Aseguradoras “fichan” a Teodoro Ribera para evitar retiro parcial de las rentas vitalicias
Hay máxima preocupación en el gremio por el inicio de la discusión de proyectos sobre esta materia en el Congreso. Por ello, además reclutaron a los abogados Patricio Zapata (DC) y Francisco Zúñiga (cercano al PS).
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Preocupación. Así califican en la industria aseguradora lo que generan los proyectos de ley que permitirían el retiro parcial de rentas vitalicias, tal como se hizo con el 10% de los fondos de pensiones.
Precisamente, las iniciativas comenzaron a revisarse ayer en la comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, presidida por el DC Matías Walker.
Se esperaba la participación de la ministra del Trabajo, María José Zaldívar, la que finalmente no pudo asistir por problemas de agenda, pero sí contó con la presencia del presidente de la Asociación de Aseguradoras, Mario Gazitúa.
También estuvieron presentes los abogados constitucionalistas Patricio Zapata (DC), Francisco Zúñiga (cercano al PS) y el exministro de Relaciones Exteriores, Teodoro Ribera (RN), quienes fueron fichados por el gremio asegurador para elaborar informes en derecho sobre esta materia y ayer presentaron sus opiniones ante los diputados de la comisión legislativa.
Contienda internacional
Considerando que son varias las compañías de seguros que participan del negocio de rentas vitalicias y que forman parte de conglomerados extranjeros, como MetLife, Principal y Ohio National, el fichaje de Ribera le daría un plus en su defensa.
Ante los parlamentarios, Ribera advirtió que un eventual retiro de las rentas vitalicias podría generar una “contienda internacional”.
Lo anterior, porque al momento de optar por esta modalidad de pensión, se traspasa la propiedad del fondo de pensiones a la compañía de seguros, pasando así a ser parte de su patrimonio. De esta forma, la entidad se obliga el pago de una jubilación mensual constante en UF.
“Esto nos lleva necesariamente a considerar algunos instrumentos internacionales que Chile ha celebrado en materia de inversiones, principalmente el acuerdo bilateral Chile-España, que es del año 1994; el acuerdo bilateral Chile-Francia, también del ‘94; hay un acuerdo Chile-Suiza, que es de 2002; y finalmente el acuerdo de Libre Comercio con Estados Unidos, que es de 2004”, indicó el constitucionalista.
“Las compañías de seguros que tienen inversiones en Chile obviamente tendrán un marco al cual podrán recurrir, que principalmente son los tratados internacionales”, agregó.
Advirtió que, para el contexto internacional, es fundamental la seguridad jurídica de las inversiones de las firmas extranjeras, la que podría verse vulnerado con estos proyectos.
“El mantener una seguridad jurídica con estos países es sumamente relevante y, principalmente, garantizar que nosotros cumplimos las normas internacionales internamente, es todavía más relevante porque está en juego la seguridad jurídica y en este caso, el hecho de que los inversionistas puedan verse afectados en sus propios derechos”, dijo.
Los dos tercios
Uno de los aspectos que está en debate es el quórum mínimo exigido para realizar una reforma constitucional, teniendo como referencia que para el retiro de los fondos de pensiones se requirió tres quintos de los diputados en ejercicio.
Sin embargo, Patricio Zapata sostuvo que se necesitaba al menos dos tercios de los parlamentarios de la Cámara Baja, ya que afecta el derecho a la propiedad privada.
“Este proyecto es valiosísimo, en términos de lo que busca y pretende. Espero que tenga el mismo efecto que ha tenido el proyecto de retiro del 10% de las AFP, es decir, forzar una solución adecuada, por parte de quienes tienen la posibilidad de hacerlo constitucionalmente. Pero, a diferencia del proyecto de retiro del 10% de las AFP, el quórum es de dos tercios, no es de tres quintos, porque no se limita a ponerle un fleco a lo que dice un derecho fundamental, sino que lo reconfigura”, argumentó.
Por su parte, Francisco Zúñiga indicó que el proceso de un eventual retiro de rentas vitalicias no es igual al del 10% de las AFP.
“Los recursos disponibles por parte del imponente en sus fondos de capitalización individual han sido transferidos en dominio. Esto, porque la figura empleada en esta parte de la industria regulada, que es el de las rentas vitalicias, es el contrato de rentas vitalicias civil y el contrato mercantil de seguros, que son contratos reales en que la transferencia es irrevocable”, apuntó.
Mesa de trabajo
Tras escuchar la opinión de los constitucionalistas, la comisión acordó crear una mesa de trabajo, en la que se invitará a los ministerios de Economía y del Trabajo, además de la Asociación de Aseguradores, para buscar alguna solución alternativa.