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Acusa omisiones y falsedades: Álvaro Jalaff responde a la medida prejudicial de Topelberg que detuvo venta de Patio

Las denuncias del socio de Factop “se sustentan en simples afirmaciones, que han sido empleadas para fines meramente instrumentales”, apuntó el escrito.

Por: Cristóbal Muñoz | Publicado: Lunes 4 de marzo de 2024 a las 19:00 hrs.
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Álvaro Jalaff Sanz, empresario fundador de Grupo Patio. Rodrigo Topelberg, socio del factoring Factop.
Álvaro Jalaff Sanz, empresario fundador de Grupo Patio. Rodrigo Topelberg, socio del factoring Factop.

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A una semana de que DF revelara que una medida prejudicial iniciada por el socio del factoring Factop, Rodrigo Topelberg, puso en pausa la venta de las acciones de los hermanos Álvaro y Antonio Jalaff en Grupo Patio, el caso continúa escribiéndose en tribunales.

El 29 de febrero de 2024, el empresario y fundador de Patio, Álvaro Jalaff, presentó su respuesta a la resolución del 23° Juzgado Civil de Santiago que le prohibió enajenar su participación en Patio.

Según el texto de Jalaff -al que tuvo acceso este medio-, “se ha representado ante su tribunal una falsa realidad con el objeto de obtener medidas prejudiciales improcedentes”.

“Se ha representado ante su tribunal una falsa realidad con el objeto de obtener medidas prejudiciales improcedentes”, sostuvo la respuesta de Jalaff.

Topelberg “ha esperado hasta el ‘final’ (de las negociaciones por Patio) para impetrar estas cautelares, desviando el fin de las medidas precautorias a objetivos espurios”, añadió el escrito.

En esta línea, sostuvo que las acusaciones de Topelberg “se sustentan en simples afirmaciones y que han sido empleadas para fines meramente instrumentales, improcedentes como antesala de un juicio declarativo en el que recién se discutirá la existencia del eventual derecho reclamado”.

“No solo no se ha expresado, mucho menos acreditado, hecho alguno que sitúe a mi representado en la posición de indemnizar a los solicitantes, sino que (Álvaro Jalaff) es acreedor del Sr. Rodrigo Topelberg Kleinkopf”, apuntó el documento.

El rol de Tanuka en la caída de Factop

Dentro de los argumentos para rebatir la resolución del 23° Juzgado Civil, Jalaff acusó que Topelberg reconoció en una acción anterior que Sociedad Inversiones Tanuka Limitada -que ingresó la prejudicial- participó de la caída de la corredora de bolsa STF Capital, cancelada en 2023 por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

De acuerdo con el texto de Jalaff, junto a Factop SpA, Tanuka habría realizado una serie de transferencias a la intermediaria, “con el objeto de aumentar artificialmente su patrimonio ante la CMF, al mercado y al público”.

“Ésta habría anotado contablemente falsos pagos por $2.263.846.128”, detalló el documento.

“Estas reprochables maniobras desplegadas por la solicitante, reconocidas judicialmente, tienen la virtud de contribuir al mal estado de los negocios de Factop SpA que sirven de fundamento a la acción que -aunque someramente- se ha anunciado”, sentenció.

Actualmente, Factop se encuentra en proceso de reorganización judicial, instancia en la que, resaltó el texto, Álvaro Jalaff fue certificado como acreedor del factoring.

“Se acusa a mi representado del mal estado de los negocios de Factop SpA, omitiendo que don Álvaro Jalaff Sanz, a través de su sociedad Lago Ranco SpA, es acreedor de la primera, en la cantidad de $ 1.400 millones”, apuntó el documento.

“Consta en un pagaré que el solicitante, Rodrigo Topelberg, ha suscrito en calidad de aval y codeudor solidario”, detalló.

Accionista indirecto de Patio

La respuesta de Jalaff también apuntó al rol de Topelberg en Factop, que tiene un 6,6% de la propiedad del factoring, según información pública.

“Ha omitido informar que ha ejercido como director de la sociedad Factop SpA”, subrayó.

“Los hechos narrados en sus respectivas presentaciones eran, o al menos debían estar en su conocimiento, resultando responsable de los perjuicios -en tanto resulten ciertos- que él mismo alega y que su dolo o negligencia habría causado, según sus propias palabras, todo ello en conformidad a lo dispuesto en la Ley de Sociedades Anónimas y su Reglamento”, afirmó.

El texto precisó que Factop posee un capital de $ 120 millones y utilidades acumuladas por $ 7.332 millones, según el Boletín Concursal de agosto de 2023.

“La máxima expectativa de ganancia del señor Topelberg habría resultado en retirar dichas utilidades en la proporción de su alícuota, es decir, un máximo de $ 489.046.930”, aseguró el texto.

“Nada de lo anterior, dicho sobre antecedentes ciertos, guarda relación con la fantasiosa inversión en que el Sr. Topelberg Kleinkop valoriza en $ 5 mil millones y que dice haber perdido, así como con las supuestas deudas de Factop por más de $ 50 mil millones que alega en su presentación”, sostuvo el texto.

En tanto, Topelberg también sería accionista indirecto y minoritario de Grupo Patio.

“El solicitante, quien ha reconocido su participación en Factop SpA, omite que ésta última es dueña de un 37,5% en Inversiones DAS Limitada, la que a su vez es dueña de un 7,38% en Inversiones Santa Teresita SpA, quien, como consta en autos, es accionista de Grupo Patio SpA”, destacó el escrito.

“Dada la insolvencia de Factop SpA, lo que el actor pareciera perseguir por medio de esta mañosa y artificiosa medida prejudicial, es pasar por alto las preferencias legales de los demás acreedores de la compañía en insolvencia”, sentenció el documento.

La venta prohibida

El texto también detalló las cifras tras la operación de compraventa del 35% de las acciones de Grupo Patio, en manos mayoritariamente, de los hermanos Álvaro y Antonio Jalaff.

La transacción también incluye a la sociedad Santa Teresita, donde participan indirectamente de la propiedad los hermanos Ariel y Daniel Sauer, Cristián Menichetti y el propio Topelberg, entre otros.

Según el escrito, a su última capitalización, la compañía alcanzó una valoración de aproximadamente UF 10 millones (US$ 380 millones).

“La enajenación prohibida, asciende a la suma de UF 3,5 millones (unos $ 129 mil millones), perjudicando ilegítimamente a mi representado y a un gran número de accionistas que concurrirían a la venta, y quienes, en la oportunidad procesal correspondiente, ejercerán los derechos que le franquea la ley”, apuntó la respuesta de Jalaff.

La operación, añadió, ya habría “generado obligaciones en todos sus contratantes, las cuales fueron materializadas a través de una serie de actos y contratos preparativos”.

“Son fruto de negociaciones que han sido dadas a conocer por diversos medios de comunicación del país, al igual que los timming de esa operación”, subrayaron.

“La solicitante, abusando del derecho que le confiere la ley, ha esperado hasta el ‘final’ para impetrar estas cautelares, desviando el fin de la institución de las medidas precautorias a objetivos espurios que solo persiguen perjudicar a mi representado”, denunció.

Concluyó que “no existe relación, mucho menos proporcionalidad, entre los daños, por los solicitantes avaluados en $ 10.490 millones y la prohibición de vender un total de $ 128,9 mil millones en acciones en Grupo Patio SpA”.

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