dineros sin lesionar la recaudación fiscal.

Por: Sebastián Valdenegro Toro | Publicado: Sábado 26 de julio de 2014 a las 05:00 hrs.
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El protocolo de acuerdo que sellaron el gobierno y la oposición para destrabar la reforma tributaria fue catalogado como un consenso histórico. Es que lo convenido para ingresar indicaciones al proyecto fue leído como una señal importante del mundo político al sector privado de que más allá de las mayorías circunstanciales, ambos sectores podían conciliar posiciones para sacar adelante las reformas estructurales.

Sin embargo, en la redacción específica surgieron las principales inquietudes en ambos bandos, especialmente por los eventuales focos de elusión que generaría la creación de dos sistemas tributarios paralelos.

Independiente de aquello, un breve párrafo en las “compensaciones” del protocolo llamó la atención del mundo privado, particularmente de los abogados tributaristas: el establecimiento de un período de gracia de un año para que los capitales chilenos en el extranjero regularizaran -de alguna manera- su situación en caso de no haber pagado impuestos por esos activos en el pasado, basándose en los “más altos estándares de la OCDE”.

¿Cuáles son esos “altos estándares” de la OCDE? Un informe de 2010 del organismo multilateral, denominado “Offshore voluntary disclosure: comparative analysis, guidance and policiy advice”, entrega las principales recomendaciones que hace la entidad para un país que esté analizando aplicar este sistema y la experiencia comparada a nivel internacional.

El documento es revelador: una de las principales maneras que recomienda la institución para incentivar la regularización de esos activos varía desde la reducción y condonación de impuestos no pagados y de las multas económicas, hasta la limitación de las penas en prisión y la acotación a futuras investigaciones tributarias a cambio de un compromiso para incrementar los ingresos informados al Fisco a futuro.

“En algunos casos, hay también concesiones sobre la cantidad de intereses o impuestos a pagar, o sobre el período de años pasados bajo los cuales se solicitará los impuestos no pagados”, reza el escrito de la entidad liderada por Angel Gurría.

En particular, hay ocho países dentro del análisis de la OCDE que reducen los intereses cobrados a los contribuyentes si se acogen a la declaración voluntaria, como por ejemplo en Canadá, Hungría y Polonia.

Asimismo, 21 países del conglomerado multilateral se comprometen a reducir las multas económicas en caso de acogerse al sistema, de los cuales 16 lo hacen mediante la ley general del país y otros mediante programas especiales.

Por ejemplo, Suiza limita a la primera declaración voluntaria la mitigación de las multas, mientras que en Irlanda el límite se establece a partir de la segunda declaración.

Menor tiempo tras las rejas


Por el lado de las penas de cárcel, 28 países de la muestra OCDE permiten a los contribuyentes evitar pasar por prisión en caso de regularizar su situación tributaria en el exterior, mientras que en 11 la persona puede enfrentar cárcel por el no pago de impuestos en el pasado, pero con una reducción en las penas, que varían entre libertad condicional o una “importante” rebaja de condena.

En Australia, por ejemplo, la declaración voluntaria se constituye como un atenuante que reduce la probabilidad de pasar tiempo en prisión, mientras que en Estonia se mantiene la privación de libertad pero matizada con libertad provisional o el término de los procedimientos criminales en base a falta de interés público.

¿Cómo gravar los dineros regularizados?


Asimismo, el texto hace referencia a la literatura internacional en materia de gravamen para el retorno de los flujos no declarados fuera del país, con una tasa que oscila entre el 2% y el 8%.

Por ejemplo, en Argentina el sistema tiene una tasa escalona de 1%, 3%, 6% y 8%, calculado en base al valor de los activos declarados. La tasa final dependerá de cómo el dinero regularizado fue utilizado tras la declaración voluntaria.

Grecia, en tanto, grava con un 5% del valor del capital repatriado al país. En caso de que los activos se declaren a la autoridad tributaria griega y no reingresen al país, el tributo aumenta a 8%.

México, por su parte, aplica un gravamen de 5% del valor de las denominadas “inversiones relevantes” según se reconozca en la declaración voluntaria confidencial.


Los argumentos para acogerse al régimen 


Una de las principales razones de la OCDE para que los gobiernos apliquen el sistema son netamente económicas, considerando el importante déficit fiscal que varias economías desarrolladas acarreaban a inicios de 2010.

“Esta política está ayudando a los gobiernos a recaudar ingresos más necesarios hoy que nunca antes para sostener sus economías en tiempos de crisis”, señala el escrito.

Asimismo, argumenta el organismo, la declaración voluntaria ayudará a “facilitar” las declaraciones de una manera “eficiente” en costos y tiempo, poniendo una barrera a los gastos por auditorías realizadas por el Estado.

“La OCDE ha estado incentivando a los países para que examinen estrategias de declaración voluntaria para que comprometan a los contribuyentes no reconocidos a declarar su riqueza e ingresos que en el pasado han ocultado en base a tomar ventaja de jurisdicciones bancarias estrictamente secretas”, dice el texto.

Eso sí, el organismo señala que los países que quieran implementar este sistema -como lo es hoy Chile- deben tener presente que hay que mantener un equilibrio “adecuado” entre los incentivos para que los contribuyentes realicen la declaración voluntaria, y la recaudación fiscal y no “incentivar” la mantención de capitales en el exterior sin declarar.

“Los gobiernos deben necesitan establecer una línea fina entre incentivar que los contribuyentes no declarantes permanentemente mejoren sus declaraciones -un acto de balance en sí mismo- y mantener el apoyo y la participación de la mayoría de los contribuyentes que ya declaran”, advierte la institución.

Dicho esto, el organismo insta a los países a utilizar un criterio mixto, “empleando toda la fuerza de la ley contra aquellos contribuyentes no cooperantes y, al mismo tiempo, incentivar al mayor número de contribuyentes no declarados a regularizarse”.

El texto es uno de los documentos técnicos que está bajo análisis por los equipos que afinan la redacción final de las indicaciones producto del protocolo.

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