Aseguradoras arremeten nuevamente contra el SII por tributación de seguros con ahorro
Confuturo, Sura y Security Previsión presentaron recursos de protección, los cuales fueron declarados admisibles por la Corte de Apelaciones de Santiago.
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Desde inicios del año pasado algunas compañías de seguros de vida y el Servicio de Impuestos Internos (SII) están enfrentados por la tributación de los seguros con ahorro o CUI (Cuenta Única de Inversión) y este mes se sumó un nuevo capítulo al conflicto judicial.
Nuevamente, las aseguradoras Confuturo, Sura y Security Previsión interpusieron un recurso de protección por separado en contra del Servicio, tras conocer la Circular N° 8, del 23 de enero de 2020 del SII en el que se publicó el Suplemento Tributario.
Este documento contiene la normativa para la declaración de los impuestos anuales a la renta del año tributario 2020, donde la entidad tributaria sostiene -al igual que en 2019- que este tipo de seguros constituyen renta y, por tanto, deben pagar impuestos.
Los tres recursos fueron declarados admisibles por la Corte de Apelaciones de Santiago, entidad que decidió unir en una causa estos últimos escritos con los que se interpusieron el año pasado.
Las causas de 2019 siguen avanzando en la justicia y en diciembre pasado el SII se defendió ante la Corte, exponiendo entre sus argumentos que la normativa no establece nuevos deberes, como alegan las aseguradoras.
Luego, el Tribunal de alzada anunció que emitiría un fallo, el cual aún no tiene un plazo definido para ser presentado. Por esta razón, el año pasado estos seguros no pagaron impuestos.
Consultado por DF el SII indicó que no podía pronunciarse al respecto, dado que el proceso judicial continúa su curso.
Carta a los clientes
En la nueva presentación de enero de 2020, Sura y Security Previsión insistieron que la Circular N°8 "es una actuación de carácter ilegal" y que "afecta y vulnera el derecho a un libre ejercicio de actividades económicas y el derecho de propiedad garantizados por la Constitución".
Asimismo, sostuvieron que si la intención del Servicio es que no haya efecto retroactivo y que sólo se aplique para el año comercial 2020 y 2021, "la dictación de este acto ilegal y arbitrario, constituye una amenaza seria y real de que se vulnerará el derecho de propiedad del patrimonio, porque se impone incurrir en desembolsos patrimoniales ni siquiera imaginados al momento de celebrar los contratos de seguros de vida".
Confuturo además envió una carta a sus clientes informando que "el SII insiste en el cambio de interpretación respecto de los seguros de vida con CUI, a pesar de existir una orden de no innovar pendiente, que suspendió los efectos del Suplemento Tributario 2019", sostiene.
Argumentó que el cambio de interpretación está en que la rentabilidad retirada, con cargo a un rescate total o parcial "se debiese tratar como renta proveniente de capital mobiliario, por lo que el SII ya no la consideraría como ingreso no renta, de modo que el asegurado debería tributar por la misma".
"Confuturo confirma la postura adoptada en 2019 de no compartir esta interpretación del SII, por el contrario, estima que el total del rescate de estos seguros constituye ingreso no renta", concluye el documento.
Principales actores
Sura, Consorcio y Chilena Consolidada lideran la venta de este tipo de seguro. Según cifras al tercer trimestre de 2019 de la Asociación de Aseguradores, cuentan con una participación de 18,9%, 17,7% y 16,6%, respectivamente. Un poco más abajo se ubican MetLife y Security Previsión con una cuota de 14% y 11,6% cada una. En cuanto al número de pólizas emitidas de los seguros CUI, 24.069 se registraron a septiembre de 2019, lo que representó una caída de 0,3% en relación al mismo período de 2018.