Subsecretaria de Hacienda y avance de Ley FinTech: "El proyecto cuenta de los más altos estándares internacionales en materia de protección de datos"
La subsecretaria de Hacienda resaltó que "después de la mesa de trabajo y la difusión en la comisión de Hacienda, el proyecto aborda las principales inquietudes planteadas en la discusión parlamentaria”.
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El proyecto de Ley Fintech cumple un año de tramitación en el Congreso y esta semana tuvo un al ser despachado de la comisión de Hacienda del Senado a la Sala de la Corporación para ser debatido en el marco de su segundo trámite constitucional.
En su paso por esta instancia, la iniciativa impulsada por el Ministerio de Hacienda tuvo algunos cambios legales orientados a reforzar la seguridad de los datos de las personas en el esquema de finanzas abiertas, como también, un mayor abundamiento en la labor de supervisión y regulación de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
La subsecretaria de Hacienda, Claudia Sanhueza, que ha participado en la discusión de la propuesta, resaltó a DF que la evaluación del trabajo legislativo es positiva.
“Creemos que el trabajo con las senadoras y senadores de todos los sectores permitió robustecer el proyecto en distintos ámbitos, como en el reconocimiento de iniciadores de pago que mantengan fondos o la obligación de informar al SII delimitado a este sector, entre otros. En este sentido, esperamos que este buen trabajo se vea reflejado en la votación en Sala”, dijo la autoridad.
Consultada respecto a que si considera que ya están abordados las principales temáticas que puso sobre la mesa el sector privado y los parlamentarios, abriendo un espacio de otras modificaciones, afirmó que “después de la mesa de trabajo y la difusión en la comisión de Hacienda, el proyecto aborda las principales inquietudes planteadas en la discusión parlamentaria”.
Ahondó que “el proyecto da cuenta de los más altos estándares internacionales en materia de protección de datos, específicamente en estándar de consentimiento, facultades del órgano regulador, estándares de seguridad y otros”.
Visión de expertos
El socio de Carey y presidente de la Asociación Chilena de Venture Capital, Francisco Guzmán, consideró que el paso de la Ley Fintech a la Sala del Senado “es una buena señal. La industria ya existe en Chile y la necesidad de regular mediante un marco normativo claro es urgente”.
El asociado principal de Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU), Nicolás Santana, reforzó que “indudablemente se trata de una normativa necesaria. No solo porque Chile está rezagado en relación con otras jurisdicciones en esta materia, sino porque los propios incumbentes estaban exigiendo un marco normativo que dotará de seguridad jurídica a la industria y potencie su escalabilidad”.
El socio de CMS Carey&Allende, Diego Rodríguez, resaltó que durante la tramitación en la comisión de Hacienda del Senado se desecharon una serie de indicaciones que restringían la operatividad del sistema de finanzas abiertas.
“Afortunadamente se volvió al texto original, lo que sitúa a Chile al nivel de lo que ya se está haciendo en otros países de la región como México y Brasil y, desde hace sólo algunas semanas, Colombia”, expuso Rodríguez.
Rodríguez resaltó que también se avanzó en “la prohibición de que participen en el sistema de finanzas abiertas o puedan prestar servicios fintech, aquellas personas que hubieren cometido ciertos ilícitos, lo que sin duda fortalece el proyecto”.
El abogado experto en fintech y socio de Honorato Delaveau, Matías Langevin, destacó que las indicaciones del Ejecutivo fueron aprobadas debido a que robustecieron el proyecto.
Langevin expuso en particular “aquellas que tuvieron por objeto fortalecer los aspectos en materia de cumplimiento de lavado de activos, tema que ha sido esencial en la discusión de la banca y los cripto exchanges y sin duda aplicables a toda la industria. La inclusión de las cajas de compensación en el mundo fintech, las cuales por su envergadura y capilaridad tienen mucho que aportar en la industria financiera tecnológica. Y que se permitió una mayor celeridad en el proceso de registro y autorización de las empresas fintech ante la CMF”.
En esa línea, el senior counsel de Aninat Abogados, Cristián Reyes, planteó que fue relevante “la aclaración incorporada al proyecto en cuanto a que una fintech que tenga dos o más giros regulados por la CMF no deberá duplicar el cumplimiento de requisitos de garantía y patrimonio mínimo, lo que hubiese sido impracticable”.
Guzmán agregó que otro cambio importante fue “la posibilidad de que proveedores de servicios de iniciación de pagos accedan y mantengan en forma transitoria los dineros de sus clientes adelantándose a una actividad que será una realidad, o como la inclusión de las cajas de compensación y de las administradoras generales de fondos en este mercado, considerando su rol relevante en el mercado y el público al que tienen acceso”.
¿Más mejoras?
Respecto de si existe espacio para continuar mejorando el proyecto, Reyes sostuvo que “si queremos un mercado financiero innovador, inclusivo y competitivo, es necesario que el sistema de finanzas abiertas sea robusto y obligatorio para todos los actores que cumplan con ciertos requisitos de tamaño, clientes u operaciones”.
Guzmán planteó que el proyecto se anticipa a una eventual actividad de las fintech de iniciación de pago y su intermediación, relativa a mantener fondos de clientes durante un cierto plazo de tiempo intermedio.
En este sentido, apuntó que “se ha regulado indicando que ello se deberá sujetar a las normas que establezca el Banco Central para cautelar el normal funcionamiento de los pagos en que intervengan, las que incluirán requisitos de solvencia, liquidez, plazo máximo de pago y gestión de riesgos. Considero un acierto la remisión al experto en esta materia, pero debilitándose dicha remisión al no dejar el plazo máximo a una regulación dinámica, sino estableciendo en la misma ley el plazo máximo de pago”.
Langevin matizó señalando que “más que revisar o requerir nueva regulación legal, el enfoque que hay tener es que la CMF, a través de la normativa de carácter general, se adecúe a la realidad siempre dinámica y evolutiva de los procesos financieros y tecnológicos de forma tal de que no se quede atrás”.