El informe del exCanciller, Teodoro Ribera, para frenar el retiro de las rentas vitalicias
El exministro de Relaciones Exteriores advierte de las consecuencias reputaciones y económicas para el Estado chileno si se aprueba la iniciativa que se discute en el Congreso y que afectaría la propiedad de las compañías de seguros de vida.
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Tras materializarse el segundo retiro del 10% de los fondos de pensiones, la próxima batalla previsional que se viene en el Congreso es el retiro anticipado de las rentas vitalicias.
La comisión de Constitución de la Cámara de Diputados deberá votar en enero de 2021 las iniciativas que permitirían a los pensionados en compañías de seguros de vida poder adelantar de forma parcial sus jubilaciones.
El escenario preocupa a la industria y a los grandes players extranjeros que dominan este negocio. Por ello, la Asociación de Aseguradores de Chile (AACH), encargó tres informes en derecho a tres destacados abogados constitucionalistas de la plaza, uno de ellos, el exCanciller del segundo gobierno del Presidente Sebastián Piñera, el RN Teodoro Ribera, además del demócrata cristiano Patricio Zapata y el también cercano a la centroizquierda Francisco Zúñiga.
Ribera fue escogido por su experiencia en legislación internacional, considerando que buena parte de las compañías de seguros de vida que comercializan rentas vitalicias provienen de un holding financiero extranjero, como por ejemplo, MetLife, Principal y Chilena Consolidada del grupo Zúrich.
Los tratados
En su informe, enumera una serie de consecuencias que podrían darse si se aprueba el retiro de rentas vitalicias, ya que, a diferencia del retiro programado, cuando el pensionado escoge esta modalidad de jubilación se traspasa la propiedad de su fondo previsional a la compañía de seguros, la que a su vez se compromete, mediante un contrato a otorgar una renta mensual constante y expresada en UF. Es decir, los ahorros de los jubilados pasan a ser parte de los activos de las aseguradoras.
En esa línea, Ribera indica que si se lleva a cabo una reforma en el sentido que se discute en el Congreso, el Estado de Chile incumpliría varias obligaciones internacionales. Una de ellas sería la "violación al trato justo y equitativo", el que se encuentra establecido en los diferentes acuerdos con los respectivos países.
"Conforme a los artículos 4.1), 3 y 4.2) de los Acuerdos con España, Francia y Suiza, respectivamente, pueden también alegar los inversionistas la violación del trato justo y equitativo. Si bien podrían entender que le asiste a Chile potestad regulatoria para preservar intereses de carácter público, la medida altera la estabilidad del régimen jurídico que venía aplicándose en el país, lo que se traduce en el impacto negativo sobre el valor de sus inversiones y la afectación de las legítimas expectativas que han tenido desde que operan en territorio chileno", señala el documento.
"En relación al Acuerdo de Libre Comercio con Estados Unidos, el Capítulo 12 no contempla la garantía del trato justo y equitativo para las inversiones financieras -mientras que sí lo establece para el capítulo general de inversiones- por lo cual podría ser invocado como parte del Derecho Internacional consuetudinario respecto al tratamiento mínimo que debe conceder un Estado a una inversión", agrega.
De esta forma, según Ribera, con la iniciativa se podrían activar demandas internacionales en contra del Estado chileno.
"Esta situación traería como consecuencia la activación del sistema de solución de controversias establecido en los tratados bajo análisis ante distintas instancias (CIADI y órganos especiales)", apunta.
Las advertencias del exCanciller
El exsecretario de Estado también explica en su informe en derecho que, en un escenario en el que el Estado permita el retiro anticipado de rentas vitalicias, el país tendría fuertes perjuicios en su reputación internacional.
"La República podría sufrir un riesgo reputacional importante frente a sus pares en la comunidad internacional y frente a los inversionistas extranjeros, dado que un eventual incumplimiento de los tratados compromete su prestigio como un Estado respetuoso del Derecho Internacional en general y del Derecho Internacional de las inversiones en particular", dice el documento.
También advierte sobre las consecuencias económicas de aprobarse este proyecto en el Congreso. "Si la República expropia directamente sin cumplir los requisitos convencionales de motivación por causa de utilidad pública, no discriminación, observancia del debido proceso y el pago de una compensación, el tribunal arbitral que conozca el caso podría condenar al Estado chileno al pago de importantes cantidades de dinero por las pérdidas económicas causadas al inversor. Similar situación ocurre con las expropiaciones indirectas, con la violación del trato justo y equitativo y otras garantías materiales contenidas en los tratados de inversiones", indica.